Orden PJC/808/2025, de 23 de julio, por la que se modifica la relación de bases aéreas o aeródromos militares abiertos al tráfico civil contenida en el Real Decreto 1167/1995, de 7 de julio, sobre régimen de uso de los aeródromos utilizados conjuntamente por una base aérea y un aeropuerto y de las bases aéreas abiertas al tráfico civil.
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes · 25 de julio de 2025
En pocas palabras
Modifica la lista de bases aéreas militares abiertas al tráfico civil y excluye de ella la base aérea de San Javier (Murcia). La lista queda formada por Talavera la Real, Matacán, Villanubla, León y Albacete. La orden se aplica desde el día siguiente a su publicación.
Qué cambia
La base aérea de San Javier deja de figurar como aeródromo militar abierto al tráfico civil. En la práctica, el tráfico aéreo civil de la Región de Murcia se atiende a través del Aeropuerto de la Región de Murcia.
- A quién afecta
- Aena, S.M.E., SA · Ministerio de Defensa · Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible · usuarios del transporte aéreo en la Región de Murcia · empresas de la Región de Murcia
- Transporte e infraestructuras
- Defensa
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
En virtud de lo dispuesto en el artículo 82.dos de la Ley 4/1990, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado, y en el Real Decreto-ley 13/2010, de 3 de diciembre, de actuaciones en el ámbito fiscal, laboral y liberalizadoras para fomentar la inversión y la creación de empleo, la mercantil Aena, S.M.E., SA, gestiona la parte civil de las bases aéreas abiertas al tráfico civil, entre las que se encontraba la base aérea de San Javier (Murcia), sita en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, hasta que se produjo el cierre formal de dicha base aérea al tráfico aéreo civil.
Dada la importancia que la aviación y el transporte aéreo tienen para el desarrollo económico de la Región de Murcia así como para atender a las necesidades de conectividad de los ciudadanos y empresas, con fecha de 16 de noviembre de 2011, el entonces Ministerio de Fomento, hoy Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, y la entonces Consejería de Obras Públicas y Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, actualmente la Consejería de Fomento e Infraestructuras, formalizaron un Protocolo para sentar las bases del desarrollo de la aviación civil en esa región, estableciéndose que el tráfico aéreo civil de la comunidad autónoma se efectuaría, llegado el momento, a través del Aeropuerto de la Región de Murcia, mientras que la base aérea de San Javier se destinaría exclusivamente a la aviación militar, salvo casos de emergencia.
Mediante cartas fechadas el 4 y el 27 de junio de 2018, el Secretario General y del Consejo de Administración de la mercantil Aena S.M.E., SA, solicitó al ahora Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, tras acuerdo de su Consejo de Administración de fecha 29 de mayo de 2018, que se inicien los trámites oportunos para proceder al cierre del tráfico aéreo civil en la base aérea de San Javier.
Por ello, y en virtud de lo establecido en el artículo 7 del Real Decreto 1167/1995, de 7 de julio, sobre régimen de uso de los aeródromos utilizados conjuntamente por una base aérea y un aeropuerto y de las bases aéreas abiertas al tráfico civil, el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible comunicó al Ministerio de Defensa, a través de carta fechada el 2 de julio de 2018, su voluntad de cesar el tráfico civil en la base aérea de San Javier, con una fecha estimativa del 14 de enero de 2019.
Mediante resolución de 14 de enero de 2019 de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea se acordó la puesta en funcionamiento del Aeropuerto de la Región de Murcia. Desde esa fecha la base aérea de San Javier se destina exclusivamente al tráfico aéreo militar, no despachando tráfico aéreo civil.
La disposición final segunda de este mismo texto legal faculta a los Ministerios de Defensa y Transportes y Movilidad Sostenible para modificar mediante orden conjunta, debatida y preparada en el seno de la Comisión Interministerial prevista en el artículo 6 de la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea (CIDETRA), la relación de bases aéreas abiertas al tráfico civil.