Orden INT/661/2025, de 23 de junio, por la que se modifica la Orden INT/1390/2007, de 11 de mayo, por la que se determina la indemnización a percibir por el personal que participe o coopere en asistencia técnica policial, operaciones de mantenimiento de la paz y seguridad, humanitarias o de evacuación de personas en el extranjero.
Ministerio del Interior · 26 de junio de 2025
En pocas palabras
Modifica la Orden INT/1390/2007 para actualizar la indemnización que cobra el personal de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado que participa en misiones policiales, de paz, humanitarias o de evacuación en el extranjero. Añade nuevos destinos donde se aplica esa indemnización.
Qué cambia
Cambia las cuantías y los países cubiertos por la indemnización para los agentes desplazados en esas misiones, entre ellos Haití, Moldavia, Ghana, Togo y Benín.
- A quién afecta
- personal de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en misiones en el extranjero · policías y guardias civiles desplazados en Haití · personal desplazado en Moldavia · personal desplazado en Ghana, Togo y Benín
- Seguridad y emergencias
- Política exterior y Unión Europea
- Administración pública e instituciones
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
La disposición adicional cuarta del Real Decreto 950/2005, de 29 de julio, de retribuciones de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado regula las retribuciones del personal que participe o coopere en asistencia técnica policial, operaciones de mantenimiento de la paz y seguridad, humanitarias o de evacuación de personas en el extranjero, entre las que se encuentra una indemnización que retribuirá las especiales condiciones en que desarrolla su actividad durante su permanencia en territorio extranjero.
A su tenor, se procedió a dictar la Orden INT/1390/2007, de 11 de mayo, por la que se determina la indemnización a percibir por el personal que participe o coopere en asistencia técnica policial, operaciones de mantenimiento de la paz y seguridad, humanitarias o de evacuación de personas en el extranjero, modificada por la Órdenes INT/537/2009, de 2 de marzo, INT/995/2012, de 27 de abril, INT/577/2015, de 24 de marzo, INT/203/2016, de 17 de febrero, INT/110/2017, de 7 de febrero, INT/913/2018, de 31 de julio, INT/300/2019, de 11 de marzo y Orden INT/62/2023, de 25 de enero.
Las circunstancias actuales vinculadas a la situación en materia de seguridad y orden público en Haití han motivado el respaldo de Naciones Unidas a la creación de una fuerza de seguridad multinacional en dicho país, en respuesta a una petición de ayuda para restablecer el orden, hecha por el primer ministro de la Nación. La Misión Multinacional de Apoyo a la Seguridad-MSS en Haití fue autorizada en virtud del capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas: Dicha misión, en estricto cumplimiento del derecho internacional, incluido el derecho internacional humanitario, apoyará los esfuerzos de la Policía Nacional de Haití para restablecer la seguridad en Haití y crear condiciones de seguridad propicias para la celebración de elecciones libres y justas. Para ello, se hace necesario modificar la Orden INT/1390/2007, de 11 de mayo y actualizar las retribuciones del personal de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado desplegadas en las áreas en que tendrá lugar la preparación del personal de la misión, y se conducirá la misma en Estados Unidos, Jamaica y El Salvador.
Por otro lado, la Unión Europea, dentro de su Política Común de Seguridad y Defensa instauró la EUPM (EU Partnership Mission) en Moldavia el 31 de mayo de 2023, así como estableció la Iniciativa de Seguridad y Defensa de la Unión Europea en apoyo de los países de África Occidental del Golfo de Guinea (IDE de la UE en el Golfo de Guinea) en diciembre de 2023, lo que conlleva la participación o cooperación de personal en labores de asistencia técnica policial, operaciones de mantenimiento de la paz y seguridad, humanitarias o de evacuación de personas en el extranjero, para Moldavia, Ghana, Togo y Benín.
España considera como una de sus prioridades estratégicas aumentar la cooperación internacional en el ámbito policial con sus socios africanos, especialmente con África Occidental y el Norte de África. Mención especial merece la relación que se debe tener con Marruecos, país con el que el Ministerio del Interior mantiene una estrecha cooperación a través de las denominadas patrullas mixtas como asistencia técnica policial y elemento disuasorio en la lucha contra la inmigración irregular.