Resolución de 18 de septiembre de 2025, de la Dirección General de Estrategia Industrial y de la Pequeña y Mediana Empresa, por la que se actualiza el listado de normas de la instrucción técnica complementaria ITC RAT-02 del Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión, aprobado por el Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo.
Ministerio de Industria y Turismo · 1 de octubre de 2025
En pocas palabras
Actualiza el listado de normas técnicas de obligado cumplimiento de la instrucción técnica complementaria ITC RAT-02, del Reglamento de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión. El anexo recoge las nuevas ediciones de normas UNE y UNE-EN que sustituyen a las anteriores.
Qué cambia
Las empresas y técnicos que proyectan, montan o mantienen instalaciones eléctricas de alta tensión deben aplicar las nuevas ediciones de las normas del anexo. Algunas normas antiguas dejan de tener efectos reglamentarios y otras coexisten con las nuevas durante un periodo limitado.
- A quién afecta
- empresas instaladoras y mantenedoras de alta tensión · ingenieros y técnicos que redactan proyectos eléctricos · laboratorios de ensayo y calibración · organismos de certificación de personas · fabricantes de aparamenta y aisladores eléctricos
- Cifras
- coexistencia de la norma UNE-EN IEC 60071-2:2018 hasta el 29-06-2026
- coexistencia de la norma UNE-EN 61439-5:2015 hasta el 07-09-2026
- plazo de un mes para interponer recurso de alzada desde la publicación
- Energía
- Economía, empresas y consumo
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
Considerando que el apartado 1 del artículo 8 del Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión, aprobado por el Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo estipula que «En la ITC-RAT 02 se recogerá el listado de todas las normas citadas en el texto de las Instrucciones, identificadas por sus títulos y numeración, incluyendo el año de edición».
Considerando que el apartado 2 del mismo artículo añade que «Cuando una o varias normas varíen su año de edición, o se editen modificaciones posteriores a las mismas, deberán ser objeto de actualización en el listado de normas, mediante resolución del órgano directivo competente en materia de seguridad industrial del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, en la que deberá hacerse constar la fecha a partir de la cual la utilización de la antigua edición de la norma dejará de tener efectos reglamentarios».
Considerando que la Asociación Española de Normalización (UNE) ha aprobado nuevas ediciones de normas contenidas en el listado de la instrucción técnica complementaria ITC RAT-02, de acuerdo con los avances del estado de la técnica y/o las normas europeas.
Esta Dirección General, de acuerdo con lo establecido en el mencionado artículo 8 del Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión, aprobado por el Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, ha resuelto:
Primero. Actualización.
El listado de normas de obligado cumplimiento de la Instrucción Técnica Complementaria ITC RAT-02, queda actualizado como se indica en el anexo a la presente resolución.
Segundo. Eficacia.
La presente resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Industria, en el plazo de un mes desde su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para interponer recurso de alzada deberá acceder al siguiente enlace: Sede electrónica del Ministerio de Industria y Turismo - detalle-procedimientos (serviciosmin.gob.es)
Madrid, 18 de septiembre de 2025.–La Directora General de Estrategia Industrial y de la Pequeña y Mediana Empresa, María Teresa Parejo Navajas.
ANEXO
Instrucción Técnica Complementaria