Entrada en vigor del Convenio entre el Reino de España y la República Islámica de Mauritania relativo a la asistencia a personas detenidas y al traslado de personas condenadas, hecho en Madrid el 12 de septiembre de 2006.
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación · 21 de julio de 2025
En pocas palabras
El Convenio entre España y Mauritania sobre asistencia a personas detenidas y traslado de personas condenadas entra en vigor el 1 de septiembre de 2025. La norma comunica esta fecha tras completarse las notificaciones previstas en el propio Convenio.
Qué cambia
Desde el 1 de septiembre de 2025 se aplica el marco de cooperación entre España y Mauritania para asistir a personas detenidas y trasladar a personas condenadas de un país al otro.
- A quién afecta
- personas detenidas españolas en Mauritania · personas detenidas mauritanas en España · personas condenadas españolas en Mauritania · personas condenadas mauritanas en España
- Cifras
- entrada en vigor: 1 de septiembre de 2025
- Convenio hecho en Madrid: 12 de septiembre de 2006
- publicación previa en el BOE: 8 de noviembre de 2006
- Política exterior y Unión Europea
- Justicia
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
El Convenio entre el Reino de España y la República Islámica de Mauritania relativo a la asistencia a personas detenidas y al traslado de personas condenadas, hecho en Madrid el 12 de septiembre de 2006, entrará en vigor el 1 de septiembre de 2025, el primer día del segundo mes siguiente a la fecha de la última notificación de cumplimiento de las formalidades constitucionales en cada uno de ambos Estados, según se establece en su artículo 21.
Se completa así la inserción efectuada en el «Boletín Oficial del Estado» número 267, de 8 de noviembre de 2006.
Madrid, 15 de julio de 2025.–La Secretaria General Técnica, Rosa Velázquez Álvarez.