Ley Foral 12/2025, de 23 de octubre, de concesión de suplemento de crédito por importe total de 42.500,00 euros y de créditos extraordinarios por importe de 1.791.378,00 euros en varios departamentos del Gobierno de Navarra en el Presupuesto de 2025.
Comunidad Foral de Navarra · 13 de noviembre de 2025
En pocas palabras
Concede un suplemento de crédito de 42.500 euros y créditos extraordinarios por 1.791.378 euros en el presupuesto de Navarra de 2025. El dinero se destina a un convenio de reagrupación familiar y duelo migratorio, a una variante de carretera en Bera y a la Fundación I+D Automoción y Mecatrónica. La financiación sale de otras partidas del mismo presupuesto.
Qué cambia
Permite pagar en 2025 gastos ya comprometidos que no tenían crédito suficiente, restando dinero de otras partidas como becas universitarias, personal investigador y proyectos de digitalización.
- A quién afecta
- Asociación SEI Elkartea · personas migrantes en procesos de reagrupación familiar · Ayuntamiento de Bera · Fundación I+D Automoción y Mecatrónica · beneficiarios de becas y ayudas universitarias
- Cifras
- suplemento de crédito: 42.500 euros
- créditos extraordinarios: 1.791.378 euros
- transferencia al Ayuntamiento de Bera: 300.000 euros
- aportación a la Fundación I+D Automoción y Mecatrónica: 1.491.378 euros
- convenio con Asociación SEI: 42.500 euros
- Impuestos y cuentas públicas
- Administración pública e instituciones
- Transporte e infraestructuras
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
LA PRESIDENTA DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
Hago saber que el Parlamento de Navarra ha aprobado la siguiente Ley Foral de concesión de suplemento de crédito por importe total de 42.500,00 euros y de créditos extraordinarios por importe de 1.791.378,00 euros en varios departamentos del Gobierno de Navarra en el Presupuesto de 2025.
PREÁMBULO
Los Departamentos de Cohesión Territorial; Vivienda, Juventud y Políticas Migratorias; y Universidad, Innovación y Transformación Digital, remiten informes acerca de la necesidad de atender varios gastos en 2025, para los que no existe crédito en partida presupuestaria adecuada o el consignado es insuficiente, para atender compromisos que no pueden demorarse al ejercicio siguiente.
La Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra, dispone en su artículo 48, párrafo primero, que, cuando haya de realizarse con cargo al Presupuesto vigente algún gasto que no pueda demorarse hasta el ejercicio siguiente y no exista en él crédito, o bien el consignado sea insuficiente y no pueda incrementarse conforme a las disposiciones contenidas en dicha ley foral, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, remitirá al Parlamento de Navarra un proyecto de Ley Foral de concesión de un crédito extraordinario, en el primer caso, o de suplemento de crédito, en el segundo.
Asimismo, en su párrafo segundo dispone que el suplemento de crédito y el crédito extraordinario podrán financiarse con otros créditos disponibles de cualquier programa de gasto, incluso provenientes de créditos específicamente aprobados por el Parlamento como consecuencia de enmiendas o de disposiciones de dicha ley foral, con cargo a mayores ingresos reales o previsibles en el mismo ejercicio económico o con cargo a la aplicación del remanente de tesorería afecto a la realización del gasto que lo origine.
Artículo 1. Concesión de un suplemento de crédito en el Departamento de Vivienda, Juventud y Políticas Migratorias.
Se concede un suplemento de crédito por importe de 42.500,00 euros en el ejercicio 2025 para atender necesidades de financiación del Convenio con Asociación SEI Elkartea para el programa de Reagrupación Familiar y Duelo migratorio.
El suplemento de crédito se aplicará a la siguiente partida presupuestaria:
Partida | Importe 350001-35100-4819-231907 «Convenio con Asociación SEI. Reagrupación Familiar y Duelo migratorio». | 42.500,00
La financiación del suplemento de crédito se realizará con cargo a la siguiente partida del presupuesto de gastos de 2025:
Partida | Importe 350001-35100-2600-231903 «Servicio Reagrupamiento familiar y duelo migratorio». | 42.500,00