Resolución de 3 de julio de 2025, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se modifica la de 8 de abril de 2025, por la que se aprueba la convocatoria de manifestación de interés de comunidades autónomas para la selección de operaciones en el marco del Programa de Inclusión Social, Garantía Infantil y Lucha contra la Pobreza, cofinanciado con el Fondo Social Europeo Plus (FSE+).
Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 · 12 de julio de 2025
En pocas palabras
Modifica la convocatoria de manifestación de interés para que las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla entreguen su solicitud por cada medida que quieran cofinanciar con el Fondo Social Europeo Plus. El plazo pasa de dos a tres meses.
Qué cambia
Las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla disponen de un mes más para presentar sus solicitudes de cofinanciación de proyectos de inclusión social, garantía infantil y lucha contra la pobreza.
- A quién afecta
- comunidades autónomas · ciudad de Ceuta · ciudad de Melilla · entidades que gestionan proyectos de inclusión social · familias y menores en situación de pobreza o riesgo de exclusión
- Cifras
- plazo para entregar la solicitud: tres meses
- plazo anterior: dos meses
- Servicios sociales, familias y dependencia
- Administración pública e instituciones
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
Los artículos 72 y 73. 1 del Reglamento (UE) 2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021 por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados, encomiendan a la Autoridad de Gestión de los programas la selección de las operaciones que hayan de recibir ayuda de los fondos, así como establecer y aplicar procedimientos y criterios de selección de operaciones que sean transparentes y no discriminatorios, garanticen la accesibilidad a las personas con discapacidad, garanticen la igualdad de género y tengan en cuenta la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, el principio de desarrollo sostenible y la política de la Unión en materia de medio ambiente de conformidad con el artículo 11 y el artículo 191, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. A este respecto, los criterios y procedimientos garantizarán que las operaciones que se seleccionen se prioricen con vistas a maximizar la contribución de la financiación de la Unión al logro de los objetivos del programa.
A la vista de lo anterior, la Secretaría de Estado de Derechos Sociales aprobó mediante Resolución de fecha 8 de abril de 2025, la convocatoria de manifestación de interés de Comunidades Autónomas para la selección de operaciones en el marco del programa de inclusión social, garantía infantil y lucha contra la pobreza, cofinanciado con el Fondo Social Europeo Plus (en adelante, FSE+), previéndose en su parte expositiva que, aquellas Comunidades Autónomas que presenten manifestaciones de interés, alineadas con la planificación operativa del FSE+ y en los términos de la resolución, firmarán convenios con la Secretaría de Estado de Derechos Sociales como paso previo al acceso a la cofinanciación FSE+.
Las operaciones a seleccionar mediante la convocatoria corresponden a las siguientes medidas del PO2021ES05SFPR003:
– 7.L01 Creación de una plataforma para la captación y primera recepción de familias acogedoras.
– 7.L02 Ayudas para crear solución de acogimiento residencial de base familiar.
– 7.L05 Testeo de la implementación de los estándares de calidad en atención temprana.
– 7.L06 Acciones para el acompañamiento a los centros y servicios de atención temprana para la adaptación del servicio y modelo de intervención a los nuevos estándares.
– 7.L07 Acciones de formación de profesionales.