«ANEXO II
Otras definiciones
A efectos de esta orden, se establecen las siguientes definiciones:
1. Actividades de I+D+i. Son aquellas relacionadas con:
a) La ejecución de proyectos de investigación fundamental para la generación de conocimientos, o investigación aplicada, que a su vez puede dividirse en investigación industrial o de desarrollo experimental.
b) La realización de proyectos de innovación en productos, procesos y organización.
c) La construcción o mejora de infraestructuras de I+D+i, incluyendo el apoyo de personal técnico para el manejo de equipos, instalaciones e infraestructuras de I+D+i.
d) La gestión de la I+D+i, incluyendo las actividades de transferencia y valorización del conocimiento, y el asesoramiento para proyectos o programas internacionales en este ámbito.
e) La promoción y fomento de la I+D+i, así como el impulso de la creación y desarrollo de empresas de base tecnológica.
f) El desarrollo y preparación de propuestas para la participación en los programas y proyectos internacionales de I+D+i y de la Unión Europea, en particular del Programa Marco de I+D+i de la Unión Europea.
g) La difusión de los resultados de estas actividades mediante la enseñanza, la publicación o la transferencia de conocimientos o la divulgación.
h) La realización de estudios de viabilidad.
2. Proyecto de I+D. Se definen en la Comunicación de la Comisión Europea (2022/C 414/01) como toda operación que incluye actividades que abarcan una o varias categorías de investigación y desarrollo definidas en esta orden, y que pretende realizar una tarea indivisible de carácter económico, científico o técnico preciso con unos objetivos claramente definidos de antemano; un proyecto de I+D puede constar de varias tareas, actividades o servicios, e incluye objetivos claros, actividades que hay que realizar para lograr esos objetivos (incluidos sus costes previstos), y resultados concretos para identificar los logros de esas actividades y compararlos con los objetivos relevantes; cuando dos o más proyectos de I+D no sean claramente separables uno de otro y, en particular, cuando no tengan probabilidades independientes de éxito tecnológico, se considerarán un proyecto único. Dentro de estos proyectos se pueden definir:
a) Investigación Fundamental. Trabajos experimentales o teóricos emprendidos con el objetivo primordial de adquirir nuevos conocimientos acerca de los fundamentos subyacentes de los fenómenos y hechos observables, sin intención de otorgarles ninguna aplicación o utilización.
b) Investigación Aplicada. Trabajos originales realizados para adquirir nuevos conocimientos dirigidos fundamentalmente hacia un objetivo práctico específico.
c) Investigación Industrial. Investigación planificada o estudios críticos cuyo objeto es la adquisición de nuevos conocimientos y técnicas que puedan resultar de utilidad para la creación de productos y procesos, incluyendo la creación de componentes de sistemas complejos que sean necesarios para la investigación industrial, y la validación de tecnología genérica, salvo los prototipos.
d) Desarrollo Experimental. Proyectos para la adquisición, combinación, configuración y empleo de conocimientos y técnicas ya existentes, de índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo, con vistas a la elaboración de productos, procesos o servicios nuevos o mejorados; puede incluir también, por ejemplo, actividades de definición conceptual, planificación y documentación de nuevos productos, procesos o servicios. El desarrollo experimental podrá comprender la creación de prototipos, la demostración, la elaboración de proyectos piloto, el ensayo y la validación de productos, procesos o servicios nuevos o mejorados, en entornos representativos de condiciones reales de funcionamiento, siempre que el objetivo principal sea aportar nuevas mejoras técnicas a productos, procesos o servicios que no estén sustancialmente asentados. Puede incluir el desarrollo de prototipos o proyectos piloto que puedan utilizarse comercialmente cuando sean necesariamente el producto comercial final y su fabricación resulte demasiado onerosa para su uso exclusivo con fines de demostración y validación; el desarrollo experimental no incluye las modificaciones habituales o periódicas efectuadas en productos, líneas de producción, procesos de fabricación, servicios existentes y otras operaciones en curso, aun cuando esas modificaciones puedan representar mejoras de los mismos.
3. Actividades económicas de los organismos de investigación o de infraestructuras de investigación. Se definen en la Comunicación de la Comisión Europea (2022/C 414/01) como aquellas actividades que consisten en la oferta de bienes o servicios en un determinado mercado.
4. Actividades no económicas de los organismos de investigación o de infraestructuras de investigación. La Comunicación de la Comisión Europea (2022/C 414/01) se considera que las siguientes actividades suelen ser de naturaleza no económica:
a) Las actividades primarias de los organismos de investigación e infraestructuras de investigación, en particular:
i) La educación para lograr más y mejor personal cualificado. Según la jurisprudencia y la práctica decisoria de la Comisión Europea, y tal como se expone en la Comunicación sobre el concepto de ayuda estatal y en la Comunicación sobre los Servicios de Interés Económico General (SIEG), la educación pública organizada dentro del sistema nacional de educación, financiada predominantemente o enteramente por el Estado y supervisada por este puede considerarse una actividad no económica.
ii) La I+D independiente para mejorar los conocimientos y la comprensión cuando el organismo de investigación o la infraestructura de investigación emprendan una colaboración efectiva.
iii) La amplia difusión de resultados de las investigaciones de forma no discriminatoria y no exclusiva, por ejemplo, mediante la enseñanza, bases de datos de acceso abierto, publicaciones abiertas o programas informáticos de código abierto.
b) Actividades de transferencia de conocimientos. Según la Comunicación de la Comisión Europea (2022/C 414/01), cuando son llevadas a cabo por el organismo de investigación o la infraestructura de investigación (incluidos sus departamentos o filiales) o de forma conjunta con otras entidades, o por cuenta de dichas entidades, y cuando todos los beneficios generados por ellas vuelven a invertirse en actividades primarias del organismo de investigación o la infraestructura de investigación. El carácter no económico de esas actividades no se ve afectado por el hecho de contratar con terceros la prestación de los servicios correspondientes mediante licitación pública.
5. Fondos FEDER y FSE +. Fondos gestionados conjuntamente por la Comisión Europea y los estados miembros de la UE, mediante acuerdos de asociación.
6. Colaboración efectiva. Se trata de un concepto recogido en la Comunicación de la Comisión Europea (2022/C 414/01) relativa al “Marco sobre ayudas estatales de investigación y desarrollo e innovación”. Se considera una colaboración entre al menos dos partes independientes para el intercambio de conocimientos o tecnología, o para alcanzar un objetivo común sobre la base de la división del trabajo, en la que las partes implicadas definen conjuntamente el ámbito del proyecto en colaboración, contribuyen a su aplicación y comparten sus riesgos y sus resultados; una o varias de las partes pueden soportar la totalidad de los costes del proyecto y liberar así a otras partes de sus riesgos financieros; la investigación bajo contrato y la prestación de servicios de investigación no se consideran formas de colaboración.
7. Pequeñas y medianas empresas (PYME). Las PYME se clasifican de acuerdo con la categoría definida en el anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, publicado en el “Diario Oficial de la Unión Europea” L187, de 26 de junio de 2014 (Reglamento general de exención por categorías). Las microempresas son aquellas que, dentro de la categoría de las PYME, ocupan a menos de 10 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 2 millones de euros. Las pequeñas empresas son aquellas que, dentro de la categoría de las PYME, ocupan a menos de 50 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 10 millones de euros. Las medianas empresas son aquellas que, dentro de la categoría de PYME, ocupan a menos de 250 personas y cuyo volumen de negocios anual no excede de 50 millones de euros o cuyo balance general anual no excede de 43 millones de euros.
8. Gran empresa. Es aquella empresa no contemplada en la definición de PYME.
9. Empresa única. En el marco de esta orden se refiere al conjunto de empresas que mantengan, directamente o a través de otra u otras empresas, al menos uno de los siguientes vínculos entre sí:
a) Una empresa posee la mayoría de los derechos de voto de los accionistas o socios de otra empresa;
b) una empresa tiene derecho a nombrar o revocar a la mayoría de los miembros del órgano de administración, dirección o control de otra sociedad;
c) una empresa tiene derecho a ejercer una influencia dominante sobre otra, en virtud de un contrato celebrado con ella o una cláusula estatutaria de la segunda empresa;
d) una empresa, accionista o asociada a otra, controla sola, en virtud de un acuerdo celebrado con otros accionistas o socios de la segunda, la mayoría de los derechos de voto de sus accionistas.
10. Empresa en crisis. Se define en el artículo 2, apartado 18, del Reglamento n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado. Una empresa en crisis es una empresa en la que concurra al menos una de las siguientes circunstancias:
a) Si se trata de una sociedad de capital, cuando haya desaparecido más de la mitad de su capital social suscrito como consecuencia de las pérdidas acumuladas; lo que sucede cuando la deducción de las pérdidas acumuladas de las reservas (y de todos los demás elementos que se suelen considerar fondos propios de la sociedad) conduce a un importe acumulativo negativo superior a la mitad del capital social suscrito. A efectos de la presente disposición, “sociedad de capital” se refiere a la sociedad anónima, la sociedad comanditaria por acciones, y la social de responsabilidad limitada; y “capital social” incluye, cuando proceda, toda prima de emisión.
b) Si se trata de una sociedad en la que al menos algunos socios tienen una responsabilidad ilimitada sobre la deuda de la sociedad, cuando haya desaparecido por las pérdidas acumuladas más de la mitad de sus fondos propios que figuran en su contabilidad. A efectos de la presente disposición, “sociedad en la que al menos algunos socios tienen una responsabilidad ilimitada sobre la deuda de la sociedad” se refiere a la sociedad colectiva y a la sociedad en comandita simple.
c) Cuando la empresa se encuentre inmersa en un procedimiento de quiebra o insolvencia o reúna los criterios para ser sometida a un procedimiento concursal.
d) Si se trata de una empresa distinta de una PYME, cuando durante los dos ejercicios anteriores la ratio deuda/capital de la empresa haya sido superior a 7,5 y en el mismo periodo la ratio de cobertura de intereses de la empresa, calculada sobre la base del EBITDA (ganancias antes de intereses, impuestos, depreciación y amortización –Earnings Before Interests, Taxes, Depreciations and Amortizations–), se haya situado por debajo de 1,0.
Las PYME con menos de tres años de antigüedad no se considerará que están en crisis salvo que cumplan la condición del párrafo c).
11. Intensidad de ayuda. Es la cantidad bruta de ayuda expresada como porcentaje de los costes subvencionables, antes de cualquier deducción fiscal o de otras cargas.
Cuando la ayuda adopte cualquier forma distinta a la subvención, la intensidad de la ayuda será el equivalente en subvención bruta de la ayuda expresada, asimismo, como porcentaje de los costes subvencionables.
12. Equivalente de subvención bruta. Para ayudas concedidas en forma distinta de la subvención, es la cantidad de ayuda si ésta se hubiese concedido en forma de subvención, antes de cualquier deducción fiscal u otras cargas. Para su cálculo se seguirá el método indicado en la Comunicación de la Comisión relativa a la revisión del método de fijación de los tipos de referencia y de actualización (2008/C 14/02).
