Impugnación de disposiciones autonómicas (título V LOTC) número 2159-2024, en relación con el acuerdo de la Mesa del Parlamento de Cataluña, de 20 de febrero de 2024, que admite a trámite una iniciativa legislativa popular denominada "Proposición de ley de declaración de la independencia de Cataluña".
Tribunal Constitucional · 12 de abril de 2024
En pocas palabras
El Tribunal Constitucional admite a trámite una impugnación del Gobierno contra el acuerdo de la Mesa del Parlamento de Cataluña que admitió una iniciativa legislativa popular sobre la independencia de Cataluña. La admisión suspende ese acuerdo desde el 27 de marzo de 2024.
Qué cambia
El acuerdo de la Mesa del Parlamento de Cataluña queda suspendido desde el 27 de marzo de 2024, mientras el Tribunal Constitucional resuelve la impugnación.
- A quién afecta
- Gobierno de la nación · Parlamento de Cataluña · Mesa del Parlamento de Cataluña · promotores de la iniciativa legislativa popular
- Cifras
- 27 de marzo de 2024: fecha de interposición de la impugnación y de inicio de la suspensión
- 20 de febrero de 2024: fecha del acuerdo de la Mesa del Parlamento de Cataluña impugnado
- 9 de abril de 2024: fecha de la providencia del Tribunal Constitucional
- Justicia
- Administración pública e instituciones
- Derechos y libertades
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 9 de abril de 2024, ha acordado admitir a trámite la impugnación de disposiciones autonómicas (título V LOTC) número 2159-2024, promovida por el Gobierno de la nación, frente al Parlamento de Cataluña, en relación con el acuerdo de la Mesa del Parlamento de Cataluña de 20 de febrero de 2024 (publicado en el «Boletín Oficial del Parlamento de Cataluña» núm. 771, de 22 de febrero de 2024), que admite a trámite una iniciativa legislativa popular denominada «Proposición de ley de declaración de la independencia de Cataluña». Y se hace constar que por el Gobierno se ha invocado el artículo 161.2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la resolución impugnada desde el día 27 de marzo de 2024, fecha de interposición de la impugnación.
Madrid, 9 de abril de 2024.–El Secretario de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Alfonso Pérez Camino.