Ley Foral 5/2025, de 9 de abril, por la que se modifica la Ley Foral 2/1989, de 13 de marzo, reguladora de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas.
Comunidad Foral de Navarra · 22 de mayo de 2025
En pocas palabras
Modifica el artículo 5 de la Ley Foral 2/1989 para exigir que los locales de espectáculos públicos y actividades recreativas cumplan el Código Técnico de Edificación al obtener la licencia de actividad. Además, excluye la aplicación en Navarra de varios artículos del Reglamento General de Policía de Espectáculos Públicos de 1982.
Qué cambia
Quienes soliciten licencia para abrir o usar un local de espectáculos o actividad recreativa en Navarra deberán acreditar el cumplimiento del Código Técnico de Edificación en lugar de la antigua Norma Básica de Edificación, ya derogada.
- A quién afecta
- empresas organizadoras de espectáculos públicos · titulares de locales de actividades recreativas · instalaciones deportivas cerradas y al aire libre · solicitantes de licencias de actividad en Navarra
- Cifras
- revisiones del Código Técnico de Edificación: cada cuatro años
- artículos excluidos del Reglamento de 1982: 26, 27, 28, 29, 32 y 33
- Administración pública e instituciones
- Cultura y deporte
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
LA PRESIDENTA DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
Hago saber que el Parlamento de Navarra ha aprobado la siguiente Ley Foral por la que se modifica la Ley Foral 2/1989, de 13 de marzo, reguladora de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas.
PREÁMBULO
En virtud de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral, es competencia exclusiva de Navarra la materia de espectáculos. En ejercicio de dicha competencia, la Comunidad Foral de Navarra aprobó la Ley Foral 2/1989, de 13 de marzo, reguladora de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas.
La citada norma, ha sido desarrollada por el Gobierno de Navarra, mediante la aprobación de diversos Reglamentos. Así se ha aprobado, mediante el Decreto Foral 249/1992, de 29 de junio, el reglamento de Espectáculos Taurinos o el catálogo de Establecimientos, Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas y se regulan los registros de empresas y locales, mediante el Decreto Foral 202/2002, de 23 de septiembre.
En defecto de normativa navarra propia y en todo lo que no se oponga a la misma, se deben aplicar los reglamentos estatales en la materia, como Derecho supletorio del ordenamiento jurídico navarra, en especial el Real Decreto 2816/1982, de 27 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General de Policía de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas.
El artículo 5 de la Ley Foral 2/1989, de 13 de marzo, reguladora de espectáculos públicos y actividades recreativas, dispone que para otorgar la correspondiente licencia de actividad deberá acreditarse por el solicitante que el local cumple las condiciones técnicas exigidas en las Normas Básicas de Edificación y en los reglamentos específicos que se dicten para cada tipo de espectáculo o actividad recreativa.
La Norma Básica de Edificación fue derogada, por lo que, se considera necesario modificar el citado artículo eliminando la referencia a dicha Norma Básica de Edificación y estableciendo la obligación de cumplir con el Código Técnico de Edificación, aprobado por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, en todos los locales destinados a espectáculos públicos y actividades recreativas.
El Código Técnico de la Edificación, aprobado con posterioridad a la entrada en vigor de las disposiciones contenidas en la Ley Foral 2/1989, de 13 de marzo, y sujeto a revisiones periódicas cada cuatro años, resulta por tanto, dada la magnitud de las obras de construcción de algunas instalaciones, más acorde a las exigencias genéricas, funcionales y técnicas requeridas en la actualidad. Todo ello, sin perjuicio de la posterior aprobación por el Gobierno de Navarra de un Decreto Foral que apruebe las condiciones técnicas que deberán reunir todos los establecimientos públicos en Navarra.