Orden TDF/993/2025, de 31 de julio, por la que se modifica la Orden ETD/1236/2023, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a los participantes en proyectos importantes de interés común europeo y primera convocatoria, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea- Next Generation EU.
Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública · 9 de septiembre de 2025
En pocas palabras
Modifica las bases de las ayudas del programa «UNICO IPCEI» para proyectos europeos de interés común. Permite a los beneficiarios cambiar el desglose de su presupuesto financiable sin aumentar la subvención y adelanta el plazo máximo de justificación al 30 de junio.
Qué cambia
Las entidades beneficiarias podrán reorganizar las partidas de su presupuesto concedido sin recibir más dinero. Deberán justificar las ayudas antes del 30 de junio, aunque el plazo para ejecutar las actuaciones no cambia.
- A quién afecta
- beneficiarios de ayudas del programa UNICO IPCEI · participantes en proyectos importantes de interés común europeo (IPCEI) · entidades que ejecutan proyectos financiados con el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
- Cifras
- plazo máximo de justificación de las ayudas: 30 de junio
- fecha límite de los hitos y objetivos finales del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia: 31 de agosto de 2026
- las medidas del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia deben finalizar a más tardar en agosto de 2026
- Digitalización y telecomunicaciones
- Economía, empresas y consumo
- Administración pública e instituciones
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
La Orden ETD/1236/2023, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a los participantes en proyectos importantes de interés común europeo (IPCEI) y primera convocatoria, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia –financiado por la Unión Europea– Next Generation EU, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» el 18 de noviembre de 2023, tiene por objeto regular el programa de ayudas «UNICO IPCEI», cuyos proyectos contribuyen a la ejecución de los hitos CID #241 b) y c) y CID #242 b) y c) de la inversión C15.I5 Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (en adelante, PRTR).
El tiempo transcurrido desde el inicio de la ejecución de los proyectos subvencionados al amparo del mencionado programa de ayudas ha puesto de manifiesto la necesidad de modificar las cuantías en que se desglosa el presupuesto financiable de aquéllos, adaptándolas a la realidad y vicisitudes consustanciales al desarrollo de cualquier proyecto de inversión; en particular, de aquellos que, como los proyectos IPCEI, están destinados al fomento y coordinación de la investigación científica y el avance tecnológico.
Resulta necesario, por tanto, permitir a los beneficiarios de las ayudas ajustar el desglose de las cuantías del presupuesto financiable que figura en las correspondientes resoluciones de concesión, siempre y cuando ello no suponga un incremento de la subvención concedida y se respeten de los límites autorizados por la Decisión de la Comisión Europea publicada para cada IPCEI.
Por otro lado, se hace también necesario reducir el plazo máximo de justificación de las ayudas hasta el 30 de junio a fin de cumplir con lo previsto en la Comunicación de la Comisión –Orientación sobre los planes de recuperación y resiliencia, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de 22 de julio de 2024–, en la que la Comisión Europea aclara que las medidas respaldadas por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) deben finalizar a más tardar en agosto de 2026. Por su parte, el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (Reglamento del MRR) señala como fecha en la que deberán haberse alcanzado los hitos y objetivos finales –tanto de los proyectos de inversión como de las reformas– el 31 de agosto de 2026. Esta reducción del plazo máximo de justificación de las ayudas, necesaria para cumplir con el calendario europeo del MRR, no afecta sin embargo al plazo de ejecución de las actuaciones subvencionadas.
Esta orden ministerial se ha elaborado conforme a los principios de buena regulación que establece el artículo 129.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Cumple, por tanto, con los principios de necesidad y eficacia, en el marco de los objetivos perseguidos por el PRTR. Es conforme también con el principio de proporcionalidad dado contiene la regulación imprescindible para llevar a cabo la modificación que pretende. Se adecúa, igualmente, al principio de seguridad jurídica, en la medida en que la norma resulta coherente con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su reglamento de desarrollo, y cumple asimismo con el principio de transparencia al definir claramente sus objetivos, reflejados en el preámbulo. También se encuentra acreditado el principio de eficiencia ya que no impone cargas administrativas innecesarias o accesorias y racionaliza, en su aplicación, la gestión de los recursos públicos.