Resolución de 10 de octubre de 2025, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se disponen determinadas emisiones de Obligaciones del Estado en el mes de octubre de 2025 y se convocan las correspondientes subastas.
Ministerio de Economía, Comercio y Empresa · 13 de octubre de 2025
Texto
La Orden ECM/3/2025, de 14 de enero, por la que se dispone la creación de Deuda del Estado durante el año 2025 y enero de 2026, ha autorizado a la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional a emitir Deuda del Estado durante el año 2025 y el mes de enero de 2026 y ha regulado el marco al que deberán ajustarse las emisiones, señalando los instrumentos en que podrán materializarse, entre los que se encuentran los Bonos y Obligaciones del Estado.
En la regulación aprobada se dispone la obligación de elaborar un calendario anual de subastas ordinarias, para su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», y se establecen los procedimientos y normas de emisión, que básicamente son una prórroga de los vigentes en 2024. Dicho calendario se publicó por Resolución de 16 de enero de 2025 de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, en la que se reguló el desarrollo y resolución de las subastas de Bonos y Obligaciones del Estado para el año 2025 y el mes de enero de 2026.
Conforme al calendario anunciado, es necesario fijar las características de las Obligaciones del Estado a poner en oferta el próximo día 16 de octubre y convocar las correspondientes subastas. A tal efecto, al objeto de atender la demanda de los inversores y siguiendo las recomendaciones de las entidades Creadores de Mercado, dada la posibilidad de poner en oferta emisiones que sean ampliación de otras realizadas con anterioridad, se considera conveniente poner en oferta un nuevo tramo de la referencia de Obligaciones del Estado a diez años al 3,20 por 100, vencimiento 31 de octubre de 2035, Obligaciones del Estado al 1,25 por 100, vencimiento 31 de octubre de 2030, con una vida residual en torno a cinco años y Obligaciones del Estado al 2,55 por 100, vencimiento 31 de octubre de 2032, con una vida residual en torno a siete años.
En razón de lo expuesto, y en uso de las autorizaciones contenidas en la citada Orden ECM/3/2025,
Esta Dirección General ha resuelto:
1. Disponer en el mes de octubre de 2025 las emisiones, denominadas en euros, de las Obligaciones del Estado que se indican en el apartado 2 siguiente y convocar las correspondientes subastas, que se celebrarán de acuerdo con lo previsto en la Orden ECM/3/2025, de 14 de enero, en la Resolución de 16 de enero de 2025 de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera y en la presente resolución.
2. Características de las Obligaciones del Estado que se emiten.
2.1 El tipo de interés nominal anual y las fechas de amortización y de vencimiento de cupones serán los mismos que se establecieron en las Órdenes ETD/364/2020 y ETD/367/2020, de 22 y 23 de abril, respectivamente, para la emisión de Obligaciones del Estado al 1,25 por 100, vencimiento 31 de octubre de 2030, en las Órdenes ETD/516/2022 y ETD/531/2022, de 7 y 8 de junio, respectivamente, para la emisión de Obligaciones del Estado al 2,55 por 100, vencimiento 31 de octubre de 2032 y en las Órdenes ECM/538/2025 y ECM/544/2025 de 28 y 29 de mayo, respectivamente, para la emisión de Obligaciones del Estado a diez años al 3,20 por 100, vencimiento 31 de octubre de 2035.
2.2 El primer cupón a pagar será, por su importe completo, el 31 de octubre de 2025 en las Obligaciones al 1,25 por 100 y en las Obligaciones al 2,55 por 100. En las Obligaciones a diez años al 3,20 por 100 el primer cupón a pagar será el 31 de octubre de 2025, por un importe de 1,306301 por 100, según se establece en la Orden ECM/544/2025.
2.3 De conformidad con lo previsto en el número 2 de la Orden de 19 de junio de 1997, los Bonos y Obligaciones que se emiten tienen la calificación de Bonos segregables. No obstante, para el inicio de las operaciones de segregación y reconstitución en las Obligaciones a diez años al 3,20 por 100, que se emiten, la autorización deberá aprobarse por la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional.
3. Las subastas tendrán lugar el próximo 16 de octubre de 2025, conforme al calendario hecho público en el apartado 1 de la Resolución de 16 de enero de 2025 y el precio de las peticiones competitivas que se presenten a las subastas se consignará en tanto por ciento con dos decimales, el segundo de los cuales podrá ser cualquier número entre el cero y el nueve, ambos incluidos, y se formulará ex-cupón. A este respecto, el cupón corrido de los valores que se ponen en oferta, calculado de la forma que se establece en el artículo 14.2 de la Orden ECM/3/2025, de 14 de enero, es el 1,22 por 100 en la Obligaciones al 1,25 por 100, el 2,48 por 100 en las Obligaciones al 2,55 por 100 y el 1,22 por 100 en las Obligaciones a diez años al 3,20 por 100.
4. Las segundas vueltas de las subastas convocadas mediante esta resolución, a las que tendrán acceso en exclusiva los Creadores de Mercado que actúan en el ámbito de los Bonos y Obligaciones del Estado, se desarrollarán entre la resolución de las subastas y las doce horas del día hábil anterior al de puesta en circulación de los valores y serán adjudicadas al precio marginal resultante de la fase de subasta, conforme a la normativa reguladora de estas entidades.
