Orden TED/593/2025, de 16 de mayo, por la que se extinguen los permisos de investigación de hidrocarburos «Ebro-B», «Ebro-C», «Ebro-D» y «Ebro-E», otorgados por el Real Decreto 1302/2011, de 16 de septiembre.
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico · 9 de junio de 2025
En pocas palabras
Declara extinguidos por caducidad, al vencer su plazo, los permisos de investigación de hidrocarburos «Ebro-B», «Ebro-C», «Ebro-D» y «Ebro-E», situados en la cuenca del Ebro. Las áreas de estos permisos vuelven al Estado y se devuelven las garantías presentadas por las empresas titulares.
Qué cambia
Las empresas titulares dejan de tener estos permisos de investigación de hidrocarburos y sus áreas pasan a manos del Estado. Además, deben entregar la documentación técnica generada durante la vigencia de los permisos.
- A quién afecta
- Unión Fenosa Gas Exploración y Producción, SA · Sociedad de Hidrocarburos de Euskadi, SA · Oil & Gas Skills, SA · Estado (Administración General del Estado)
- Cifras
- plazo de vigencia de los permisos: seis años
- fecha de vencimiento del plazo: 29 de septiembre de 2017
- plazo de audiencia a los titulares: diez días
- participación de UFG: 58,7964 %
- participación de SHESA: 37,6901 %
- Energía
- Medio ambiente y clima
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
I
Los permisos de investigación de hidrocarburos «Ebro-B», «Ebro-C», «Ebro-D» y «Ebro-E» (N.º expediente 1656,1657,1658 y 1659) fueron otorgados por el Real Decreto 1302/2011, de 16 de septiembre (BOE 29 de septiembre de 2011), por un periodo de seis años, a los siguientes titulares: «Unión Fenosa Gas Exploración y Producción, SA» (en adelante «UFG»); «Sociedad de Hidrocarburos de Euskadi, SA» (en adelante «SHESA»), y «Oil & Gas Skills, SA» (en adelante «OGS»).
Las áreas de cada uno de los permisos se sitúan en la cuenca del Ebro entre las Comunidades Autónomas de La Rioja, Castilla y León, País Vasco y Navarra.
Después, mediante Resolución de 18 de noviembre de 2013, de la Dirección General de Política Energética y Minas, se autorizó la concentración de trabajos e inversiones de los permisos de investigación de hidrocarburos «Ebro-B, Ebro-C, Ebro-D y Ebro-E» y «Ebro-A y Cameros-2», pudiendo ser desarrollados dentro del área de uno solo o varios de los permisos (BOE de 26 de diciembre de 2013). Desde el otorgamiento de estos permisos se ha producido una cesión de titularidad aprobada mediante la Orden IET/2423/2012, de 29 de octubre (BOE de 12 de noviembre de 2012), por la cual la titularidad de estos permisos corresponde a las siguientes empresas:
– «UFG»: 58,7964 %,
– «SHESA»: 37,6901 %; actuando como operador de los permisos;
– «OGS»: 3,5135 %.
Con fecha 28 de junio de 2017 los cotitulares solicitaron la prórroga de estos permisos, no obstante, con fecha 7 de noviembre de 2017, comunicaron su deseo de desistir de la misma y solicitaron el inicio de la tramitación de la extinción de los permisos por caducidad tras el vencimiento de su plazo de vigencia, producido el 29 de septiembre de 2017. Para su tramitación se ha dispuesto de la documentación aportada previamente en el procedimiento de solicitud de prórroga de los permisos, ahora desistido, según lo dispuesto en el artículo 73 del Real Decreto 2362/1976, de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley sobre Investigación y Explotación de Hidrocarburos de 27 de junio de 1974 (en adelante, el Reglamento).
II
En lo relativo a la extinción de los permisos deberá observarse lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos y el artículo 73 del Reglamento, que establecen que, los permisos de investigación se extinguen, entre otras causas, por caducidad al vencimiento de sus plazos, estando el operador obligado en todo caso a justificar, a plena satisfacción de la Administración, la realización de los trabajos e inversiones comprometidos a lo largo del período de vigencia de los permisos.
Examinada la documentación obrante en el expediente, así como la documentación presentada por el operador para cada uno de los permisos, se desprende que ha transcurrido el plazo de vigencia de los mismos. Por otra parte, se consideran cumplidas las condiciones establecidas en la normativa en vigor para declarar la extinción de los permisos de investigación «Ebro-B», «Ebro-C», «Ebro-D» y «Ebro-E», otorgados por el Real Decreto 1302/2011, y en particular, lo preceptuado en el artículo 73 del Reglamento.