Resolución de 2 de mayo de 2024, de la Secretaría General de Pesca, por la que se distribuye la cuota de jurel del stock JAX/2A-14, exclusivamente para captura accesoria, asignada a España en el año 2024.
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación · 7 de mayo de 2024
En pocas palabras
Reparte entre flotas españolas la cuota de jurel del stock JAX/2A-14 asignada a España en 2024, que solo puede pescarse como captura accesoria. Fija 300 toneladas para el cerco del Cantábrico y Noroeste, 650 para flotas de altura y palangreros, y 250 para buques que faenaron en la zona 8c en 2023.
Qué cambia
Los buques de estas flotas solo pueden capturar jurel de forma accidental mientras pescan otras especies, con un tope de 1.500 kg por buque y marea para la flota de altura. El resto de la cuota queda como reserva para imprevistos.
- A quién afecta
- flota de cerco del Cantábrico y Noroeste · flota de altura y gran altura · buques palangreros · buques que faenaron en la zona 8c en 2023
- Cifras
- cuota de España del stock JAX/2A-14: 1.303 toneladas
- TAC total del stock JAX/2A-14: 13.250 toneladas
- TAC del stock JAX/08C: 2.097 toneladas
- asignación al cerco del Cantábrico y Noroeste: 300 toneladas
- tope por buque y marea para la flota de altura: 1.500 kg
- Agricultura, pesca y alimentación
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
Antecedentes y fundamentos de derecho
La Orden APA/315/2020, de 1 de abril, por la que se establecen criterios de gestión de las posibilidades de pesca asignadas al Reino de España y se modifican determinadas órdenes que regulan la actividad pesquera de las flotas que hacen uso de las mismas, fija en su artículo 12 los principios de gestión del stock de jurel oeste (JAX/2A-14).
En concreto, señala que dicha gestión se orientará a cubrir diferentes prioridades y con el siguiente orden de preferencia:
1.º A la flota de cerco del Cantábrico y Noroeste para su utilización en la zona 8b, que garantice una cantidad de cuota equivalente a la asignación histórica y al consumo realizado.
2.º A los censos de las flotas de altura, gran altura y buques palangreros mayores y menores de 100 toneladas de registro bruto, que operan dentro de los límites geográficos de la Comisión de Pesca del Atlántico Nordeste, para cubrir sus necesidades presentes y futuras para evitar el estrangulamiento derivado de la obligación de desembarque.
3.º El uso de las condiciones especiales previstas en la normativa europea y posibles nuevas pesquerías.
4.º Los intercambios con otros Estados miembros.
Para el año 2024, la recomendación del Consejo Internacional para la Exploración del Mar (CIEM, ICES por sus siglas en inglés) del jurel oeste, incluyendo éste las unidades JAX/2A-14 y JAX/08C, es de cero capturas bajo el Rendimiento Máximo Sostenible, como ya ocurrió en 2023. Considerando esta situación, la Comisión Europea en base al plan de reconstitución planteado por el Consejo Consultivo de especies pelágicas (PelAC) en 2020 y cuya regla de explotación fue evaluada por ICES en 2021, ha contemplado un TAC exclusivo para pesca accesoria, no dirigida, con un total de capturas de 13.250 toneladas para el stock JAX/2A-14 y de 2.097 toneladas para JAX/08C, según se recoge en el Reglamento 2024/257 del Consejo de 10 de enero de 2024 publicado tras el Consejo de Ministros de Agricultura y Pesca de la Unión Europea celebrado los pasados 10, 11 y 12 de diciembre de 2023.
El stock de jurel JAX/2A-14 es uno de los stocks que la Unión Europea comparte con Reino Unido. La asignación de cuota para España es de 1.303 toneladas, que podrán ser capturadas exclusivamente de esta manera, es decir, de forma accesoria, en la actividad dirigida a otras especies. De esta cantidad, hasta un 80 %, es decir, 1.042 toneladas, se podrían capturar en la zona 8c bajo condición especial.
Además, a diferencia de la pasada campaña, el Reglamento 2024/257 del Consejo de 10 de enero de 2024, no contempla la aplicación de la condición especial a través de la cual hasta un 5 % de la cuota del stock JAX/2A-14 podría corresponder a capturas accesorias de ochavo, eglefino, merlán y caballa, por lo que, dicha condición especial no será de aplicación para la campaña 2024.