13. Empresas de base tecnológica. Empresas productoras de bienes y de servicios que se caracterizan, entre otros, por los siguientes rasgos:
a) Su activo más importante es el conocimiento (know-how) por ellas generado y su aplicación a una innovación tecnológica (nuevos productos, procesos o servicios, o bien la mejora significativa de los ya existentes), como base para la mejora de su competitividad.
b) Cuentan con personal científico y/o técnico cualificado, con formación superior y/o un departamento de I+D propio, o tienen un estrecho contacto con un centro tecnológico, de investigación o universidad.
c) Su gestión se apoya en nuevas tecnologías.
14. Prueba de concepto. Actividades que permitan progresar en las primeras etapas del desarrollo pre-competitivo y facilitar la transferencia o explotación de los resultados, en forma de productos, bienes, servicios u otras aplicaciones, que sean beneficiosos para la economía, la sociedad, la cultura o las políticas públicas.
15. Infraestructura de ensayo y experimentación (infraestructuras tecnológicas): Se definen en la Comunicación de la Comisión Europea (2022/C 414/01) como instalaciones, equipos, capacidades y recursos, como los bancos de pruebas, las líneas piloto, los demostradores, las instalaciones de ensayo o los laboratorios vivientes, y los servicios de apoyo conexos utilizados predominantemente por empresas, especialmente por pymes, que buscan ayuda para el ensayo y la experimentación con el fin de desarrollar productos, procesos y servicios nuevos o mejorados, y de probar y mejorar/ampliar la escala de tecnologías con el fin de avanzar a través de la investigación industrial y el desarrollo experimental. El acceso a las infraestructuras de ensayo y experimentación financiadas con fondos públicos está abierto a varios usuarios y ha de concederse de forma transparente y no discriminatoria y en condiciones de mercado.
16. Entidad basada en el conocimiento. Entidad cuyo objeto social comprenda el uso y el aprovechamiento, industrial o comercial, de las innovaciones, de los conocimientos científicos y de los resultados obtenidos y desarrollados por los agentes públicos de ejecución del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación.
17. Transferencia de conocimiento. Actividad que puede desplegarse a través de múltiples canales, desde la comercialización de patentes, la participación en entidades basadas en el conocimiento o la creación de empresas “spin-off”, hasta los contratos de consultoría o asistencia técnica, así como diversos modelos de colaboración entre agentes, el desarrollo de normas técnicas o estándares, y otros mecanismos más informales de divulgación y comunicación de los resultados de la investigación.
18. Datos de investigación. Se consideran datos de investigación a todo aquel material que ha sido generado, recolectado, observado o registrado durante el ciclo de vida de un proyecto de investigación y que se utilizan como evidencia de un proceso de investigación, están reconocidos por la comunidad científica y sirven para validar los resultados de la investigación y garantizar su reproducibilidad. Los datos de investigación pueden ser datos experimentales, observacionales, ope yrativos, datos de terceros, del sector público, datos de seguimiento, datos brutos, procesados o datos reutilizados. Para cada disciplina o dominio científico existe una interpretación de qué son datos o datasets de investigación, su naturaleza y cómo se recopilan; también ha de tenerse en cuenta que en cada dominio científico varía la forma en que se describen esos datos a través de metadatos y los requisitos asociados al hecho de compartirlos.»
«ANEXO III
Criterios de evaluación
Se aplicarán los siguientes criterios para las actuaciones y convocatorias asignadas a la AEI en el Plan Estatal de I+D+i que se indican a continuación u otras de análoga naturaleza que puedan promoverse:
1. Actuaciones dirigidas a la formación predoctoral de investigadores/as [artículo 7.2.a).1.º, i]
Convocatoria: Contratación predoctoral para la formación de personal investigador
Criterios de evaluación Puntuación 1. Trayectoria académica y/o científico-técnica del candidato/a. 0-50 1.1 Aportaciones científico-técnicas. 0-45 1.2 Movilidad e internacionalización. 0-5 2. Adecuación del candidato/a a las actividades de investigación a desarrollar. 0-50
1. Trayectoria académica y/o científico-técnica del candidato/a.
1.1 Aportaciones científico-técnicas. Se valorará el expediente académico y otros méritos curriculares del candidato/a, así como la adecuación de los mismos a las tareas a realizar en función de la formación y experiencia profesional.
1.2 Movilidad e internacionalización. Se valorará la relevancia y el impacto en su trayectoria investigadora de las estancias del candidato/a en centros nacionales e internacionales y/o en el sector industrial, atendiendo al prestigio de la entidad de recepción de la estancia y a la actividad desarrollada en la misma.
2. Adecuación del candidato/a a las actividades de investigación a desarrollar. Se valorará la adecuación del candidato/a al programa, proyecto o actividades de investigación a desarrollar en función de su formación y experiencia previas. Para ello, se tendrá en cuenta el valor añadido que la realización del proyecto representará para su carrera investigadora, así como el valor aportado al centro y al equipo receptor.
Desempate. En los casos de solicitudes que obtengan igual puntuación, a efectos de resolver el empate, este se dirimirá a favor de la solicitud que tenga mayor puntuación en la valoración de los criterios y subcriterios 1, 1.1, 1.2 y 2 anteriores, según el orden en el que se citan. Si continuará persistiendo, el empate se resolverá a favor de la solicitud que primero hubiera sido presentada o mediante sorteo celebrado ante el órgano instructor, según se determine en la convocatoria.
Convocatoria: Contratación predoctoral para la formación de doctores en empresas. Doctorados industriales
Criterios de evaluación Puntuación 1. Trayectoria académica y/o científico-técnica del candidato/a. 0-15 1.1 Aportaciones científico-técnicas. 0-10 1.2 Movilidad e internacionalización. 0-5 2. Adecuación del candidato/a a las actividades de investigación a desarrollar. 0-15 3. Plan de Formación. 0-20 4. Calidad y viabilidad científico-tecnológica de la actividad propuesta. 0-30 5. Impacto y efecto incentivador en la actividad de I+D+i de la entidad solicitante. 0-20
1. Trayectoria académica y/o científico-técnica del candidato/a.
1.1 Aportaciones científico-técnicas. Se valorará el expediente académico y otros méritos curriculares del candidato/a, así como la adecuación de los mismos a las tareas a realizar en función de su formación y experiencia profesional.
1.2 Movilidad e internacionalización. Se valorará la relevancia de las estancias del candidato/a en centros nacionales e internacionales y/o en el sector industrial, atendiendo al prestigio de la entidad de recepción de la estancia y a la actividad desarrollada en la misma.
2. Adecuación del candidato/a a las actividades de investigación a desarrollar. Se valorará la adecuación del candidato/a al programa, proyecto, o actividades de investigación a desarrollar en función de su formación y experiencia previas. Para ello se tendrá en cuenta el valor añadido que la realización del proyecto representará en su carrera investigadora, así como el valor aportado a la entidad y al equipo receptor.
3. Plan de Formación. Se valorará el plan de formación previsto a realizar por el candidato/a en el contexto de la actividad propuesta para que pueda adquirir las competencias y capacidades de investigación y obtener así el título de doctor.
4. Calidad y viabilidad científico-tecnológica de la actividad propuesta. Se valorará la calidad técnica e innovadora de la actividad propuesta en cuya realización participará la persona propuesta; la claridad, originalidad y justificación de los objetivos perseguidos; la definición e idoneidad de la metodología y el plan de trabajo y su potencial innovador. Igualmente, se valorará la distribución de actividades y tareas que tiene previsto desarrollar.
5. Impacto y efecto incentivador en la actividad de I+D+i de la entidad solicitante. Se valorará el impacto científico-técnico, social y económico de la propuesta; el plan propuesto para la explotación de resultados esperados, incluyendo la generación y explotación de patentes y/o modelos de utilidad y los planes de difusión y divulgación de los resultados del proyecto, incluyendo aspectos de acceso abierto a los mismos. Igualmente, se valorará el incremento del grado de actividad de I+D+i en la empresa, como consecuencia de la ayuda, en aspectos tales como el volumen de negocio y su diversificación, al ámbito de actuación, las cuantías invertidas, la evolución de las actividades de I+D+i u otros indicadores cualitativos y cuantitativos.
Desempate. En los casos de solicitudes que obtengan igual puntuación, a efectos de resolver el empate, este se dirimirá a favor de la solicitud que tenga mayor puntuación en la valoración de los criterios y subcriterios 1, 1.1, 1.2, 4, 3, 2 y 5 anteriores, según el orden en el que se citan. Si continuará persistiendo, el empate se resolverá a favor de la solicitud que primero hubiera sido presentada o mediante sorteo celebrado ante el órgano instructor, según se determine en la convocatoria.
2. Actuaciones dirigidas a la formación postdoctoral de investigadores/as [artículo 7.2.a).1.º, ii]
Convocatoria: Contratos Juan de la Cierva y otras actuaciones análogas
Criterios de evaluación Puntuación 1. Trayectoria académica y/o científico-técnica del candidato/a. 0-50 1.1 Aportaciones científico-técnicas. 0-35 1.2 Movilidad e internacionalización. 0-15 2. Historial científico-técnico del equipo de investigación en el que se integre el candidato/a. 0-50 2.1 Aportaciones científico-técnicas. 0-25 2.2 Capacidad formativa. 0-15 2.3 Movilidad e Internacionalización. 0-10
1. Trayectoria académica y/o científico-técnica del candidato/a.
1.1 Aportaciones científico-técnicas. Se valorará el expediente académico y otros méritos curriculares del candidato/a, así como la adecuación de los mismos a las tareas a realizar en función de la formación y experiencia profesional. Se valorarán las aportaciones científicas del candidato/a, su relevancia y contribución a la generación de conocimiento, la generación de ideas e hipótesis y los resultados obtenidos. Se valorará la relevancia de las contribuciones del candidato/a en artículos publicados en revistas científicas, libros o capítulos de libros científicos y técnicos,, patentes concedidas o licenciadas, trabajos presentados en congresos, obtención de premios, menciones y distinciones; igualmente, se valorarán, las aportaciones del candidato/a al avance de la sociedad, tales como las actividades de desarrollo tecnológico y de innovación, desarrollo de herramientas de software, aportación de datos en acceso abierto, actividades de divulgación, colaboración con la industria, entidades públicas o privadas y otros usuarios finales de la investigación, así como cualquier otra aportación que permita valorar la relevancia de los diferentes aspectos de la actividad investigadora desarrollada.
1.2 Movilidad e internacionalización. Se valorará la relevancia de las estancias del candidato/a en centros nacionales e internacionales y/o en el sector industrial, atendiendo al prestigio de la entidad de recepción de la estancia, a las aportaciones del candidato/a a las líneas de trabajo del centro y grupo/s con los que ha trabajado y, en su caso, los resultados de la actividad y/o indicadores de rendimiento durante el Periodo de Orientación Postdoctoral (POP). También se valorarán los resultados de investigación publicados, patentados y en explotación como resultado de la colaboración internacional y la participación en acciones relacionadas con programas y proyectos internacionales, teniendo en cuenta su implicación directa en los mismos. Otro mérito a considerar será la participación en actividades de docencia y formación de investigadores/as en universidades o centros de investigación extranjeros llevadas a cabo durante las estancias internacionales.
