Orden AUC/1021/2025, de 11 de septiembre, por la que se crea el Consulado Honorario de España en Puerto Vallarta, en los Estados Unidos Mexicanos.
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación · 19 de septiembre de 2025
En pocas palabras
Crea el Consulado Honorario de España en Puerto Vallarta (México), que dependerá del Consulado General en Guadalajara. Su circunscripción abarca municipios de los estados de Jalisco y Nayarit.
Qué cambia
Los españoles en esa zona costera podrán hacer trámites consulares como renovar pasaportes o legalizar documentos más cerca, sin desplazarse 350 kilómetros a Guadalajara. No supone aumento de gasto de personal.
- A quién afecta
- residentes españoles en Jalisco y Nayarit · turistas españoles en la región · empresas españolas con actividad en la zona · personas que necesiten trámites consulares en esa circunscripción
- Cifras
- distancia de Puerto Vallarta a la sede del Consulado General en Guadalajara: 350 kilómetros
- consulados honorarios dependientes de Monterrey y Ciudad de México: veinte
- Política exterior y Unión Europea
- Administración pública e instituciones
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
Puerto Vallarta es la segunda ciudad más poblada del estado de Jalisco después de su capital, Guadalajara, donde España cuenta con un Consulado General cuya demarcación consular cubre los estados de Jalisco, Nayarit, Colima, Aguascalientes y Zacatecas. En estos dos últimos, el Consulado General se apoya en un Consulado Honorario, con sede en Aguascalientes, para el cumplimiento de sus funciones. Además, España cuenta con otros dos Consulados Generales, en Monterrey y en Ciudad de México, de los que dependen otros veinte Consulados Honorarios. Sin embargo, no existe ninguno que cubra la zona costera del Pacífico en Jalisco, Nayarit y Colima.
Esta región, que incluye municipios como Puerto Vallarta, Bahía de Banderas o Compostela, cuenta con un número creciente de residentes y turistas españoles, ofrece oportunidades de inversión y de cooperación en sectores como el turismo, la sostenibilidad y la educación y está expuesta a factores, como los riesgos climáticos o su atractivo como destino turístico de aventura, que provocan emergencias consulares tales como accidentes, hospitalizaciones, detenciones o desastres naturales. Todo ello incrementa la demanda de servicios consulares, cuya prestación se ve dificultada por la lejanía de la sede del Consulado General de España en Guadalajara, situado a 350 kilómetros de Puerto Vallarta.
La comunidad española en la región ha registrado un notable crecimiento en los últimos años y se prevé que la tendencia siga al alza. Está formada por residentes permanentes, empresarios, inversores y empleados, especialmente en los sectores hotelero, sanitario y de la construcción. A su vez, la zona atrae a un número significativo de turistas españoles cada año y se prevé que siga haciéndolo en el futuro. La ampliación del aeropuerto internacional, llevada a cabo por una empresa con participación española, mejorará la conectividad aérea de la región e incrementará el flujo de turistas internacionales, incluidos los provenientes de España y Europa.
La creación de un nuevo Consulado Honorario, con sede en Puerto Vallarta y circunscripción consular en los estados de Jalisco y Nayarit, en concreto en los municipios de Puerto Vallarta, Cabo Corrientes, Tomatlán, La Huerta, Cihuatlán, Bahía de Banderas, Compostela y San Blas, permitirá mejorar la asistencia y la protección de los ciudadanos españoles en la región y facilitará la realización de trámites como la renovación de pasaportes, la legalización de documentos, la obtención de visados y el apoyo en cuestiones legales y administrativas. También permitirá fortalecer los lazos comerciales, culturales y educativos entre España y México, facilitando la formación de redes de contacto, contribuyendo al desarrollo y la implantación de empresas españolas y contribuyendo a la organización de actos de distinta naturaleza.
Por todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.1 de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado y con arreglo a los artículos 1 a 5 del Reglamento de los Agentes Consulares Honorarios de España en el extranjero, aprobado por el Real Decreto 1390/2007, de 29 de octubre, a iniciativa de la Dirección General del Servicio Exterior, de conformidad con la propuesta formulada por la Embajada de España en Ciudad de México y con los informes favorables de la Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares y de la Dirección General para Iberoamérica y el Caribe, dispongo: