Resolución de 5 de septiembre de 2025, de la Secretaría General de Pesca, por la que se publica la cuota definitiva de anchoa de la zona 9a (stock ANE/9WX10) desde el 1 de julio de 2025 al 30 de junio de 2026, a los buques del censo por modalidad de cerco en el caladero del Cantábrico y Noroeste.
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación · 9 de septiembre de 2025
En pocas palabras
Publica la cuota definitiva de anchoa de la zona 9a para España entre el 1 de julio de 2025 y el 30 de junio de 2026, que asciende a 2.287.000 kg. Establece topes semanales de captura y desembarque por buque para la flota de cerco del Cantábrico y Noroeste.
Qué cambia
Los buques de cerco del Cantábrico y Noroeste pueden pescar anchoa hasta agotar la cuota disponible de 1.461.189 kg, con un límite semanal de 6.000 kg para los buques más grandes y 4.000 kg para el resto. Cuando se agote la cuota, se cerrará la pesquería.
- A quién afecta
- buques de cerco del Cantábrico y Noroeste · tripulantes de buques de cerco · cofradías de pescadores · organizaciones de productores pesqueros
- Cifras
- cuota definitiva de España: 2.287.000 kg
- cuota ya consumida: 825.811 kg
- cuota disponible: 1.461.189 kg
- tope semanal para buques de 120 o más GT o 12 o más tripulantes: 6.000 kg por buque y semana
- tope semanal para el resto de buques: 4.000 kg por buque y semana
- Agricultura, pesca y alimentación
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
Antecedentes y fundamentos de Derecho
El stock de la anchoa (Engraulis encrasicolus) (ANE/9/WX10) tiene un TAC cuyo periodo de gestión abarca desde el 1 de julio del año en curso hasta el 30 de junio del año siguiente.
A la espera de que se adoptara el TAC definitivo y con el fin de permitir la continuación de la actividad pesquera, se fijó un TAC provisional de 7.182 toneladas mediante Reglamento (UE) 2025/1350 del Consejo, de 8 de julio de 2025, para el período comprendido del 1 de julio al 30 de septiembre de 2025. De este TAC correspondían a España 718 toneladas como cuota inicial y provisional, que se repartieron mediante Resolución del 26 de junio de 2025, de la Secretaría General de Pesca, a los buques del censo por modalidad de cerco en el caladero del Cantábrico y Noroeste.
Desde el pasado 11 de agosto, esta pesquería permanece cerrada mediante Resolución de la Dirección General de Ordenación Pesquera y Acuicultura, de 8 de agosto de 2025.
Próximamente se publicará el Reglamento (UE) del Consejo que establecerá el TAC definitivo del stock ANE/9/WX10 en 22.871 toneladas para el período del periodo del 1 de julio de 2025 a 30 de junio de 2026, siguiendo la recomendación de 20 de junio de 2025 del Consejo Internacional para la Exploración del Mar (CIEM). A España le corresponde la cantidad de 2.287 toneladas.
Por tanto, en este momento procede repartir la cantidad adicional de 1.569 toneladas, habida cuenta del adelanto de 718 toneladas repartidas previamente, para llevar a cabo el reparto de la cuota total definitiva asignada a España.
Tras las propuestas recibidas del sector y de Comunidades Autónomas para pautar el ritmo de consumo de la pesquería y evitar el cierre anticipado de la misma, y teniendo en cuenta la cuota disponible, se considera pertinente establecer un tope de captura de 6.000 kilos por buque y semana para los buques de más de 120 GT o 12 tripulantes y 4.000 kilos por buque y semana para el resto de buques. Dichos topes podrán modificarse mediante publicación en la página web del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (https://www.mapa.gob.es/es/pesca/temas/control-inspeccion-lucha-pesca-ilegal/gestiontopes.aspx), previa comunicación por correo electrónico a la flota autorizada.
Asimismo, en los anexos I y II se indican los buques autorizados a la pesquería de la anchoa en la zona 9a y el tope máximo de capturas para cada buque por semana. En el anexo I se relacionarán los buques con 120 o más GT o 12 o más tripulantes, enrolados y embarcados y en el anexo II el resto de buques. Las actualizaciones de los buques autorizados en los anexos I y II se podrán consultar en la página web del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (https://www.mapa.gob.es/es/pesca/temas/control-inspeccion-lucha-pesca-ilegal/gestiontopes.aspx).