Resolución de 6 de noviembre de 2025, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se revisan y se publican los precios de venta al público de monedas de colección.
Ministerio de Economía, Comercio y Empresa · 10 de noviembre de 2025
En pocas palabras
Actualiza los precios de venta al público de varias monedas de colección que contienen oro, para reflejar la subida de la cotización de este metal. Los nuevos precios se aplican a las ventas que realice la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre desde el día siguiente a su publicación en el BOE.
Qué cambia
Quien compre estas monedas de colección pagará más por ellas. La subida afecta a las monedas con oro de las emisiones citadas en el anexo.
- A quién afecta
- compradores de monedas de colección · coleccionistas de numismática · Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda
- Cifras
- moneda de 1 Escudo (valor facial 50 euros): precio anterior 515 euros, nuevo precio 645 euros, sin IVA
- moneda de 2 Escudos (valor facial 100 euros): precio anterior 990 euros, nuevo precio 1.245 euros, sin IVA
- moneda de 4 Escudos (valor facial 200 euros): precio anterior 1.850 euros, nuevo precio 2.330 euros, sin IVA
- moneda de 8 Escudos (valor facial 400 euros): precio anterior 3.400 euros, nuevo precio 4.280 euros, sin IVA
- moneda de 13,92 mm de diámetro (valor facial 20 euros): precio anterior 194 euros, nuevo precio 245 euros, sin IVA
- Economía, empresas y consumo
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
De conformidad con la definición y regulación de las monedas de colección, establecida en el artículo 81 de la Ley 42/1994, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, se han dictado órdenes del Ministro de Economía Comercio y Empresa, del Ministro de Economía, Industria y Competitividad, de la Ministra de Economía y Empresa, y de la Vicepresidenta del Gobierno y Ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, por las que se acuerda la emisión, acuñación y puesta en circulación de monedas de colección.
La Orden EHA/3143/2011, de 8 de noviembre, modificó los precios de venta al público de monedas de colección y estableció las bases para su revisión, así como el modelo de resolución de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se revisan y se hacen públicos los precios de venta al público de monedas de colección. Según el artículo 2 de dicha orden, en caso de que las cotizaciones oficiales de los mercados correspondientes a los metales preciosos experimenten fluctuaciones superiores al cuatro por ciento de la media aritmética de las cotizaciones diarias del mes anterior a la entrada en vigor de los precios inicialmente fijados de venta al público, la Dirección General del Tesoro y Política Financiera podrá revisar dichos precios de las monedas de colección, al alza o a la baja.
La última actualización de los precios de venta al público de las monedas de colección se realizó mediante Resolución de 23 de mayo de 2025, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, publicada en el BOE el día 30 de mayo de 2025, en vigor desde el día siguiente a su publicación.
Debido a la evolución al alza de las cotizaciones de metales preciosos, en concreto del oro, se dan las circunstancias previstas en la Orden EHA/3143/2011 para la modificación al alza de los precios vigentes de venta al público de las monedas de colección.
En virtud de la Orden EHA/3143/2011, de 8 de noviembre, y conforme a las competencias establecidas en el artículo 4.1.o) del Real Decreto 410/2024, de 23 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa,
Esta Dirección General del Tesoro y Política Financiera, previo informe del Banco de España y de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda resuelve:
Primero. Precios de venta al público de monedas de colección.
Se hacen públicos los nuevos precios de venta al público de las monedas de colección que incluyen oro en su composición, y que se citan en el anexo a esta resolución, a aplicar a los procesos de comercialización que realice la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, Entidad Pública Empresarial, Medio Propio, a partir de su entrada en vigor.