2. Historial científico-técnico del equipo de investigación en el que se integre el candidato/a.
2.1 Aportaciones científico-técnicas. Se valorará la calidad de las contribuciones científico-técnicas y otros resultados obtenidos a lo largo de la trayectoria investigadora del investigador/a responsable del equipo de investigación que actúa como tutor, así como la dirección y participación en proyectos competitivos de I+D+i y contratos con entidades públicas y/o privadas. Se valorará las colaboraciones previas entre los miembros del equipo tanto en contribuciones científico-técnicas como en proyectos; las aportaciones científicas del equipo de investigación en el que se integre el candidato/a, su relevancia y contribución a la generación de conocimiento; la generación de ideas e hipótesis y resultados, así como las aportaciones a la sociedad tales como actividades de desarrollo tecnológico y de innovación, actividades de divulgación, colaboración con la industria y con entidades públicas y privadas, así como con otros usuarios finales de la investigación.
2.2 Capacidad formativa. Se valorará la capacidad formativa del investigador/a tutor y del equipo de investigación en su conjunto, acreditada por los resultados de formación predoctoral previa teniendo en cuenta la dirección formal de Trabajos fin de Grado (TFG) y Trabajos fin de Máster (TFM); el número de tesis realizadas o en curso y el desarrollo científico o profesional de los doctores egresados del equipo de investigación. Se valorará también el contexto científico-técnico y formativo que proporciona el equipo teniendo en cuenta el plan de formación propuesto y el potencial de la línea de investigación propuesta.
2.3 Movilidad e internacionalización. Se podrá valorará el grado de internacionalización del investigador/a tutor y del grupo de investigación en su conjunto a través de la capacidad del equipo para la atracción de personal investigador y visitantes extranjeros; las colaboraciones con otros centros y grupos de investigación internacionales, y la producción científica en colaboración internacional, así como la participación en proyectos, contratos y otras actividades de carácter internacional, incluida la financiación del equipo a través de la participación en acciones relacionadas con programas y proyectos internacionales.
Desempate. En los casos de solicitudes que obtengan igual puntuación, a efectos de resolver el empate, este se dirimirá a favor de la solicitud que tenga mayor puntuación en la valoración de los criterios y subcriterios 1, 1.1, 1.2, 2, 2.1, 2.2 y 2.3 anteriores, según el orden en el que se citan. Si continuará persistiendo, el empate se resolverá a favor de la solicitud que hubiera cumplimentado el formulario de solicitud en primer lugar o mediante sorteo celebrado ante el órgano instructor, según se determine en la convocatoria.
3. Actuaciones dirigidas a la contratación de personal técnico de apoyo [artículo 7.2.a).2.º, i]
Convocatoria: Contratación de personal técnico de I+D+i
Criterios de evaluación Puntuación 1. Trayectoria científico-técnica del candidato/a. 0-30 1.1 Aportaciones científico-técnicas del candidato/a. 0-20 1.2 Adecuación del candidato/a las actividades de investigación a desarrollar. 0-10 2. Impacto. 0-70 2.1 Impacto sobre la actividad científica del centro de destino o sobre los servicios de I+D+i de la entidad. 0-50 2.2 Impacto en la formación, empleabilidad o trayectoria académica y profesional del candidato/a. 0-20
1. Trayectoria científico-técnica del candidato/a.
1.1 Aportaciones científico-técnicas del candidato/a. Se valorará el expediente académico y otros méritos curriculares del candidato/a.
1.2 Adecuación del candidato/a a las actividades de investigación a desarrollar. Se valorará la adecuación del candidato/a las actividades de investigación a desarrollar en función de su formación y experiencia previas. Para ello, se tendrá en cuenta el valor añadido que la realización de la actividad representará en su carrera técnico-investigadora, así como el valor aportado al centro y equipo receptor.
2. Impacto.
2.1 Impacto sobre la actividad científica del centro de destino o sobre los servicios de I+D+i de la entidad. Se valorará el impacto esperado de la actividad a desarrollar por el candidato/a en el fortalecimiento y/o diversificación de las líneas de investigación del centro receptor y sus resultados; el fortalecimiento de las actividades de I+D+i, incluyendo su impacto sobre los resultados científico-técnicos y la divulgación de los mismos, sobre las actividades de transferencia de tecnología, sobre la mejora de la prestación de servicios de I+D+i, y de la gestión de los laboratorios o infraestructuras, así como sobre la mejora de las actividades de I+D+i a desarrollar en colaboración con los usuarios de la entidad, centro, infraestructura o unidad receptora y la comunidad investigadora en general.
2.2 Impacto en la formación, empleabilidad o trayectoria académica y profesional del candidato/a. Se valorará el impacto esperado de la actuación en la formación, la empleabilidad o la trayectoria académica y profesional del candidato/a, la experiencia que se va a adquirir en la actividad realizada, el interés, aplicabilidad y proyección de futuro de dicha actividad, así como la relevancia o prestigio científico de la unidad donde se desarrolle la misma.
Desempate. En los casos de solicitudes que obtengan igual puntuación, a efectos de resolver el empate, este se dirimirá a favor de la solicitud que tenga mayor puntuación en la valoración de los criterios y subcriterios 2, 2.1, 2.2, 1, 1.1 y 1.2 anteriores, según el orden en el que se citan. Si continuará persistiendo, el empate se resolverá a favor de la solicitud que hubiera cumplimentado el formulario de solicitud en primer lugar o mediante sorteo celebrado ante el órgano instructor, según se determine en la convocatoria.
4. Actuaciones de incorporación de personal investigador al Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación [artículo 7.2.a).2.º, ii]
Convocatoria: Contratos Ramón y Cajal y otros contratos de acceso al SECTI
Criterios de evaluación Puntuación 1. Trayectoria científico-técnica del candidato/a. 0-100 1.1 Aportaciones científico-técnicas del candidato/a. 0-55 1.2 Movilidad e internacionalización. 0-20 1.3 Grado de independencia y liderazgo. 0-25
1. Trayectoria científico-técnica del candidato/a.
1.1 Aportaciones científico-técnicas del candidato/a. Se valorarán las aportaciones científicas del candidato/a, su relevancia y contribución a la generación de conocimiento, la generación de ideas e hipótesis y los resultados conseguidos. También se valorará la relevancia de las contribuciones del candidato/a en artículos publicados en revistas científicas, libros o capítulos de libros científicos y técnicos,, patentes concedidas o licenciadas, trabajos presentados en congresos, obtención de premios, así como menciones y distinciones científicas o tecnológicas; las aportaciones del candidato/a a la sociedad tales como actividades de desarrollo tecnológico y de innovación, desarrollo de herramientas de software, la aportación de datos en acceso abierto, las actividades de divulgación, la colaboración con la industria, y con entidades públicas y privadas, así como con otros usuarios finales de la investigación y cualquier otra aportación que permita valorar la relevancia de los diferentes aspectos de la actividad investigadora desarrollada.
1.2 Movilidad e internacionalización. Se valorará la relevancia de las estancias del candidato/a en centros nacionales e internacionales y/o en el sector industrial, teniendo en cuenta el prestigio de la entidad de recepción de la estancia; las aportaciones del candidato/a a las líneas de trabajo de los centros y grupos con los que ha trabajado; la participación en acciones de colaboración relacionadas con programas y proyectos internacionales, así como la implicación directa en los mismos. Igualmente, se valorará la participación en actividades de docencia y formación de investigadores/as en universidades o centros de investigación extranjeros llevadas a cabo durante las estancias en los mismos.
1.3 Grado de independencia y liderazgo. Se valorará el grado de independencia investigadora adquirida por el candidato/a a lo largo de su trayectoria investigadora, reflejado en sus contribuciones científicas; la participación en proyectos de investigación como investigador/a principal o liderando objetivos y tareas del mismo; la capacidad para liderar líneas de investigación; la captación de recursos, incluida la financiación a través de la participación en acciones relacionadas con programas y proyectos nacionales y/o internacionales o los financiados por empresas y otras entidades privadas; las actuaciones como mentor de investigadores/as en su primera etapa de formación, resaltando la dirección formal de Trabajos fin de Grado (TFG) y Trabajos fin de Máster (TFM); la dirección de tesis doctorales y cualquier otra experiencia científica y profesional de relevancia.
Desempate. En los casos de solicitudes que obtengan igual puntuación, a efectos de resolver el empate, este se dirimirá a favor de la solicitud que tenga mayor puntuación en la valoración del subcriterio 1.1. Si el empate permanece, éste se resolverá a favor de la solicitud que tenga mayor puntuación en la valoración de los subcriterios 1.3 y 1.2 anteriores, según el orden en el que se citan. Si continuará persistiendo, el empate se resolverá a favor de la solicitud que hubiera cumplimentado el formulario de solicitud en primer lugar o mediante sorteo celebrado ante el órgano instructor, según se determine en la convocatoria.
5. Actuaciones de reconocimiento de la capacidad e independencia investigadora de Investigadores/as del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación [artículo 7.2.a).2.º, iii]
Convocatoria: Acreditación R3
Criterios de Evaluación Puntuación Umbral 1. Aportaciones científico-técnicas. 0-40 2. Liderazgo e independencia. 0-40 30 3. Movilidad e Internacionalización. 0-20
1. Aportaciones científico-técnicas. Se valorará la excelencia investigadora en el área temática a través de las aportaciones científicas del candidato/a, su relevancia y contribución a la generación de conocimiento y la generación de ideas e hipótesis y resultados. Se valorarán también las aportaciones del candidato/a a la sociedad tales como actividades de desarrollo tecnológico y de innovación; desarrollo de herramientas (software) y/o datos en acceso abierto; actividades de divulgación, colaboración con la industria y el sector privado, entidades, instituciones públicas y otros usuarios finales de la investigación; la obtención de premios, menciones y distinciones científicas y tecnológicas y cualquier otra aportación que permita valorar la relevancia de los diferentes aspectos de la actividad investigadora desarrollada.
2. Liderazgo e independencia. Se valorará el liderazgo y el grado de independencia investigadora adquirida por el candidato/a a lo largo de su trayectoria investigadora, reflejado en el liderazgo de sus contribuciones científicas; la capacidad para liderar líneas y grupos de investigación; la participación en proyectos de investigación como investigador/a principal; la captación de recursos, incluida la financiación a través del liderazgo en acciones relacionadas con programas y proyectos nacionales y/o internacionales o los financiados por empresas y otras entidades privadas; la dirección de tesis doctorales y cualquier otra experiencia científica y profesional de relevancia.
3. Movilidad e Internacionalización. Se valorará la movilidad e internacionalización del candidato/a en términos de la relevancia de las estancias en entidades nacionales e internacionales, atendiendo al prestigio de la entidad de recepción de la estancia, a las aportaciones del candidato/a a las líneas de trabajo del centro y grupo/s con los que ha trabajado; colaboraciones con grupos internacionales; participación en consorcios internacionales y cualquier otra experiencia internacional de relevancia.
