Orden APA/745/2025, de 10 de julio, por la que se modifica la Orden APA/383/2025, de 22 de abril, por la que se modifica la ayuda extraordinaria para compensar la pérdida de renta en las explotaciones agrarias afectadas dispuesta en el artículo 24 del Real Decreto-ley 7/2024, de 11 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes para el impulso del Plan de respuesta inmediata, reconstrucción y relanzamiento frente a los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024, y se aprueban adaptaciones y concreciones.
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación · 14 de julio de 2025
En pocas palabras
Elimina la limitación que reservaba los fondos europeos del Reglamento de Ejecución (UE) 2025/441 a una sola modalidad de ayuda. Así, esos fondos podrán financiar todas las modalidades de ayuda para compensar la pérdida de renta en explotaciones agrarias afectadas por la DANA.
Qué cambia
Las explotaciones agrarias afectadas por la DANA podrán recibir ayudas financiadas con fondos europeos en cualquiera de las modalidades previstas, no solo en una. Los beneficiarios deben ser elegibles para las ayudas directas de la PAC de la solicitud única de 2024.
- A quién afecta
- explotaciones agrarias afectadas por la DANA · personas titulares de explotaciones agrarias · beneficiarios de ayudas directas de la PAC
- Agricultura, pesca y alimentación
- Economía, empresas y consumo
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
La Orden APA/383/2025, de 22 de abril, por la que se modifica la ayuda extraordinaria para compensar la pérdida de renta en las explotaciones agrarias afectadas dispuesta en el artículo 24 del Real Decreto-ley 7/2024, de 11 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes para el impulso del Plan de respuesta inmediata, reconstrucción y relanzamiento frente a los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024, y se aprueban adaptaciones y concreciones, en su artículo 5, apartados 2 y 3 reserva, en exclusiva, la aplicación de los fondos asignados al Reino de España por el Reglamento de Ejecución (UE) 2025/441 de la Comisión, de 6 de marzo de 2025, a la financiación de las ayudas extraordinarias destinadas a compensar las pérdidas de renta consecuencia de los daños producidos en la infraestructura productiva agraria afectada por la DANA, a la modalidad prevista en la letra a) de dicho artículo.
Una vez realizada la evaluación completa de los daños, por razones meramente operativas de carácter instrumental, se ha considerado necesario eliminar la limitación que impide al Reino de España financiar con cargo a dichos fondos el resto de modalidades previstas en el artículo 3.5 de dicha orden, ya que, sin perjuicio de que aparezcan categorizadas de manera diferenciada, carece de justificación que la fuente de financiación de las ayudas haya de ser distinta, de forma que se asegure su óptima utilización con la flexibilidad necesaria para garantizar su plena eficacia. De acuerdo con el Reglamento de Ejecución (UE) 2025/441 de la Comisión, de 6 de marzo de 2025, todos los beneficiarios cuya ayuda se financie total o parcialmente con cargo a los fondos asignados al Reino de España deberán ser elegibles para el cobro de las ayudas directas de la PAC de la solicitud única de 2024, de modo que se asegure su pleno sometimiento al sistema integrado de gestión y control y su superficie elegible será la que cumpla los requisitos tras los controles, sin discriminación en función del tipo de modalidad.
Se procede, en consecuencia, a dejar sin efecto el apartado 2 y la primera frase del apartado 3 del artículo 5.
En su virtud, dispongo:
Artículo único. Modificación del artículo 5 de la Orden APA/383/2025, de 22 de abril, por la que se modifica la ayuda extraordinaria para compensar la pérdida de renta en las explotaciones agrarias afectadas dispuesta en el artículo 24 del Real Decreto-ley 7/2024, de 11 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes para el impulso del Plan de respuesta inmediata, reconstrucción y relanzamiento frente a los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024, y se aprueban adaptaciones y concreciones.
Quedan sin contenido el apartado 2 y la primera frase del apartado 3 del artículo 5 de la Orden APA/383/2025, de 22 de abril, por la que se modifica la ayuda extraordinaria para compensar la pérdida de renta en las explotaciones agrarias afectadas dispuesta en el artículo 24 del Real Decreto-ley 7/2024, de 11 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes para el impulso del Plan de respuesta inmediata, reconstrucción y relanzamiento frente a los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024, y se aprueban adaptaciones y concreciones.