Ley 1/2025, de 13 de junio, para prevenir la celebración de fiestas y actividades molestas en viviendas que se comercialicen como estancias turísticas.
Comunidad Autónoma de las Illes Balears · 14 de julio de 2025
En pocas palabras
Modifica la Ley de turismo de las Illes Balears para que los contratos de estancia turística en viviendas prohíban expresamente las fiestas y eventos que alteren la convivencia. Si se producen, la persona comercializadora debe exigir el abandono en un máximo de 24 horas. No incluir la prohibición en el contrato o no adoptar medidas se considera infracción grave.
Qué cambia
Quien alquila una vivienda como estancia turística debe incluir la prohibición en el contrato y actuar ante fiestas molestas; si no lo hace, puede ser sancionado. Las personas alojadas pueden ser obligadas a abandonar la vivienda en 24 horas.
- A quién afecta
- propietarios y comercializadores de viviendas de estancia turística · personas que se alojan en estancias turísticas · vecinos de edificios con viviendas turísticas · ayuntamientos y consejos insulares · policías locales
- Cifras
- plazo máximo para abandonar la vivienda tras requerimiento: 24 horas
- Vivienda y urbanismo
- Economía, empresas y consumo
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
LA PRESIDENTA DE LAS ILLES BALEARS
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de las Illes Balears ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que se establece en el artículo 48.2 del Estatuto de Autonomía, tengo a bien promulgar la siguiente ley:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
I
Durante los últimos tiempos, y sobre todo durante la última década, han aparecido nuevas formas de alojamiento turístico, como por ejemplo el alquiler turístico que ha experimentado un notable crecimiento en los últimos años, una vez que la normativa existente al respecto fuese modificada por la Ley 6/2017, de 31 de julio, de modificación de la Ley 8/2012, de 19 de julio, del turismo de las Illes Balears, relativa a la comercialización de estancias turísticas en viviendas. Esta modificación ha provocado que muchas viviendas tradicionalmente destinadas a la residencia permanente de residentes, actualmente se destinen al alquiler turístico de corta duración. Más allá de los efectos que este proceso ha tenido sobre el mercado de la vivienda, tampoco se pueden obviar los problemas de convivencia: a menudo, en los inmuebles que se comercializan como estancias turísticas en viviendas se organizan y se celebran fiestas que provocan una perturbación en la cotidianidad de la vecindad e impiden el ejercicio del derecho al descanso de los residentes e, incluso, de otros turistas.
Por todos estos motivos, se hace necesaria la aprobación de una norma con rango de ley que establezca los mecanismos legales necesarios para que los poderes públicos puedan perseguir aquellas actividades que impidan su ejercicio.
Para hacerlo posible, además, es necesario que los propietarios y/o comercializadores de aquellos inmuebles que se comercialicen como estancias turísticas en viviendas se corresponsabilicen de las actividades que llevan a cabo las personas que se alojan en el inmueble correspondiente. En consecuencia, esta ley introduce los cambios normativos precisos para que estos propietarios y/o comercializadores adopten las medidas necesarias para evitar la celebración o la organización de fiestas u otros tipos de eventos que puedan ir en contra de las normas básicas de convivencia por parte de los residentes en los inmuebles que sean comercializados como estancias turísticas en viviendas.
II
Esta ley se estructura en un artículo único, que consta de 3 apartados que modifican puntualmente la Ley 8/2012, de 19 de julio, del turismo de las Illes Balears. El objetivo de estas modificaciones va dirigido a que los propietarios, explotadores o comercializadores de viviendas turísticas tomen medidas preventivas para contribuir a respetar el derecho al descanso de los residentes, de tal manera que si no se adoptan estas medidas preventivas podrán ser sancionados.