5. Los valores que se emitan en estas subastas se pondrán en circulación el día 21 de octubre de 2025, fecha de desembolso y adeudo en cuenta fijada para los titulares de cuentas en la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, SA Unipersonal, y se admitirán de oficio a negociación en AIAF Mercado de Renta Fija. Además, estos valores se agregarán, en cada caso, a las emisiones reseñadas en el apartado 2 anterior, teniendo la consideración de ampliación de aquéllas, con las que se gestionarán como una única emisión a partir de su puesta en circulación.
6. En el anexo de la presente resolución, y con carácter informativo a efectos de la participación en las subastas, se incluyen tablas de equivalencia entre precios y rendimientos de las Obligaciones del Estado cuya emisión se dispone, calculadas de acuerdo con lo previsto en el artículo 14.2 de la Orden ECM/3/2025, de 14 de enero.
Madrid, 10 de octubre de 2025.–La Directora General del Tesoro y Política Financiera, P. D. de firma (Resolución de 20 de febrero de 2024), la Subdirectora General de Gestión de la Deuda Pública, Mercedes Abascal Rojo.
ANEXO
Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para las Obligaciones del Estado al 1,25 %, vto. 31 de octubre de 2030
(Subasta del día 16 de octubre)
Precio Ex-cupón | Rendimiento bruto* – Porcentaje 92,50 | 2,872 92,55 | 2,861 92,60 | 2,850 92,65 | 2,838 92,70 | 2,827 92,75 | 2,816 92,80 | 2,804 92,85 | 2,793 92,90 | 2,782 92,95 | 2,771 93,00 | 2,759 93,05 | 2,748 93,10 | 2,737 93,15 | 2,725 93,20 | 2,714 93,25 | 2,703 93,30 | 2,692 93,35 | 2,680 93,40 | 2,669 93,45 | 2,658 93,50 | 2,647 93,55 | 2,636 93,60 | 2,624 93,65 | 2,613 93,70 | 2,602 93,75 | 2,591 93,80 | 2,580 93,85 | 2,569 93,90 | 2,557 93,95 | 2,546 94,00 | 2,535 94,05 | 2,524 94,10 | 2,513 94,15 | 2,502 94,20 | 2,491 94,25 | 2,480 94,30 | 2,469 94,35 | 2,457 94,40 | 2,446 94,45 | 2,435 94,50 | 2,424 94,55 | 2,413 94,60 | 2,402 94,65 | 2,391 94,70 | 2,380 94,75 | 2,369 94,80 | 2,358 94,85 | 2,347 94,90 | 2,336 94,95 | 2,325 95,00 | 2,314 (*) Rendimientos redondeados al tercer decimal.
Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para las Obligaciones del Estado al 2,55 %, vto. 31 de octubre de 2032
(Subasta del día 16 de octubre)
Precio Ex-cupón | Rendimiento bruto* – Porcentaje 96,75 | 3,070 96,80 | 3,062 96,85 | 3,054 96,90 | 3,045 96,95 | 3,037 97,00 | 3,029 97,05 | 3,021 97,10 | 3,013 97,15 | 3,005 97,20 | 2,997 97,25 | 2,988 97,30 | 2,980 97,35 | 2,972 97,40 | 2,964 97,45 | 2,956 97,50 | 2,948 97,55 | 2,940 97,60 | 2,932 97,65 | 2,924 97,70 | 2,916 97,75 | 2,907 97,80 | 2,899 97,85 | 2,891 97,90 | 2,883 97,95 | 2,875 98,00 | 2,867 98,05 | 2,859 98,10 | 2,851 98,15 | 2,843 98,20 | 2,835 98,25 | 2,827 98,30 | 2,819 98,35 | 2,811 98,40 | 2,803 98,45 | 2,795 98,50 | 2,787 98,55 | 2,779 98,60 | 2,771 98,65 | 2,763 98,70 | 2,755 98,75 | 2,747 98,80 | 2,739 98,85 | 2,731 98,90 | 2,723 98,95 | 2,715 99,00 | 2,707 99,05 | 2,699 99,10 | 2,691 99,15 | 2,683 99,20 | 2,675 99,25 | 2,667 (*) Rendimientos redondeados al tercer decimal.
Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para las Obligaciones del Estado a 10 años al 3,20 %, vto. 31 de octubre de 2035
(Subasta del día 16 de octubre)
Precio Ex-cupón | Rendimiento bruto* – Porcentaje 98,50 | 3,379 98,55 | 3,373 98,60 | 3,367 98,65 | 3,361 98,70 | 3,355 98,75 | 3,349 98,80 | 3,343 98,85 | 3,337 98,90 | 3,331 98,95 | 3,325 99,00 | 3,319 99,05 | 3,313 99,10 | 3,307 99,15 | 3,301 99,20 | 3,295 99,25 | 3,289 99,30 | 3,283 99,35 | 3,277 99,40 | 3,271 99,45 | 3,265 99,50 | 3,259 99,55 | 3,253 99,60 | 3,247 99,65 | 3,241 99,70 | 3,235 99,75 | 3,229 99,80 | 3,224 99,85 | 3,218 99,90 | 3,212 99,95 | 3,206 100,00 | 3,200 100,05 | 3,194 100,10 | 3,188 100,15 | 3,182 100,20 | 3,176 100,25 | 3,170 100,30 | 3,164 100,35 | 3,159 100,40 | 3,153 100,45 | 3,147 100,50 | 3,141 100,55 | 3,135 100,60 | 3,129 100,65 | 3,123 100,70 | 3,118 100,75 | 3,112 100,80 | 3,106 100,85 | 3,100 100,90 | 3,094 100,95 | 3,088 101,00 | 3,082 (*) Rendimientos redondeados al tercer decimal.