Desempate. En los casos de solicitudes que obtengan igual puntuación, a efectos de resolver el empate, este se dirimirá a favor de la solicitud que tenga mayor puntuación en la valoración del criterio 1. Si el empate permanece, éste se resolverá a favor de la solicitud que tenga mayor puntuación en la valoración de los criterios 2 y 3 anteriores, según el orden en el que se citan. Si continuará persistiendo, el empate se resolverá a favor de la solicitud que primero hubiera sido presentada o mediante sorteo celebrado ante el órgano instructor, según se determine en la convocatoria.
6. Actuaciones para la incorporación de personal investigador a empresas, centros tecnológicos, asociaciones empresariales y parques científicos y tecnológicos [artículo 7.2.a).2.º, iv]
Convocatoria: Contratos Torres Quevedo
Criterios de Evaluación Puntuación 1. Trayectoria científico-técnica del candidato/a. 0-30 1.1 Aportaciones científico-técnicas del candidato/a. 0-10 1.2 Movilidad e internacionalización. 0-5 1.3 Grado de independencia y liderazgo. 0-5 1.4 Adecuación del candidato/a las actividades de investigación a desarrollar. 0-10 2. Calidad, viabilidad y relevancia científico-tecnológica de la actividad propuesta. 0-20 3. Impacto. 0-50 3.1 Impacto sobre la actividad científica del centro de destino o sobre los servicios de I+D+i de la entidad y efecto incentivador. 0-30 3.2 Impacto en la formación, empleabilidad o trayectoria académica y profesional del candidato/a. 0-20
1. Trayectoria científico-técnica del candidato/a.
1.1 Aportaciones científico-técnicas del candidato/a. Se valorarán las aportaciones científicas del candidato/a, su relevancia y contribución a la generación de conocimiento, la generación de ideas e hipótesis y resultados obtenidos. También se valorará la relevancia de las contribuciones del candidato/a en artículos publicados en revistas científicas, libros o capítulos de libros científicos y técnicos,, patentes concedidas o licenciadas, trabajos presentados en congresos, y la obtención de premios, menciones y distinciones científicas y tecnológicas. Se valorarán las aportaciones del candidato/a a la sociedad tales como actividades de desarrollo tecnológico y de innovación; desarrollo de herramientas de software; la obtención de datos en acceso abierto; las actividades de divulgación; la colaboración con la industria y con entidades públicas y privadas, así como con otros usuarios finales de la investigación y cualquier otra aportación que permita valorar la relevancia de los diferentes aspectos de la actividad investigadora desarrollada.
1.2 Movilidad e internacionalización. Se valorará la relevancia de las estancias del candidato/a en centros nacionales e internacionales y/o en el sector industrial teniendo en cuenta el prestigio de la entidad de recepción de la estancia; las aportaciones del candidato/a a las líneas de trabajo de la misma y grupo/s con los que ha trabajado. También se valorará la participación en acciones de colaboración relacionadas con programas y proyectos internacionales, así como la implicación directa en los mismos y la participación en actividades de docencia y formación de investigadores/as en universidades o centros de investigación extranjeros llevadas a cabo durante las estancias.
1.3 Grado de independencia y liderazgo. Se valorará el grado de independencia investigadora adquirida por el candidato/a a lo largo de su trayectoria investigadora, reflejado en sus contribuciones científicas; la participación en proyectos de investigación como investigador/a principal o liderando objetivos o tareas; la captación de recursos, incluida la financiación a través de la participación en acciones relacionadas con programas y proyectos nacionales y/o internacionales o los financiados por empresas y otras entidades privadas, actuaciones como mentor de investigadores/as en su primera etapa de formación, resaltando la dirección formal de Trabajos fin de Grado (TFG) y Trabajos fin de Máster (TFM) y la dirección de tesis doctorales y cualquier otra experiencia científica y profesional de relevancia.
1.4 Adecuación del candidato/a a las actividades de investigación a desarrollar. Se valorará la experiencia profesional y adecuación del candidato/a al programa, proyecto, o actividades de investigación a desarrollar en función de su formación y experiencia previas.
2. Calidad, viabilidad y relevancia científico-tecnológica de la actividad propuesta. Se valorará la calidad técnica e innovadora de la actividad en cuya realización participará la persona propuesta, la claridad, originalidad y justificación de los objetivos perseguidos, la definición e idoneidad de la metodología y el plan de trabajo y su potencial innovador. También se valorará la calidad y los aspectos innovadores de las actividades y tareas que tiene previsto desarrollar, así como del plan de formación previsto para la persona que se incorporará. Se valorará, el carácter singular y la relevancia de los servicios en las actividades de I+D+i financiadas a través de otras actuaciones del PEICTI o proyectos en colaboración con el sector privado.
3. Impacto.
3.1 Impacto sobre la actividad científica del centro de destino o sobre los servicios de I+D+i de la entidad y efecto incentivador Se valorará el impacto esperado de la actividad a desarrollar por el candidato/a en el fortalecimiento y/o diversificación de las líneas de investigación de la entidad receptora y sus resultados, en el fortalecimiento de las actividades de I+D+i, incluyendo su impacto sobre los resultados científico-técnicos y la divulgación de los mismos, en las actividades de transferencia de tecnología, la formación de doctores o de tecnólogos, la mejora de las actividades de I+D+i a desarrollar en colaboración con los usuarios de la entidad, y la comunidad investigadora en general. Se valorará el incremento del grado de actividad de I+D+i en la entidad receptora como consecuencia de la ayuda, en aspectos tales como el volumen de negocio y su diversificación, competitividad en el ámbito, las cuantías invertidas, la innovación y la diversificación de las actividades de I+D+i u otros indicadores de calidad cualitativos y cuantitativos.
3.2 Impacto en la formación, empleabilidad o trayectoria académica y profesional del candidato/a. Se valorará el impacto esperado de la actuación en la formación, la empleabilidad o la trayectoria académica y profesional del candidato/a en función de la calidad del plan de formación diseñado y la capacidad formativa de la entidad receptora, la experiencia a adquirir en la actividad realizada, el interés, la aplicabilidad y proyección de futuro de dicha actividad.
Desempate. En los casos de solicitudes que obtengan igual puntuación, a efectos de resolver el empate, este se dirimirá a favor de la solicitud que tenga mayor puntuación en la valoración de los criterios y subcriterios 1, 1.1, 1.2, 1.3, 1.4, 3, 3.1, 3.2 y 2 anteriores, según el orden en el que se citan. Si continuará persistiendo, el empate se resolverá a favor de la solicitud que primero hubiera sido presentada o mediante sorteo celebrado ante el órgano instructor, según se determine en la convocatoria.
7. Actuaciones para la incentivación de la estabilización del personal investigador [artículo 7.2.a).2.º, v]
Convocatoria: Consolidación investigadora
Criterios de Evaluación Puntuación Umbral 1. Novedad, calidad y viabilidad del proyecto. 0-60 45 1.1 Novedad y calidad de la propuesta. 0-30 1.2 Viabilidad y presupuesto. 0-15 1.3 Impacto esperado de los resultados. 0-15 2. Trayectoria científico-técnica del investigador/a principal. 0-40
1. Novedad, calidad y viabilidad del proyecto.
1.1 Novedad y calidad de la propuesta. Se valorará la calidad científica, tecnológica e innovadora de la propuesta en términos de relevancia, claridad, novedad de la hipótesis de partida, la novedad e independencia de la propuesta en relación con la temática desarrollada por el grupo de acogida, la adecuación de los objetivos planteados a la propuesta y su contribución a la generación de conocimiento. Cuando sea pertinente se podrá valorar el carácter inter y multi disciplinar de la propuesta.
1.2 Viabilidad y presupuesto. Se valorará la definición, novedad e idoneidad de la metodología propuesta y la adecuación de la misma, del plan de trabajo y del cronograma a la consecución de los objetivos propuestos, la calidad e impacto de los resultados previos obtenidos relacionados con la temática de la propuesta que permitan avalar la viabilidad de la misma, la identificación de puntos críticos y planes de contingencia, así como los recursos humanos, materiales y de equipamiento disponibles para llevar a cabo la propuesta. Se valorará la claridad, justificación y adecuación del presupuesto solicitado en relación con los objetivos a alcanzar y las actividades a desarrollar.
1.3 Impacto esperado de los resultados. Se valorará el impacto esperado de los resultados, incluyendo la generación de conocimiento científico técnico, el plan de comunicación científica de los resultados en términos de publicaciones, presentaciones y comunicaciones a congresos y otros foros principalmente internacionales incluyendo aspectos de acceso abierto, el plan de trasferencia y valorización de resultados, el impacto social y económico de las actividades previstas y el plan y alcance de divulgación de los resultados a la sociedad. Se valorará el impacto esperado de la consolidación del/de la investigador/a en la institución, así como el impacto esperado en el fortalecimiento y/o diversificación de las líneas de investigación de la institución. En el caso en que resulte pertinente, se valorará el plan de gestión de datos de investigación, la inclusión de la dimensión de género en el contenido de la investigación o el impacto asociado al ámbito de la discapacidad y otras áreas de inclusión social.
2. Trayectoria científico-técnica del/de la investigador/a principal. Se valorará la calidad de las contribuciones científico-técnicas, su relevancia y contribución a la generación de conocimiento, la generación de ideas e hipótesis y resultados obtenidos, las aportaciones a la sociedad, tales como actividades de desarrollo tecnológico y de innovación, desarrollo de herramientas de software, la aportación de datos en acceso abierto, las actividades de divulgación, la colaboración con la industria y con entidades públicas o privadas, así como con otros usuarios finales de la investigación y otros resultados obtenidos en el periodo que defina la convocatoria del investigador/a principal, la dirección y participación en proyectos de I+D+i nacionales e internacionales, tanto públicos como privados y la experiencia en transferencia de tecnología, la capacidad formativa acreditada por las tesis doctorales realizadas o en curso, y el liderazgo internacional, en aspectos tales como liderazgo y/o participación en proyectos y/o consorcios internacionales, colaboraciones con grupos internacionales, la organización de congresos y reuniones científicas internacionales relevantes, las invitaciones a conferencias internacionales de alto nivel científico, los premios y otros reconocimientos de prestigio internacional. Se valorará el resultado de la evaluación de la actividad científico-técnica obtenida en la acreditación I3 o R3, cuando el resultado de la misma se base en una clasificación.
Desempate. En los casos de solicitudes que obtengan igual puntuación, a efectos de resolver el empate, este se dirimirá a favor de la solicitud que tenga mayor puntuación en la valoración del criterio 1. Si aun así continuara el empate, éste se resolverá a favor de la solicitud que tenga mayor puntuación en la valoración del subcriterio 1.1 y en los subcriterios 1.2 y 1.3 y criterio 2, por este orden. Si persistiera el empate, este se arbitrará finalmente a favor de la solicitud cuya investigadora principal sea mujer. Si continuará persistiendo, el empate se resolverá a favor de la solicitud que primero hubiera sido presentada o mediante sorteo celebrado ante el órgano instructor, según se determine en la convocatoria.
