Recurso de inconstitucionalidad n.º 1278-2024, contra los artículos 2, letras c), d), e), f), g), h), i), j), m), n), o), p), q), r) y s); 12; 15, apartados 1 d) y 4; 16; 17; 18, apartados 1, 4, 5 y 6; 23; 24; 27, apartados 1, párrafo tercero, 2 y 3; 28 y 29; disposición transitoria primera, párrafo segundo; disposición transitoria segunda y disposición final séptima, apartado 1, de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda.
Tribunal Constitucional · 12 de abril de 2024
En pocas palabras
El Tribunal Constitucional admite a trámite un recurso de inconstitucionalidad presentado por la Generalitat de Cataluña contra varios artículos y disposiciones de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda.
Qué cambia
El recurso abre un proceso para revisar si esos artículos de la ley de vivienda se ajustan a la Constitución. Mientras se resuelve, la ley sigue en vigor.
- A quién afecta
- Generalitat de Cataluña · Tribunal Constitucional · personas y entidades afectadas por la Ley 12/2023 por el derecho a la vivienda
- Cifras
- recurso de inconstitucionalidad número 1278-2024
- providencia de 9 de abril de 2024
- Ley 12/2023, de 24 de mayo
- Vivienda y urbanismo
- Justicia
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 9 de abril de 2024, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 1278-2024, promovido por el Gobierno de la Generalitat de Cataluña, contra los artículos 2, letras c), d), e), f), g), h), i), j), m), n), o), p), q), r) y s); 12; 15, apartados 1 d) y 4; 16; 17; 18, apartados 1, 4, 5 y 6; 23; 24; 27, apartados 1, párrafo tercero, 2 y 3; 28 y 29; disposición transitoria primera, párrafo segundo; disposición transitoria segunda y disposición final séptima, apartado 1, de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda.
Madrid, 9 de abril de 2024.–El Secretario de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Alfonso Pérez Camino.