Resolución de 30 de junio de 2025, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se amplía el número de Aulas Abiertas Especializadas para el alumnado con necesidades educativas especiales en centros sostenidos con fondos públicos en las ciudades de Ceuta y Melilla.
Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes · 9 de julio de 2025
En pocas palabras
Crea un aula abierta especializada para alumnado con necesidades educativas especiales en seis centros sostenidos con fondos públicos de Ceuta y Melilla. Estas aulas siguen el mismo funcionamiento que las creadas en la Resolución de 28 de julio de 2021.
Qué cambia
Los centros educativos indicados de Ceuta y Melilla contarán con un aula específica para atender a alumnado con necesidades educativas especiales en centros ordinarios, con equipamiento y recursos adicionales del Ministerio.
- A quién afecta
- alumnado con necesidades educativas especiales · CEIP José Ortega y Gasset · CEIP Lope de Vega · CEIP Maestro José Acosta · CEIP Encarna León, IES Enrique Nieto e IES Miguel Fernández
- Cifras
- 6 nuevos centros con aula abierta especializada: 3 en Ceuta y 3 en Melilla
- Educación y universidades
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, aborda en su título II los principios y actuaciones dirigidas a los grupos de alumnos que requieren una atención educativa diferente a la ordinaria por presentar alguna necesidad específica de apoyo educativo.
El artículo 71.2 de la citada ley orgánica dispone que corresponde a las Administraciones educativas asegurar los recursos necesarios para que los alumnos y alumnas que requieran una atención educativa diferente a la ordinaria, por presentar necesidades educativas especiales, por retraso madurativo, por trastornos del desarrollo del lenguaje y la comunicación, por trastornos de atención o de aprendizaje, por desconocimiento grave de la lengua de aprendizaje, por encontrarse en situación de vulnerabilidad socioeducativa, por sus altas capacidades intelectuales, por haberse incorporado tarde al sistema educativo, o por condiciones personales o de historia escolar, puedan alcanzar el máximo desarrollo posible de sus capacidades personales y, en todo caso, los objetivos establecidos con carácter general para todo el alumnado.
Asimismo, el artículo 74.1 de la referida norma establece que la escolarización del alumnado que presenta necesidades educativas especiales se regirá por los principios de normalización e inclusión y asegurará su no discriminación y la igualdad efectiva en el acceso y la permanencia en el sistema educativo, pudiendo introducir medidas de flexibilización de las distintas etapas educativas, cuando se considere necesario. La escolarización de este alumnado en unidades o centros de educación especial, que podrá extenderse hasta los veintiún años, sólo se llevará a cabo cuando sus necesidades no puedan ser atendidas en el marco de las medidas de atención a la diversidad de los centros ordinarios. Por su parte, en el apartado 4 del mismo artículo se indica que corresponde a las Administraciones educativas promover la escolarización en la educación infantil del alumnado que presente necesidades educativas especiales, así como desarrollar programas para su adecuada escolarización en los centros de educación primaria y secundaria obligatoria. Para atender adecuadamente a dicha escolarización, la relación numérica entre profesorado y alumnado podrá ser inferior a la establecida con carácter general.
La enseñanza dirigida al alumnado con necesidades educativas especiales requiere unos recursos y apoyos muy especializados, siendo necesario el trabajo de profesionales de diferentes ámbitos y el empleo de elementos metodológicos y didácticos muy específicos. Las singulares dificultades que estos alumnos tienen respecto al aprendizaje, unidas en muchas ocasiones, a la falta de autonomía y a dificultades de comunicación e interacción en sus relaciones sociales, hacen necesaria la creación de espacios de trabajo y la utilización de recursos específicos para este alumnado. En este sentido, la propuesta curricular potenciará el máximo desarrollo y preparación de todo el alumnado para favorecer su calidad de vida y acceder y participar en el mayor número de situaciones y actividades sociales o, en su caso, laborales, garantizando las transiciones a otros contextos de desarrollo y socialización de la manera más ajustada y eficaz posible.