Convocatoria: ATRAE
Criterios de Evaluación Puntuación Umbral 1. Trayectoria científico-técnica del investigador/a principal. 0-50 35 2. Novedad, calidad y viabilidad del proyecto. 0-50 30 2.1 Novedad y calidad de la propuesta. 0-20 2.2 Viabilidad y presupuesto. 0-15 2.3 Impacto esperado de los resultados. 0-15
1. Trayectoria científico-técnica del/de la investigador/a principal.
Se valorará la calidad de las contribuciones científico-técnicas, su relevancia y contribución a la generación de conocimiento, la generación de ideas e hipótesis y resultados obtenidos, las aportaciones a la sociedad, tales como actividades de desarrollo tecnológico y de innovación, desarrollo de herramientas de software, la estrategia de gestión de datos en acceso abierto, las actividades de divulgación, la colaboración con la industria y con entidades públicas o privadas, así como con otros usuarios finales de la investigación y otros resultados obtenidos en el periodo que defina la convocatoria del investigador/a principal, la dirección y participación en proyectos de I+D+i nacionales e internacionales, tanto públicos como privados y la experiencia en transferencia de tecnología, la capacidad formativa acreditada por las tesis doctorales realizadas o en curso, y el liderazgo internacional, en aspectos tales como liderazgo de proyectos y/o consorcios internacionales, participación en comités internacionales de prestigio, la organización de congresos y reuniones científicas internacionales relevantes, las invitaciones a conferencias internacionales de alto nivel científico, los premios y otros reconocimientos de prestigio internacional.
2. Novedad, calidad y viabilidad del proyecto.
2.1 Novedad y calidad de la propuesta. Se valorará la calidad científica, tecnológica e innovadora de la propuesta en términos de relevancia, claridad, novedad de la hipótesis de partida, la novedad e independencia de la propuesta en relación con la temática desarrollada por el grupo de acogida, la adecuación de los objetivos planteados a la propuesta y su contribución a la generación de conocimiento. Cuando sea pertinente se podrá valorar el carácter inter y multi disciplinar de la propuesta.
2.2 Viabilidad y presupuesto. Se valorará la definición, novedad e idoneidad de la metodología propuesta y la adecuación de la misma, del plan de trabajo y del cronograma a la consecución de los objetivos propuestos, la calidad e impacto de los resultados previos obtenidos relacionados con la temática de la propuesta que permitan avalar la viabilidad de la misma, la identificación de puntos críticos y planes de contingencia, así como los recursos humanos, materiales y de equipamiento disponibles para llevar a cabo la propuesta. Se valorará la claridad, justificación y adecuación del presupuesto solicitado en relación con los objetivos a alcanzar y las actividades a desarrollar.
2.3 Impacto esperado de los resultados. Se valorará el impacto esperado de los resultados, incluyendo la generación de conocimiento científico técnico, el plan de comunicación científica de los resultados en términos de publicaciones, presentaciones y comunicaciones a congresos y otros foros principalmente internacionales, el plan de trasferencia y valorización de resultados, el impacto social y económico de las actividades previstas y el plan y alcance de divulgación de los resultados a la sociedad. Se valorará el impacto esperado de la incorporación y consolidación del/de la investigador/a en la institución, así como el impacto esperado en el fortalecimiento y/o diversificación de las líneas de investigación de la institución. En el caso en que resulte pertinente, se valorará el plan de gestión de datos de investigación, la inclusión de la dimensión de género en el contenido de la investigación o el impacto asociado al ámbito de la discapacidad y otras áreas de inclusión social.
Desempate. En los casos de solicitudes que obtengan igual puntuación, a efectos de resolver el empate, este se dirimirá a favor de la solicitud que tenga mayor puntuación en la valoración del criterio 1. Si aun así continuara el empate, éste se resolverá a favor de la solicitud que tenga mayor puntuación en la valoración del subcriterio 2.1 y en los subcriterios 2.2 y 2.3, por este orden. Si persistiera el empate, este se arbitrará finalmente a favor de la solicitud cuya investigadora principal sea mujer. Si continuará persistiendo, el empate se resolverá a favor de la solicitud que primero hubiera sido presentada o mediante sorteo celebrado ante el órgano instructor, según se determine en la convocatoria.
8. Actividades dirigidas a promover y mejorar la participación española en iniciativas europeas [artículo 7.2.b).1.º, i]
Convocatoria: Preparación y gestión de proyectos europeos
Criterios de Evaluación Puntuación 1. Calidad de la propuesta. 0-50 2. Estructura organizativa y equipo gestor. 0-35 3. Impacto. 0-15
1. Calidad de la propuesta. Se valorará la adecuación de la propuesta a los objetivos generales de la convocatoria, los objetivos de la actuación y su carácter estratégico; las metas fijadas en términos de consecución de retornos económicos para la entidad, las propuestas lideradas y empresas involucradas. También, se valorará el plan de trabajo y las actividades previstas; la viabilidad de la actuación; los recursos disponibles para la correcta ejecución de las actividades a desarrollar por la entidad; la idoneidad del presupuesto solicitado en relación con las actividades y objetivos a alcanzar.
2. Estructura organizativa y equipo gestor. Se valorará la idoneidad del modelo de organización propuesto para la consecución de los objetivos y la trayectoria y capacidad del equipo gestor, tanto de la persona responsable como de los miembros del equipo participante en la actuación.
3. Impacto. Se valorará el impacto de la actuación en términos económicos y de mejora de la capacidad científico-técnica de la entidad, el impacto de la actuación en el ámbito de adecuado balance de género, discapacidad y otras áreas de interés de inclusión social, así como en la generación de empleo y de valor añadido internacional.
Desempate. En los casos de solicitudes que obtengan igual puntuación, a efectos de resolver el empate, este se dirimirá a favor de la solicitud que tenga mayor puntuación en la valoración del criterio 1. Si aun así continuara el empate, este se resolverá a favor de la solicitud que tenga mayor puntuación en la valoración de los criterios 2 y 3, por este orden. Si continuará persistiendo, el empate se resolverá a favor de la solicitud que primero hubiera sido presentada o mediante sorteo celebrado ante el órgano instructor, según se determine en la convocatoria.
Convocatoria: Europa Excelencia
Criterios de Evaluación Puntuación 1. Calidad de la propuesta. 0-80 2. Impacto esperado de los resultados. 0-20
1. Calidad de la propuesta. Se valorará el carácter disruptivo de la propuesta, la novedad o interdisciplinariedad de los conceptos, enfoques o desarrollos propuestos; la adecuación de la propuesta al objetivo concreto del proyecto y la adopción de una metodología correcta para su consecución y el plan de trabajo.
2. Impacto esperado de los resultados. Se valorará la relevancia del impacto científico, técnico, social y económico esperado de los resultados para impulsar avances significativos en la generación de conocimiento científico técnico; el plan de comunicación científica de los resultados en términos de publicaciones, presentaciones y comunicaciones a congresos y otros foros, principalmente internacionales; el plan de trasferencia y valorización de resultados; la participación de usuarios finales en la propuesta; el impacto social y económico de las actividades previstas y el plan y alcance de divulgación de los resultados a la sociedad. En el caso en que resulte pertinente, se valorará el plan de gestión de datos de investigación, la inclusión de la dimensión de género en el contenido de la investigación o el impacto asociado al ámbito de la discapacidad y otras áreas de inclusión social.
Desempate. En los casos de solicitudes que obtengan igual puntuación, a efectos de resolver el empate, este se dirimirá a favor de la solicitud que tenga mayor puntuación en la valoración del criterio 1 y 2, por este orden. Si continuará persistiendo, el empate se resolverá a favor de la solicitud que primero hubiera sido presentada o mediante sorteo celebrado ante el órgano instructor, según se determine en la convocatoria.
9. Actuaciones dirigidas a la generación de conocimiento [artículo 7.2.c).1.º, i]
Convocatoria: Proyectos de investigación no orientada
Criterios de Evaluación Puntuación Umbral 1. Calidad y viabilidad de la propuesta. 0-50 40 1.1 Calidad de la propuesta. 0-30 1.2 Viabilidad de la propuesta 0-20 2. Calidad y trayectoria de los componentes del proyecto 0-30 20 3. Impacto científico, económico y social esperado de los resultados. 0-10 5 4. Adecuación del presupuesto solicitado. 0-10
1. Calidad y viabilidad de la propuesta
1.1 Calidad de la propuesta. Se valorará la idoneidad de la propuesta a las características y finalidad de la convocatoria y/o modalidad; la calidad científica, tecnológica e innovadora de la propuesta en términos de relevancia, claridad, novedad de la hipótesis de partida; la novedad, adecuación y contribución de los objetivos planteados a la generación de conocimiento. En el caso de proyectos presentados en forma coordinada se valorará, así mismo, la justificación y el valor añadido que la coordinación proporciona a la propuesta. Cuando sea pertinente se podrá valorar el carácter inter y multi disciplinar de la propuesta.
1.2 Viabilidad de la propuesta. Se valorará la definición, novedad e idoneidad de la metodología propuesta y la adecuación del plan de trabajo y del cronograma a la consecución de los objetivos propuestos. Se valorará la calidad e impacto de los resultados previos obtenidos relacionados con la temática de la propuesta que permitan avalar la viabilidad de la misma; la adecuación de la distribución de actividades entre los distintos miembros del equipo de investigación; la identificación de puntos críticos y planes de contingencia y los recursos humanos, materiales y de equipamiento disponibles para llevar a cabo la propuesta.
2. Calidad y trayectoria de los componentes del proyecto. Se valorará la calidad de las contribuciones científico-técnicas, su relevancia y contribución a la generación de conocimiento; la generación de ideas e hipótesis y resultados obtenidos; las aportaciones a la sociedad, tales como actividades de desarrollo tecnológico y de innovación, desarrollo de herramientas de software y los datos aportados en acceso abierto; las actividades de divulgación; la colaboración con la industria y con entidades públicas o privadas, así como con otros usuarios finales de la investigación y otros resultados obtenidos a lo largo de la trayectoria investigadora tanto del investigador/a o investigadores/as principales, como de los miembros del equipo de investigación; las colaboraciones previas entre los componentes del equipo de investigación en términos de publicaciones conjuntas o participación en proyectos y el grado de complementariedad entre ellos; la dirección y participación del investigador/a o investigadores/as principales en proyectos de I+D+i nacionales e internacionales; en contratos con entidades públicas o privadas y la experiencia en transferencia de tecnología; el grado de eficiencia en la gestión y en la utilización de recursos económicos en proyectos en curso o anteriores financiados por los Planes Estatales de I+D+i. Se valorará la idoneidad de la especialización y conocimientos de los componentes del proyecto a las actividades de la propuesta; la capacidad formativa del investigador/a principal y de los miembros del equipo de investigación acreditada por los resultados de formación de predoctorales, tesis doctorales realizadas o en curso; el desarrollo científico y/o profesional de los doctores egresados del equipo de investigación; el contexto científico-técnico y formativo que proporciona el equipo teniendo en cuenta el plan de formación propuesto. Se valorará la internacionalización de los componentes del equipo en términos de liderazgo o participación en consorcios y/o organizaciones científicas internacionales; colaboraciones con grupos internacionales de relevancia y cualquier otra experiencia internacional de relevancia.
