Resolución de 26 de septiembre de 2025, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se disponen determinadas emisiones de Bonos y Obligaciones del Estado en el mes de octubre de 2025 y se convocan las correspondientes subastas.
Ministerio de Economía, Comercio y Empresa · 29 de septiembre de 2025
Texto
La Orden ECM/3/2025, de 14 de enero, por la que se dispone la creación de Deuda del Estado durante el año 2025 y enero de 2026, ha autorizado a la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional a emitir Deuda del Estado durante el año 2025 y el mes de enero de 2026 y ha regulado el marco al que deberán ajustarse las emisiones, señalando los instrumentos en que podrán materializarse, entre los que se encuentran los Bonos y Obligaciones del Estado.
En la regulación aprobada se dispone la obligación de elaborar un calendario anual de subastas ordinarias, para su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», y se establecen los procedimientos y normas de emisión, que básicamente son una prórroga de los vigentes en 2024. Dicho calendario se publicó por Resolución de 16 de enero de 2025 de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, en la que se reguló el desarrollo y resolución de las subastas de Bonos y Obligaciones del Estado para el año 2025 y el mes de enero de 2026.
Conforme al calendario anunciado, es necesario fijar las características de los Bonos y Obligaciones del Estado a poner en oferta el próximo día 2 de octubre y convocar las correspondientes subastas. A tal efecto, al objeto de atender la demanda de los inversores y siguiendo las recomendaciones de las entidades Creadores de Mercado, dada la posibilidad de poner en oferta emisiones que sean ampliación de otras realizadas con anterioridad, se considera conveniente poner en oferta un nuevo tramo de las referencias de Bonos del Estado a cinco años al 2,70 por 100, vencimiento 31 de enero de 2030, Obligaciones del Estado a diez años indexadas al Índice de Precios al Consumo armonizado ex-tabaco en la zona euro, al 1,15 por 100, vencimiento el 30 de noviembre de 2036 y Obligaciones del Estado al 1,00 por 100, vencimiento el 30 de julio de 2042, con una vida residual en torno a dieciséis años y diez meses, referencia emitida dentro del programa bonos verdes soberanos del Reino de España.
Asimismo, se considera conveniente poner en oferta Obligaciones del Estado a siete años, emisión que se formalizará en una nueva referencia, dado el volumen en circulación alcanzado por la emisión de Obligaciones a ese plazo que se viene emitiendo. La nueva referencia que se emite, de acuerdo con lo previsto en la Orden de 19 de junio de 1997, tendrá la calificación de Bonos segregables.
En razón de lo expuesto, y en uso de las autorizaciones contenidas en la citada Orden ECM/3/2025,
Esta Dirección General ha resuelto:
1. Disponer en el mes de octubre de 2025 las emisiones, denominadas en euros, de Bonos y Obligaciones del Estado que se indican en el apartado 2 siguiente y convocar las correspondientes subastas, que se celebrarán de acuerdo con lo previsto en la Orden ECM/3/2025, de 14 de enero, en la Resolución de 16 de enero de 2025 de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera y en la presente Resolución.
2. Características de los Bonos y Obligaciones del Estado que se emiten.
2.1 Emisión de Obligaciones del Estado a siete años.
El tipo de interés nominal anual será el 3,00 por 100 y los valores emitidos se amortizarán por su importe nominal el 31 de enero de 2033. Los cupones tendrán vencimiento el 31 de enero de cada año, siendo el primer cupón a pagar el 31 de enero de 2026, y se pagarán por anualidades vencidas, excepto el primer cupón que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 6.2 de la Orden ECM/3/2025, tendrá un periodo de devengo comprendido entre la fecha de emisión y la fecha de vencimiento del cupón. El importe bruto de este primer cupón, expresado en tanto por ciento del saldo nominal redondeado a seis decimales, será del 0,953425 por 100, calculado mediante la siguiente expresión:
donde «I» es el tipo de interés nominal expresado en tanto por ciento y «d» es el número de días del periodo de devengo, computándose como primer día la fecha de emisión y como último el día anterior a la fecha vencimiento.
2.2 Emisión de Bonos del Estado a cinco años al 2,70 por 100.
El tipo de interés nominal anual y las fechas de amortización y de vencimiento de cupones serán los mismos que se establecieron en la Resolución de 31 de octubre de 2024, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, para la emisión de Bonos del Estado a cinco años al 2,70 por 100, vencimiento 31 de enero de 2030. El primer cupón a pagar será, por su importe completo, el 31 de enero de 2026.
2.3 Emisión de Obligaciones del Estado a diez años al 1,15 por 100, indexadas a la inflación.
El cupón real anual y las fechas de amortización y vencimiento de cupones serán los mismos que se establecieron en las Órdenes ECM/1019/2024 y ECM/1029/2024 de 24 y 25 de septiembre, respectivamente, para la emisión de Obligaciones del Estado a diez años, indexadas al Índice de Precios al Consumo armonizado ex-tabaco en la zona euro, al 1,15 por 100, con vencimiento el 30 de noviembre de 2036. El primer cupón a pagar será, por su importe completo, el 30 de noviembre de 2025.
