Resolución de 10 de junio de 2025, de la Secretaría General de Coordinación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de 30 de mayo de 2025, de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Extremadura, en relación con la Ley de la Comunidad Autónoma de Extremadura 1/2025, de 3 de abril, de medidas fiscales urgentes en materia tributaria.
Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática · 25 de junio de 2025
En pocas palabras
Publica un acuerdo entre el Estado y la Comunidad Autónoma de Extremadura para abrir negociaciones sobre una discrepancia en el artículo 1 de la Ley extremeña 1/2025, de medidas fiscales urgentes en materia tributaria. También crea un grupo de trabajo para proponer una solución y comunica el acuerdo al Tribunal Constitucional.
Qué cambia
Abre un proceso de negociación entre el Estado y Extremadura sobre el artículo 1 de esa ley tributaria autonómica. Hasta que se resuelva, no cambia por sí mismo las normas fiscales aplicables.
- A quién afecta
- Comunidad Autónoma de Extremadura · Administración General del Estado · Tribunal Constitucional · Personas y entidades sujetas a los tributos de la Ley extremeña 1/2025
- Impuestos y cuentas públicas
- Administración pública e instituciones
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero,
Esta Secretaría General dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Acuerdo que se transcribe como anexo a la presente Resolución.
Madrid, 10 de junio de 2025.–La Secretaria General de Coordinación Territorial, Miryam Álvarez Páez.
ANEXO
Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Extremadura en relación con la Ley de la Comunidad Autónoma de Extremadura 1/2025, de 3 de abril, de medidas fiscales urgentes en materia tributaria
La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Extremadura ha adoptado el siguiente Acuerdo:
1.º Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias manifestadas en relación con el artículo 1 de la Ley de la Comunidad Autónoma de Extremadura 1/2025, de 3 de abril, de medidas fiscales urgentes en materia tributaria.
2.º Designar un Grupo de Trabajo para proponer a la Comisión Bilateral de Cooperación la solución que proceda.
3.º Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional a los efectos previstos en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así como insertar el presente Acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Diario Oficial de Extremadura».
El Ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, Ángel Víctor Torres Pérez.–El Consejero de Presidencia, Interior y Diálogo Social, Abel Bautista Morán.