3. Impacto científico, económico y social esperado de los resultados. Se valorara el impacto científico, técnico, social y económico esperado de los resultados para impulsar avances significativos en la generación de conocimiento científico técnico; el plan de comunicación científica de los resultados en términos de publicaciones, presentaciones y comunicaciones a congresos y otros foros principalmente internacionales; el impacto social y económico de las actividades previstas incluyendo el impacto en términos de empleo y generación de valor tangible e intangible para la economía, la sociedad, la cultura o las políticas públicas o cualquier otro aspecto que permita valorar el beneficio de las actividades propuestas a la sociedad; el plan y alcance de divulgación de los resultados a la sociedad, y el plan de valorización de los resultados En el caso en que resulte pertinente, se podrá valorar el plan de gestión de datos de investigación; la inclusión de la dimensión de género en el contenido de la investigación o el impacto asociado al ámbito de la discapacidad y otras áreas de inclusión social.
4. Adecuación del presupuesto solicitado. Se valorará la claridad, justificación y adecuación del presupuesto solicitado en relación con los objetivos a alcanzar y las actividades a desarrollar en el ámbito del proyecto.
Desempate. En los casos de solicitudes que obtengan igual puntuación, a efectos de resolver el empate, éste se dirimirá a favor de la solicitud que tenga mayor puntuación en la valoración del criterio 1. Si aun así continuara el empate, éste se resolverá a favor de la solicitud que tenga mayor puntuación en la valoración de los criterios 2, 3 y 4, por este orden. Si persistiera el empate, este se arbitrará a favor de la solicitud que tenga mayor porcentaje de mujeres participantes en el desarrollo del proyecto. Si continuará persistiendo, el empate se resolverá a favor de la solicitud que primero hubiera sido presentada o mediante sorteo celebrado ante el órgano instructor, según se determine en la convocatoria.
Convocatoria: Proyectos de investigación orientada
Criterios de Evaluación Puntuación Umbral 1. Calidad y viabilidad de la propuesta. 0-40 30 1.1 Calidad de la propuesta. 0-25 1.2 Viabilidad de la propuesta 0-15 2. Calidad y trayectoria de los componentes del proyecto 0-30 20 3. Impacto científico, económico y social esperado de los resultados. 0-20 10 4. Adecuación del presupuesto solicitado. 0-10
1. Calidad y viabilidad de la propuesta
1.1 Calidad de la propuesta. Se valorará la idoneidad de la propuesta a las características y finalidad de la convocatoria y/o modalidad; la calidad científica, tecnológica e innovadora de la propuesta en términos de relevancia, claridad, novedad de la hipótesis de partida; la novedad, adecuación y contribución de los objetivos planteados a la resolución de problemas concretos y vinculados a la prioridad temática del PEICTI 2021-2023 seleccionada. En el caso de proyectos presentados en forma coordinada se valorará, así mismo, la justificación y el valor añadido que la coordinación proporciona a la propuesta. Cuando sea pertinente se podrá valorar el carácter inter y multi disciplinar de la propuesta.
1.2 Viabilidad de la propuesta. Se valorará la definición, novedad e idoneidad de la metodología propuesta y la adecuación del plan de trabajo y del cronograma a la consecución de los objetivos propuestos. Se valorará la calidad e impacto de los resultados previos obtenidos relacionados con la temática de la propuesta que permitan avalar la viabilidad de la misma; la adecuación de la distribución de actividades entre los distintos miembros del equipo de investigación; la identificación de puntos críticos y planes de contingencia y los recursos humanos, materiales y de equipamiento disponibles para llevar a cabo la propuesta.
2. Calidad y trayectoria de los componentes del proyecto. Se valorará la calidad de las contribuciones científico-técnicas, su relevancia y contribución a la generación de conocimiento en el ámbito de la temática seleccionada; la generación de ideas e hipótesis y resultados obtenidos; las aportaciones a la sociedad, tales como actividades de desarrollo tecnológico y de innovación, desarrollo de herramientas de software y los datos aportados en acceso abierto; las actividades de divulgación; la colaboración con la industria y con entidades públicas o privadas, así como con otros usuarios finales de la investigación y otros resultados obtenidos a lo largo de la trayectoria investigadora, tanto del investigador/a o investigadores/as principales, como de los miembros del equipo de investigación; las colaboraciones previas entre los componentes del equipo de investigación en términos de publicaciones conjuntas o participación en proyectos y el grado de complementariedad entre ellos; la dirección y participación del investigador/a o investigadores/as principales, en proyectos de I+D+i nacionales e internacionales; los contratos con entidades públicas o privadas y la experiencia en transferencia de tecnología; el grado de eficiencia en la gestión y en la utilización de recursos económicos en proyectos en curso o anteriores financiados por los Planes Estatales de I+D+i. Se valorará la idoneidad de la especialización y conocimientos de los componentes del proyecto a las actividades de la propuesta; la capacidad formativa del investigador/a principal y de los miembros del equipo de investigación acreditada por los resultados de formación de predoctorales, tesis doctorales realizadas o en curso, el desarrollo científico y/o profesional de los doctores egresados del equipo de investigación; el contexto científico-técnico y formativo que proporciona el equipo teniendo en cuenta el plan de formación propuesto. Se valorará la internacionalización de los componentes del equipo en términos de liderazgo o participación en consorcios y/o organizaciones científicas internacionales; colaboraciones con grupos internacionales de relevancia y cualquier otra experiencia internacional de relevancia.
3. Impacto científico, económico y social esperado de los resultados. Se valorará el impacto científico, técnico, social y económico esperado de los resultados para impulsar avances significativos en la generación de conocimiento científico técnico en el ámbito de la prioridad temática seleccionado; el plan de comunicación científica de los resultados en términos de publicaciones, presentaciones y comunicaciones a congresos y otros foros principalmente internacionales, incluyendo aspectos de acceso abierto; el plan de trasferencia y valorización de resultados; la participación de usuarios finales en la propuesta; el impacto social y económico de las actividades previstas incluyendo el impacto en términos de empleo y generación de valor tangible e intangible para la economía, la sociedad, la cultura o las políticas públicas o cualquier otro aspecto que permita valorar el beneficio de las actividades propuestas a la sociedad y el plan y alcance de divulgación de los resultados a la sociedad. En el caso en que resulte pertinente, se podrá valorar el plan de gestión de datos de investigación; la inclusión de la dimensión de género en el contenido de la investigación o el impacto asociado al ámbito de la discapacidad y otras áreas de inclusión social.
4. Adecuación del presupuesto solicitado. Se valorará la claridad, justificación y adecuación del presupuesto solicitado en relación con los objetivos a alcanzar y las actividades a desarrollar en el ámbito del proyecto.
Desempate. En los casos de solicitudes que obtengan igual puntuación, a efectos de resolver el empate, éste se dirimirá a favor de la solicitud que tenga mayor puntuación en la valoración del criterio 1. Si aun así continuara el empate, éste se resolverá a favor de la solicitud que tenga mayor puntuación en la valoración de los criterios 2, 3 y 4, por este orden. Si persistiera el empate, este se arbitrará a favor de la solicitud que tenga mayor porcentaje de mujeres participantes en el desarrollo del proyecto. Si continuará persistiendo, el empate se resolverá a favor de la solicitud que primero hubiera sido presentada o mediante sorteo celebrado ante el órgano instructor, según se determine en la convocatoria.
10. Actuaciones dirigidas a proyectos estratégicos [artículo 7.2.c).1.º, ii]
Convocatoria: Proyectos estratégicos orientados a la transición ecológica y transición digital
Criterios de Evaluación Puntuación Umbral 1. Calidad y viabilidad de la propuesta. 0-40 30 1.1 Calidad de la propuesta. 0-25 1.2 Viabilidad de la propuesta 0-15 2. Calidad y trayectoria de los componentes del proyecto 0-20 15 3. Impacto científico, económico y social esperado de los resultados. 0-30 20 4. Adecuación del presupuesto solicitado. 0-10
1. Calidad y viabilidad de la propuesta.
1.1 Calidad de la propuesta. Se valorará la idoneidad de la propuesta a las características y finalidad de la convocatoria; la calidad científica, tecnológica e innovadora de la propuesta en términos de relevancia, claridad, novedad de la hipótesis de partida; la relevancia, claridad, novedad y pertinencia de los objetivos científico-técnicos en relación con su contribución a los ámbitos de la transición ecológica y/o de la transición digital y el carácter ínter y multidisciplinar de la propuesta. En el caso de proyectos presentados en forma coordinada se valorará, así mismo, la justificación y el valor añadido que la coordinación proporciona a la propuesta.
1.2 Viabilidad de la propuesta. Se valorará la definición, novedad e idoneidad de la metodología propuesta y la adecuación de la misma a los objetivos del proyecto; la adecuación del plan de trabajo y del cronograma a la consecución de los objetivos propuestos; La adecuación de la distribución de actividades entre los distintos miembros del equipo de investigación; la identificación de puntos críticos y planes de contingencia, así como los recursos humanos, materiales y de equipamiento disponibles para llevar a cabo la propuesta. Se valorará igualmente la calidad e impacto de los resultados previos obtenidos por los componentes del proyecto relacionados con la temática de la propuesta que permitan avalar la viabilidad de la misma.
2. Calidad y trayectoria de los componentes del proyecto. Se valorará la calidad de las contribuciones científico-técnicas, su relevancia y contribución a la generación de conocimiento en el ámbito de la transición ecológica y/o transición digital; la generación de ideas e hipótesis y resultados obtenidos; las aportaciones a la sociedad, tales como actividades de desarrollo tecnológico y de innovación, desarrollo de herramientas de software y los datos aportados en acceso abierto; las actividades de divulgación; la colaboración con la industria y con entidades públicas o privadas, así como con otros usuarios finales de la investigación y otros resultados obtenidos a lo largo de la trayectoria investigadora tanto del investigador/a o investigadores/as principales, como las de los miembros del equipo de investigación relacionados con la transición ecológica y/o transición digital. Igualmente, se valorarán las colaboraciones previas entre los componentes del equipo de investigación en términos de publicaciones conjuntas o colaboraciones en proyectos y el grado de complementariedad entre ellos; la dirección y participación del investigador/a o investigadores/as principales en proyectos de I+D+i nacionales e internacionales, contratos tanto públicos como privados y la experiencia en transferencia de tecnología; el grado de eficiencia en la gestión y en la utilización de recursos económicos en proyectos en curso o anteriores financiadas por los Planes Estatales de I+D+i. Se valorará la internacionalización de los componentes del equipo en términos de liderazgo o participación en consorcios y/o organizaciones científicas internacionales; colaboraciones con grupos internacionales de relevancia y cualquier otra experiencia internacional de relevancia.
