Entrada en vigor del Convenio de Extradición entre el Reino de España y la República Islámica de Mauritania, hecho «Ad Referendum» en Madrid el 12 de septiembre de 2006.
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación · 21 de julio de 2025
En pocas palabras
El Convenio de Extradición entre España y Mauritania, firmado en Madrid el 12 de septiembre de 2006, entra en vigor el 1 de septiembre de 2025. Se completa así la publicación hecha en el Boletín Oficial del Estado en 2006.
Qué cambia
Desde esa fecha, España y Mauritania podrán solicitarse la entrega de personas reclamadas por la justicia conforme a lo pactado en el convenio.
- A quién afecta
- personas reclamadas por la justicia de España o Mauritania · autoridades judiciales de ambos países · Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
- Cifras
- entrada en vigor: 1 de septiembre de 2025
- firma del convenio: 12 de septiembre de 2006
- publicación previa en el BOE: 8 de noviembre de 2006
- Justicia
- Política exterior y Unión Europea
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
El Convenio de Extradición entre el Reino de España y la República Islámica de Mauritania, hecho en Madrid el 12 de septiembre de 2006, entrará en vigor el 1 de septiembre de 2025, el primer día del segundo mes siguiente a la fecha de la última notificación de cumplimiento de las formalidades constitucionales requeridas en cada uno de los dos Estados, según se establece en su artículo 26.
Se completa así la inserción efectuada en el «Boletín Oficial del Estado» número 267, de 8 de noviembre de 2006.
Madrid, 15 de julio de 2025.–La Secretaria General Técnica, Rosa Velázquez Álvarez.