2.4 Emisión de Obligaciones del Estado al 1,00 por 100.
El tipo de interés nominal anual y las fechas de amortización y de vencimiento de cupones serán los mismos que se establecieron en las Órdenes ETD/937/2021 y ETD/939/2021, de 7 y 8 de septiembre, respectivamente, para la emisión de Obligaciones del Estado al 1,00 por 100, vencimiento 30 de julio de 2042. El primer cupón a pagar será, por su importe completo, el 30 de julio de 2026.
2.5 De conformidad con lo previsto en el número 2 de la Orden de 19 de junio de 1997, los Bonos y Obligaciones que se emiten tienen la calificación de Bonos segregables. No obstante, para el inicio de las operaciones de segregación y reconstitución en las Obligaciones a siete años al 3,00 por 100 y en las Obligaciones a diez años al 1,15 por 100, indexadas a la inflación, que se emiten, la autorización deberá aprobarse por la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional.
3. Las subastas tendrán lugar el próximo 2 de octubre de 2025, conforme al calendario hecho público en el apartado 1 de la Resolución de 16 de enero de 2025, y el precio de las peticiones competitivas que se presenten a las subastas se consignará en tanto por ciento con dos decimales, el segundo de los cuales podrá ser cualquier número entre el cero y el nueve, ambos incluidos, y se formulará ex-cupón, y además, en el caso de las Obligaciones a diez años al 1,15 por 100, indexadas a la inflación, sin tener en consideración la aplicación del correspondiente índice multiplicador o coeficiente de indexación. A este respecto, el cupón corrido de los valores que se ponen en oferta, calculado de la forma que se establece en el artículo 14.2 de la Orden ECM/3/2025, de 14 de enero, es el 1,84 por 100 en los Bonos a cinco años al 2,70 por 100, el 0,98 por 100 en las Obligaciones a diez años al 1,15 por 100 indexadas a la inflación y el 0,19 por 100 en las Obligaciones al 1,00 por 100. La emisión de la nueva referencia de Obligaciones a siete años, en este primer tramo, se efectúa sin cupón corrido al no haberse iniciado el periodo de devengo del primer cupón. Asimismo, el coeficiente de indexación o índice multiplicador correspondiente a la fecha de emisión, calculado según lo dispuesto en el punto 3.g. de la Orden ECM/1019/2024, es el 1,03612.
4. Las segundas vueltas de las subastas convocadas mediante esta Resolución, a las que tendrán acceso en exclusiva los Creadores de Mercado que actúan en el ámbito de los Bonos y Obligaciones del Estado, se desarrollarán entre la resolución de las subastas y las doce horas del día hábil anterior al de puesta en circulación de los valores y serán adjudicadas al precio marginal resultante de la fase de subasta, conforme a la normativa reguladora de estas entidades.
5. Los valores que se emitan en estas subastas se pondrán en circulación el día 7 de octubre de 2025, fecha de desembolso y adeudo en cuenta fijada para los titulares de cuentas en la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, SA Unipersonal, y se admitirán de oficio a negociación en AIAF Mercado de Renta Fija. Además, estos valores se agregarán, en cada caso, a las emisiones reseñadas en el apartado 2 anterior, teniendo la consideración de ampliación de aquéllas, con las que se gestionarán como una única emisión a partir de su puesta en circulación.
6. En el anexo de la presente resolución, y con carácter informativo a efectos de la participación en las subastas, se incluyen tablas de equivalencia entre precios y rendimientos de los Bonos y Obligaciones del Estado cuya emisión se dispone, calculadas de acuerdo con lo previsto en el artículo 14.2 de la Orden ECM/3/2025, de 14 de enero.
Madrid, 26 de septiembre de 2025.–La Directora General del Tesoro y Política Financiera, P. D. de firma (Resolución de 20 de febrero de 2024), la Subdirectora General de Gestión de la Deuda Pública, Mercedes Abascal Rojo.
ANEXO
Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para los Bonos del Estado a 5 años al 2,70 %, vto. 31 de enero de 2030
(Subasta del día 2 de octubre)
Precio Ex-cupón | Rendimiento bruto* – Porcentje 99,25 | 2,886 99,30 | 2,873 99,35 | 2,861 99,40 | 2,848 99,45 | 2,836 99,50 | 2,823 99,55 | 2,811 99,60 | 2,798 99,65 | 2,786 99,70 | 2,773 99,75 | 2,761 99,80 | 2,748 99,85 | 2,736 99,90 | 2,723 99,95 | 2,711 100,00 | 2,699 100,05 | 2,686 100,10 | 2,674 100,15 | 2,661 100,20 | 2,649 100,25 | 2,637 100,30 | 2,624 100,35 | 2,612 100,40 | 2,599 100,45 | 2,587 100,50 | 2,575 100,55 | 2,562 100,60 | 2,550 100,65 | 2,538 100,70 | 2,526 100,75 | 2,513 100,80 | 2,501 100,85 | 2,489 100,90 | 2,476 100,95 | 2,464 101,00 | 2,452 101,05 | 2,440 101,10 | 2,427 101,15 | 2,415 101,20 | 2,403 101,25 | 2,391 101,30 | 2,378 101,35 | 2,366 101,40 | 2,354 101,45 | 2,342 101,50 | 2,330 101,55 | 2,317 101,60 | 2,305 101,65 | 2,293 101,70 | 2,281 101,75 | 2,269 (*) Rendimientos redondeados al tercer decimal.
Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para las Obligaciones del Estado a 7 años al 3,00 %, vto. 31 de enero de 2033
(Subasta del día 2 de octubre)
Precio Ex-cupón | Rendimiento bruto* – Porcentaje 98,75 | 3,196 98,80 | 3,188 98,85 | 3,180 98,90 | 3,172 98,95 | 3,165 99,00 | 3,157 99,05 | 3,149 99,10 | 3,141 99,15 | 3,133 99,20 | 3,126 99,25 | 3,118 99,30 | 3,110 99,35 | 3,102 99,40 | 3,094 99,45 | 3,087 99,50 | 3,079 99,55 | 3,071 99,60 | 3,063 99,65 | 3,056 99,70 | 3,048 99,75 | 3,040 99,80 | 3,032 99,85 | 3,025 99,90 | 3,017 99,95 | 3,009 100,00 | 3,001 100,05 | 2,994 100,10 | 2,986 100,15 | 2,978 100,20 | 2,971 100,25 | 2,963 100,30 | 2,955 100,35 | 2,948 100,40 | 2,940 100,45 | 2,932 100,50 | 2,925 100,55 | 2,917 100,60 | 2,909 100,65 | 2,902 100,70 | 2,894 100,75 | 2,886 100,80 | 2,879 100,85 | 2,871 100,90 | 2,863 100,95 | 2,856 101,00 | 2,848 101,05 | 2,840 101,10 | 2,833 101,15 | 2,825 101,20 | 2,818 101,25 | 2,810 (*) Rendimientos redondeados al tercer decimal.
Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para las Obligaciones del Estado a 10 años €i al 1,15 %, vto. 30 de noviembre de 2036
(Subasta del día 2 de octubre)
Precio Ex-cupón Ex-inflacion | Rendimiento bruto* – Porcentaje 94,50 | 1,695 94,55 | 1,690 94,60 | 1,685 94,65 | 1,680 94,70 | 1,675 94,75 | 1,670 94,80 | 1,664 94,85 | 1,659 94,90 | 1,654 94,95 | 1,649 95,00 | 1,644 95,05 | 1,639 95,10 | 1,634 95,15 | 1,629 95,20 | 1,624 95,25 | 1,619 95,30 | 1,614 95,35 | 1,608 95,40 | 1,603 95,45 | 1,598 95,50 | 1,593 95,55 | 1,588 95,60 | 1,583 95,65 | 1,578 95,70 | 1,573 95,75 | 1,568 95,80 | 1,563 95,85 | 1,558 95,90 | 1,553 95,95 | 1,548 96,00 | 1,543 96,05 | 1,538 96,10 | 1,533 96,15 | 1,528 96,20 | 1,523 96,25 | 1,518 96,30 | 1,513 96,35 | 1,508 96,40 | 1,503 96,45 | 1,498 96,50 | 1,493 96,55 | 1,488 96,60 | 1,483 96,65 | 1,478 96,70 | 1,473 96,75 | 1,468 96,80 | 1,463 96,85 | 1,458 96,90 | 1,453 96,95 | 1,448 97,00 | 1,443 (*) Rendimientos redondeados al tercer decimal.
Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para las Obligaciones del Estado al 1,00 %, vto. 30 de julio de 2042
(Subasta del día 2 de octubre)
Precio Ex-cupón | Rendimiento bruto* – Porcentaje 64,00 | 3,977 64,05 | 3,972 64,10 | 3,966 64,15 | 3,961 64,20 | 3,956 64,25 | 3,950 64,30 | 3,945 64,35 | 3,940 64,40 | 3,934 64,45 | 3,929 64,50 | 3,924 64,55 | 3,918 64,60 | 3,913 64,65 | 3,908 64,70 | 3,902 64,75 | 3,897 64,80 | 3,892 64,85 | 3,886 64,90 | 3,881 64,95 | 3,876 65,00 | 3,871 65,05 | 3,865 65,10 | 3,860 65,15 | 3,855 65,20 | 3,850 65,25 | 3,844 65,30 | 3,839 65,35 | 3,834 65,40 | 3,829 65,45 | 3,823 65,50 | 3,818 65,55 | 3,813 65,60 | 3,808 65,65 | 3,803 65,70 | 3,797 65,75 | 3,792 65,80 | 3,787 65,85 | 3,782 65,90 | 3,777 65,95 | 3,771 66,00 | 3,766 66,05 | 3,761 66,10 | 3,756 66,15 | 3,751 66,20 | 3,746 66,25 | 3,740 66,30 | 3,735 66,35 | 3,730 66,40 | 3,725 66,45 | 3,720 66,50 | 3,715 (*) Rendimientos redondeados al tercer decimal.