Decreto-ley 2/2025, de 21 de febrero, de suspensión de autorizaciones de arrendamiento de vehículos con conductor y de licencias de autotaxi.
Comunidad Autónoma de las Illes Balears · 23 de mayo de 2025
En pocas palabras
Suspende el otorgamiento de nuevas autorizaciones de arrendamiento de vehículos con conductor (VTC) y de licencias de autotaxi en las Illes Balears. La suspensión se mantiene hasta que se apruebe un decreto que fije los criterios objetivos para concederlas. No afecta a las autorizaciones insulares temporales.
Qué cambia
Las personas o empresas que quieran solicitar una autorización de VTC o una licencia de autotaxi no podrán obtenerla mientras dure la suspensión, incluidas las solicitudes ya presentadas y pendientes de resolución.
- A quién afecta
- empresas de arrendamiento de vehículos con conductor (VTC) · taxistas y solicitantes de licencias de autotaxi · personas con solicitudes pendientes de autorización o licencia
- Cifras
- plazo máximo de un año para aprobar el decreto con los criterios objetivos
- Transporte e infraestructuras
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
En fecha 22 de febrero de 2024 se publicó en el «Boletín Oficial de las Illes Balears» la Ley 1/2024, de 16 de febrero, de mejora de la regulación de los servicios de transporte con vehículos de hasta nueve plazas en las Illes Balears.
La disposición transitoria primera de esta ley establece:
«Disposición transitoria primera. Suspensión de autorizaciones de arrendamiento de vehículos con conductor y de licencias de autotaxi.
1. Se suspende el otorgamiento de autorizaciones ordinarias de arrendamiento de vehículos con conductor hasta la aprobación, en el plazo máximo de un año, del decreto del Gobierno de las Illes Balears por el que se establecerán, por imperativo del artículo 99.5 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de ordenación de los transportes terrestres, los criterios objetivos que condicionan su otorgamiento, basados en criterios medioambientales sobre la mejora de la calidad del aire y la reducción de emisiones de CO2, así como la gestión del transporte, del tráfico y del espacio público. Estos criterios distinguirán las condiciones que se dan en temporada estival y en el resto del año, para poder establecer las autorizaciones necesarias, tanto ordinarias como temporales.
2. La suspensión afecta a las autorizaciones de arrendamiento de vehículos con conductor y las licencias de autotaxi que se puedan solicitar a partir de la entrada en vigor de esa ley, así como las pendientes de otorgamiento a la entrada en vigor de esta ley que estén en cualquier fase del procedimiento, incluida la de recurso administrativo.
3. Se suspende el otorgamiento de licencias ordinarias de autotaxi hasta la aprobación del decreto mencionado en el primer punto anterior.
4. La suspensión no afecta a las autorizaciones insulares temporales, tanto de autotaxi como de arrendamiento de vehículos con conductor.»
El artículo 30.5 del Estatuto de Autonomía otorga a nuestra comunidad autónoma la competencia exclusiva en materia de transportes terrestres, en concordancia con el artículo 148.1.5.ª de la Constitución Española. Asimismo, el artículo 30.3 del Estatuto recoge la competencia exclusiva de nuestra comunidad autónoma en materia de ordenación del territorio. La suma de ambas competencias otorga la capacidad de regular la movilidad.
De acuerdo con esta competencia y a los efectos de poder elaborar el decreto por el que se establezcan los criterios objetivos que condicionan el otorgamiento de las autorizaciones ordinarias de arrendamiento de vehículos con conductor, basados en criterios medioambientales sobre la mejora de la calidad del aire y la reducción de emisiones CO2, así como la gestión del transporte, del tráfico y del espacio público se ha hecho necesario elaborar previamente un estudio socioeconómico relativo al servicio del taxi y VTC de las Illes Balears, de fecha de enero de 2025 y por una empresa externa por encargo efectuado por la Dirección General de Movilidad.