3. Impacto científico, económico y social esperado de los resultados. Se valorará el impacto científico, técnico, social y económico esperado de los resultados para impulsar avances significativos en la generación de conocimiento científico técnico en el ámbito de la transición ecológica y/o digital; el plan de comunicación científica de los resultados en términos de publicaciones, presentaciones y comunicaciones a congresos y otros foros principalmente internacionales incluyendo aspectos de acceso abierto. Se valorará el plan de trasferencia y valorización de resultados; la participación de usuarios finales en la propuesta; el impacto social y económico de las actividades previstas y el plan y alcance de divulgación de los resultados a la sociedad. En el caso en que resulte pertinente se podrá valorar el plan de gestión de datos de investigación; la inclusión de la dimensión de género en el contenido de la investigación y/o el impacto asociado al ámbito de la discapacidad y otras áreas de inclusión social.
4. Adecuación del presupuesto solicitado. Se valorará la claridad, justificación y adecuación del presupuesto solicitado en relación con los objetivos a alcanzar y actividades a desarrollar en el ámbito del proyecto.
Desempate. En los casos de solicitudes que obtengan igual puntuación, a efectos de resolver el empate, este se dirimirá a favor de la solicitud que tenga mayor puntuación en la valoración del criterio 1. Si aun así continuara el empate, éste se resolverá a favor de la solicitud que tenga mayor puntuación en la valoración de los criterios 3, 2 y 4, por este orden. Si persistiera el empate, este se arbitrará a favor de la solicitud que tenga mayor porcentaje de mujeres participantes en el desarrollo del proyecto. Si continuará persistiendo, el empate se resolverá a favor de la solicitud que primero hubiera sido presentada o mediante sorteo celebrado ante el órgano instructor, según se determine en la convocatoria.
Convocatoria: Proyectos estratégicos dirigidos al sector público
Criterios de Evaluación Puntuación Umbral 1. Calidad y viabilidad de la propuesta. 0-40 30 1.1 Calidad de la propuesta. 0-25 1.2 Viabilidad de la propuesta 0-15 2. Calidad y trayectoria de los componentes del proyecto. 0-20 15 3. Impacto científico, económico y social esperado de los resultados. 0-30 20 4. Adecuación del presupuesto solicitado. 0-10
1. Calidad y viabilidad de la propuesta.
1.1 Calidad de la propuesta. Se valorará la idoneidad de la propuesta a las características y finalidad de la convocatoria; la calidad científica, tecnológica e innovadora de la propuesta en términos de relevancia, claridad, novedad de la hipótesis de partida; la relevancia, claridad, novedad y pertinencia de los objetivos científico-técnicos en relación con su contribución al ámbito de la línea estratégica y/o tema seleccionado y el carácter ínter y multidisciplinar de la propuesta. En el caso de proyectos presentados en forma coordinada se valorará, así mismo, la justificación y el valor añadido que la coordinación proporciona a la propuesta.
1.2 Viabilidad de la propuesta. Se valorará la definición, novedad e idoneidad de la metodología propuesta y la adecuación de la misma a los objetivos del proyecto; la adecuación del plan de trabajo y del cronograma a la consecución de los objetivos propuestos; la adecuación de la distribución de actividades entre los distintos miembros del equipo de investigación; la identificación de puntos críticos y planes de contingencia, así como los recursos humanos, materiales y de equipamiento disponibles para llevar a cabo la propuesta. Se valorará igualmente la calidad e impacto de los resultados previos obtenidos por los componentes del proyecto relacionados con la temática de la propuesta que permitan avalar la viabilidad de la misma.
2. Calidad y trayectoria de los componentes del proyecto. Se valorará la calidad de las contribuciones científico-técnicas, su relevancia y contribución a la generación de conocimiento en el ámbito de la línea estratégica seleccionada; la generación de ideas e hipótesis y resultados obtenidos; las aportaciones a la sociedad, tales como actividades de desarrollo tecnológico y de innovación, desarrollo de herramientas de software y los datos aportados en acceso abierto; las actividades de divulgación; la colaboración con la industria y con entidades públicas o privadas, así como con otros usuarios finales de la investigación y otros resultados obtenidos a lo largo de la trayectoria investigadora tanto del investigador/a o investigadores/as principales, como las de los miembros del equipo de investigación en el ámbito de la línea estratégica y/o tema seleccionada. Se valorarán igualmente las colaboraciones previas entre los componentes del equipo de investigación en términos de publicaciones conjuntas o colaboraciones en proyectos y el grado de complementariedad entre ellos; la dirección y participación del investigador/a o investigadores/as principales en proyectos de I+D+i nacionales e internacionales, en contratos tanto públicos como privados y la experiencia en transferencia de tecnología. Se valorará también la internacionalización de los componentes del equipo en términos de liderazgo o participación en consorcios y/o organizaciones científicas internacionales; colaboraciones con grupos internacionales de relevancia y cualquier otra experiencia internacional de relevancia.
3. Impacto científico, económico y social esperado de los resultados. Se valorará el impacto científico, técnico, social y económico esperado de los resultados para impulsar avances significativos en la generación de conocimiento científico técnico en el ámbito de la línea estratégica y/o tema seleccionado; el plan de comunicación científica de los resultados en términos de publicaciones, presentaciones y comunicaciones a congresos y otros foros principalmente internacionales, incluyendo aspectos de acceso abierto. Se valorará el plan de trasferencia y valorización de resultados; la participación de usuarios finales en la propuesta; el impacto social y económico de las actividades previstas y el plan y alcance de divulgación de los resultados a la sociedad. En el caso en que resulte pertinente, se podrá valorar el plan de gestión de datos de investigación; la inclusión de la dimensión de género en el contenido de la investigación o el impacto asociado al ámbito de la discapacidad y otras áreas de inclusión social, el impacto del proyecto a la mejora de la sostenibilidad ambiental, reducción en el uso de recursos naturales, mejora de la eficiencia, contribución a una economía circular, y la lucha contra el cambio climático.
4. Adecuación del presupuesto solicitado. Se valorará la claridad, justificación y adecuación del presupuesto solicitado en relación con los objetivos a alcanzar y actividades a desarrollar en el ámbito del proyecto.
Desempate. En los casos de solicitudes que obtengan igual puntuación, a efectos de resolver el empate, este se dirimirá a favor de la solicitud que tenga mayor puntuación en la valoración del criterio 1. Si aun así continuara el empate, éste se resolverá a favor de la solicitud que tenga mayor puntuación en la valoración de los criterios 3, 2 y 4, por este orden. Si persistiera el empate, este se arbitrará a favor de la solicitud que tenga mayor porcentaje de mujeres participantes en el desarrollo del proyecto. Si continuará persistiendo, el empate se resolverá a favor de la solicitud que primero hubiera sido presentada o mediante sorteo celebrado ante el órgano instructor, según se determine en la convocatoria.
Convocatoria: Proyectos estratégicos dirigidos a la colaboración público-privada
Criterios de Evaluación Puntuación Umbral 1. Calidad, viabilidad y potencial de transferencia de la propuesta. 0-40 30 2. Capacidad científico-técnica y económica del consorcio. 0-20 3. Impacto esperado de los resultados. 0-30 20 4. Adecuación del presupuesto solicitado. 0-10
1. Calidad, viabilidad y potencial de transferencia de la propuesta. Se valorará la calidad técnica, innovadora de la propuesta y su idoneidad a las características y finalidad la convocatoria, y en particular la adecuación de la propuesta a la línea estratégica y/o tema elegido; la claridad, originalidad y justificación de los objetivos perseguidos; la definición e idoneidad de la metodología, el plan de trabajo y su potencial innovador, así como el carácter ínter y multidisciplinar de la propuesta. Se valorará la viabilidad de la propuesta, incluyendo la identificación de puntos críticos y planes de contingencia, así como los recursos disponibles y la adecuada distribución de tareas entre los miembros del consorcio. Se valorará el potencial de transferencia de la propuesta. Se valorará el grado de madurez tecnológica del proyecto y el tiempo previsible para su explotación o llegada al mercado o de transferencia y exploración de resultados.
2. Capacidad científico-técnica y económica del consorcio. Se valorará la capacidad científico-técnica y la experiencia previa de los componentes del consorcio y su adecuación a los objetivos y actividades propuestas; la interdisciplinariedad y complementariedad de los miembros del consorcio; la capacidad de liderazgo del/de la coordinador/a para llevar a cabo los objetivos del proyecto, considerando su experiencia en la gestión y liderazgo de proyectos de I+D+i nacionales e internacionales, u otras colaboraciones con entidades nacionales e internacionales. Se valorará la capacidad económica del consorcio para la ejecución de la propuesta y la explotación de los resultados.
3. Impacto esperado de los resultados. Se valorará el impacto científico técnico, social y económico esperado en relación con lo descrito en el tema elegido, para impulsar avances significativos en el ámbito científico, en el desarrollo tecnológico y la innovación en el campo de aplicación al que se dirige; la concreción y adecuación del plan de implementación, la definición y claridad de los planes y estrategias de protección de la propiedad industrial e intelectual (DPI), el plan propuesto para la explotación de resultados esperados y la orientación y cercanía al mercado, así como los estudios de análisis y previsión de mercados y la generación y explotación de patentes y/o modelos de utilidad; los planes de difusión y divulgación de los resultados del proyecto, incluyendo aspectos de acceso abierto. Se valorará el impacto del proyecto a la mejora de la sostenibilidad ambiental, reducción en el uso de recursos naturales, mejora de la eficiencia, contribución a una economía circular, y la lucha contra el cambio climático. Así mismo, se valorará el potencial de la propuesta para la creación de empleo directo de los miembros del consorcio; el impacto que pueda derivarse de la propuesta en términos de generar valor tangible e intangible para la economía, la sociedad, la cultura o las políticas públicas, la inversión privada movilizada por el proyecto. En aquellos casos que así lo requieran, se valorará la inclusión de la dimensión de género en el contenido de la investigación o el impacto asociado al ámbito de la discapacidad y otras áreas de inclusión social.
4. Adecuación del presupuesto solicitado. Se valorará la adecuación del presupuesto solicitado en relación con los objetivos a alcanzar y actividades a desarrollar en el ámbito del proyecto; la adecuación de los medios materiales y humanos necesarios, así como el porcentaje y las actividades objeto de subcontratación.
Desempate. En los casos de solicitudes que obtengan igual puntuación, a efectos de resolver el empate, este se dirimirá a favor de la solicitud que tenga mayor puntuación en la valoración del criterio 1. Si aun así continuara el empate, éste se resolverá a favor de la solicitud que tenga mayor puntuación en la valoración de los criterios 3 y 2, por este orden. Si continuará persistiendo, el empate se resolverá a favor de la solicitud que primero hubiera sido presentada o mediante sorteo celebrado ante el órgano instructor, según se determine en la convocatoria.
