Orden TMD/384/2024, de 27 de abril, por la que se modifica la Orden TER/1204/2021, de 3 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria correspondiente a 2021, de subvenciones destinadas a la transformación digital y modernización de las Administraciones de las Entidades Locales, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática · 30 de abril de 2024
En pocas palabras
Modifica las bases de las subvenciones para la transformación digital y modernización de las administraciones de las entidades locales. Amplía el periodo de ejecución de los proyectos hasta el 30 de junio de 2024 y actualiza la normativa aplicable sobre conflicto de interés en la gestión de fondos europeos.
Qué cambia
Los ayuntamientos beneficiarios disponen de más tiempo para ejecutar y justificar sus proyectos digitales financiados con fondos europeos. Se aplica la nueva normativa de análisis del riesgo de conflicto de interés en los contratos.
- A quién afecta
- municipios de más de 50.000 habitantes · capitales de provincia con menos de 50.000 habitantes · entidades locales beneficiarias de las subvenciones · empresas adjudicatarias de contratos con estas entidades
- Cifras
- periodo de ejecución ampliado hasta el 30 de junio de 2024
- municipios beneficiarios: más de 50.000 habitantes a 31 de diciembre de 2020
- Digitalización y telecomunicaciones
- Administración pública e instituciones
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
La Orden TER/1204/2021, de 3 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria correspondiente a 2021, de subvenciones destinadas a la transformación digital y modernización de las Administraciones de las Entidades Locales, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, regula y aprueba las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, financiables con fondos europeos, en los términos que se señalan en el artículo 62 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Las actividades que se financian por dicha orden tienen por objeto la transformación digital y modernización de las administraciones de las entidades locales, destinada a los municipios que, a 31 de diciembre de 2020, tuvieran más de 50.000 habitantes, así como a los de población inferior que, en esa misma fecha, tengan la consideración de capital de provincia.
El objetivo de la modificación de la Orden TER/1204/2021, de 3 de noviembre, es adaptar el periodo de ejecución contemplado a las nuevas necesidades surgidas durante la ejecución de los proyectos.
Las dificultades técnicas asociadas al desarrollo de soluciones digitales, junto con los requisitos administrativos de gestión de los fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), han obstaculizado la ejecución de los proyectos durante el periodo de ejecución establecido. Por todo ello, con el objeto de seguir avanzando en la transformación digital y modernización de las entidades locales, así como en la consecución de los hitos y objetivos del PRTR, resulta conveniente modificar el artículo 11.1 de la Orden TER/1204/2021, de 3 de noviembre, y ampliar el periodo de ejecución, hasta el 30 de junio de 2024.
Asimismo, y en aras de favorecer la ejecución de las actuaciones por parte de las entidades beneficiarias de esta subvención, es necesario modificar el apartado 3 del artículo 11 y el apartado 2 del artículo 7 de la citada orden, considerándose como gasto realizado aquel que ha sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del período de justificación.
Por último, se actualiza el régimen jurídico aplicable recogido en la orden y se incorpora la nueva normativa aprobada para la gestión, seguimiento y control del PRTR, la Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la cual será de aplicación a los procedimientos de adjudicación de contratos cuya convocatoria se publique a partir de la entrada en vigor de la citada Orden HFP/55/2023, de 24 de enero.