11. Actuaciones dirigidas a la generación de sinergias entre grupos de investigación de distintas instituciones con el objetivo la creación de redes de investigación para promover la complementariedad de capacidades y optimizar los recursos de investigación existentes [artículo 7.2.c).1.º, iii]
Convocatoria: Redes de investigación
Criterios de Evaluación Puntuación 1. Calidad y viabilidad de la propuesta. 0-40 2. Calidad y trayectoria de los componentes del proyecto. 0-30 3. Impacto esperado de los resultados. 0-30
1. Calidad y viabilidad de la propuesta. Se valorará la idoneidad de la propuesta a las características y finalidad de la convocatoria; la calidad científica, tecnológica e innovadora de la propuesta; la relevancia, claridad, novedad y pertinencia de los objetivos científico-técnicos y el carácter ínter y multidisciplinar de la propuesta; la definición e idoneidad de la metodología propuesta, así como la adecuación del plan de trabajo y del cronograma a la consecución de los objetivos propuestos; la adecuación de la distribución de actividades entre los distintos miembros de la red; la identificación de puntos críticos y planes de contingencia, así como los recursos humanos y materiales disponibles, tanto por parte de la entidad coordinadora como de la red globalmente, para llevar a cabo la propuesta.
2. Calidad y trayectoria de los componentes del proyecto. Se valorará para el coordinador de la red y todos los componentes de la misma la calidad de las contribuciones científico-técnicas, su relevancia y contribución a la generación de conocimiento; la generación de ideas e hipótesis y los resultados obtenidos; las aportaciones a la sociedad, tales como actividades de desarrollo tecnológico y de innovación; el desarrollo de herramientas de software; la aportación de datos en acceso abierto; las actividades de divulgación; la colaboración con la industria y con entidades públicas y privadas, así como con otros usuarios finales de la investigación; las colaboraciones previas entre los miembros de la Red y el grado de complementariedad entre los mismos. Así mismo, se valorará cualquiera otro resultado científico y tecnológico obtenido a lo largo de la trayectoria investigadora de los componentes de la red.
3. Impacto esperado de los resultados. Se valorará el impacto científico y técnico esperado de los resultados para impulsar avances significativos en la generación de conocimiento científico y técnico; la generación de sinergias entre los componentes de la red, y el plan de comunicación científica y divulgación a la sociedad de los resultados.
Desempate. En los casos de solicitudes que obtengan igual puntuación, a efectos de resolver el empate, este se dirimirá a favor de la solicitud que tenga mayor puntuación en la valoración del criterio 1. Si aun así continuara el empate, éste se resolverá a favor de la solicitud que tenga mayor puntuación en la valoración de los criterios 2 y 3, por este orden. Si persistiera el empate, este se arbitrará a favor de la solicitud que tenga mayor porcentaje de mujeres participantes en el desarrollo de la actividad. Si continuará persistiendo, el empate se resolverá a favor de la solicitud que primero hubiera sido presentada o mediante sorteo celebrado ante el órgano instructor, según se determine en la convocatoria.
12. La generación de sinergias entre todos los agentes del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación, con el fin de impulsar el dialogo y la colaboración público-privada [artículo 7.2.c).2.º, i]
Convocatoria: Plataformas tecnológicas y de innovación
Criterios de Evaluación Puntuación 1. Oportunidad estratégica de la actuación. 0-30 2. Estructura, organización e integración de los agentes del Sistema Español de Ciencia Tecnología e Innovación. 0-30 3. Desarrollo y alcance de la actuación. 0-20 4. Proyección internacional. 0-20
1. Oportunidad estratégica de la actuación. Se valorará la claridad y justificación del objetivo general y objetivos específicos de la actuación; la alineación de la misma con las prioridades temáticas del PEICTI; el carácter estatal de la actuación y la oportunidad y justificación de la necesidad de la misma.
2. Estructura, organización e integración de los agentes del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación. Se valorará la estructura y funcionamiento de la actuación, sus órganos de gobierno, el grado de participación empresarial, así como la integración y representatividad de todos los agentes del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e innovación; la experiencia de la entidad solicitante y su papel dentro de la actuación propuesta.
3. Desarrollo y alcance de la actuación. Se valorará la justificación; idoneidad y planificación de las actividades propuestas para alcanzar los objetivos planteados; las actividades encaminadas a fomentar la participación en programas de I+D+i nacionales, y la justificación y adecuación del presupuesto presentado.
4. Proyección internacional. Se valorarán las actividades para fomentar la participación en programas de I+D+i internacionales, así como la interacción y/o colaboración con otras plataformas, organizaciones e iniciativas internacionales.
Desempate. En los casos de solicitudes que obtengan igual puntuación, y a efectos de resolver el empate, este se dirimirá a favor de la solicitud que tenga mayor puntuación en la valoración del criterio 1. Si aun así continuara el empate, éste se resolverá a favor de la solicitud que tenga mayor puntuación en la valoración de los criterios 2, 3 y 4. Si persistiera el empate, este se arbitrará a favor de la solicitud que tenga mayor porcentaje de mujeres participantes en el desarrollo del proyecto. Si continuará persistiendo, el empate se resolverá a favor de la solicitud que primero hubiera sido presentada o mediante sorteo celebrado ante el órgano instructor, según se determine en la convocatoria.
13. Actividades transferencia de conocimiento y explotación de los resultados generados en proyectos de investigación [artículo 7.2.c).2.º, ii]
Convocatoria: Prueba de concepto
Criterios de Evaluación Puntuación Umbral 1. Calidad, viabilidad y potencial de transferencia de la propuesta. 0-40 30 2. Capacidad de los componentes del proyecto. 0-20 3. Impacto esperado de la propuesta. 0-30 4. Adecuación del presupuesto solicitado. 0-10
1. Calidad, viabilidad y potencial de transferencia de la propuesta. Se valorará la adecuación de la propuesta a las características y finalidad la convocatoria en cuanto a los objetivos perseguidos en la misma; la calidad de la propuesta así como su novedad con respecto al estado del arte que aportarían los productos, bienes, aplicaciones o beneficios para la economía, la sociedad, la cultura o las políticas públicas, que pudieran derivarse de esta prueba de concepto; la viabilidad de la propuesta, teniendo en cuenta la organización de las tareas y los recursos disponibles para su ejecución, las medidas de identificación de riesgos y los planes de contingencia, la definición, contenido e idoneidad de la metodología propuesta, y la adecuación del plan de implementación. Se valorarán las actividades propuestas para progresar en las primeras etapas del desarrollo pre-competitivo y el grado de madurez tecnológica del proyecto, considerando el plan y tiempo previsibles para su transferencia, explotación o llegada al mercado.
2. Capacidad de los componentes del proyecto. Se valorará la experiencia previa del investigador/a o investigadores/as principales y del equipo de investigación en la ejecución de proyectos y contratos de I+D+i nacionales e internacionales; la calidad de las contribuciones y logros científico-técnicos alcanzados y la capacidad de liderazgo para llevar a cabo los objetivos y actividades del proyecto. Igualmente, se valorará la capacidad y experiencia demostrada en actividades de transferencia de conocimientos, en la gestión de la propiedad industrial e intelectual o en la explotación de resultados; el conocimiento del sector empresarial u otros usuarios finales en el campo de aplicación al que se dirige la propuesta. Se valorarán también las previsiones de realización de actividades de formación, mentorización, asesoría en materia de valorización y transferencia de conocimiento y, en su caso, de colaboración con empresas o entidades para la validación de los resultados.
3. Impacto esperado de la propuesta. Se valorará el impacto esperado de las aplicaciones o beneficios derivados del proyecto para impulsar avances significativos en el desarrollo tecnológico y la innovación en el campo de aplicación al que se dirige, así como el impacto que pueda derivarse en términos de generar valor tangible e intangible para la economía, la sociedad, la cultura o las políticas pública; la claridad y concreción de los planes y estrategias de protección de propiedad industrial e intelectual o de transferencia y exploración de resultados, incluidos posibles planes de negocio; el plan para establecer colaboraciones con empresas u otros usuarios finales, así como el interés potencial de éstos en el desarrollo del proyecto y la explotación de sus resultados. Se valorarán los planes de difusión y divulgación de los resultados del proyecto, En aquellos casos que así lo requieran, se podrá valorar la inclusión de la dimensión de género en el contenido de la investigación o el impacto asociado al ámbito de la discapacidad y otras áreas de inclusión social,el impacto del proyecto a la mejora de la sostenibilidad ambiental, reducción en el uso de recursos naturales, mejora de la eficiencia, contribución a una economía circular, y la lucha contra el cambio climático
4. Adecuación del presupuesto solicitado. Se valorará la adecuación y correcta justificación del presupuesto solicitado a la finalidad de la prueba de concepto y a la consecución de los objetivos y las actividades propuestos.
Desempate. En los casos de solicitudes que obtengan igual puntuación, y a efectos de resolver el empate, este se dirimirá a favor de la solicitud que tenga mayor puntuación en la valoración del criterio 1. Si aun así continuara el empate, éste se resolverá a favor de la solicitud que tenga mayor puntuación en la valoración de los criterios 3 y 2, por este orden. Si persistiera el empate, este se arbitrará a favor de la solicitud que tenga mayor porcentaje de mujeres participantes en el desarrollo del proyecto. Si continuará persistiendo, el empate se resolverá a favor de la solicitud que primero hubiera sido presentada o mediante sorteo celebrado ante el órgano instructor, según se determine en la convocatoria.
14. Actuaciones dirigidas a la colaboración público-privada mediante el desarrollo de proyectos en una fase de trasferencia de conocimiento [artículo 7.2.c).2.º, iii]
Convocatoria: Proyectos en colaboración público-privada
Criterios de Evaluación Puntuación 1. Calidad, viabilidad y potencial de transferencia de la propuesta. 0-40 2. Capacidad científico-técnica y económica del consorcio. 0-20 3. Impacto esperado de los resultados. 0-30 4. Adecuación del presupuesto solicitado. 0-10
1. Calidad, viabilidad y potencial de transferencia de la propuesta. Se valorará la calidad técnica e innovadora de la propuesta y su adecuación a las características y finalidad la convocatoria; la claridad y justificación de los objetivos perseguidos, así como la novedad con respecto al estado del arte que aportarían los productos, bienes, aplicaciones o beneficios para la economía, la sociedad, la cultura o las políticas públicas, que pudieran derivarse del proyecto; el carácter ínter y multidisciplinar de la propuesta. Se valorará también la viabilidad de la propuesta, incluidas la adecuada distribución de las tareas entre los miembros del consorcio y los recursos disponibles para el desarrollo del proyecto; las medidas de identificación de riesgos y los planes de contingencia; la definición, contenido e idoneidad de la metodología y plan de trabajo propuesto, y la adecuación del plan de implementación. Se valorarán las actividades propuestas para progresar en las primeras etapas del desarrollo pre-competitivo del proyecto, su grado de madurez tecnológica y el plan y tiempo previsibles para su transferencia, explotación o llegada al mercado.
2. Capacidad científico-técnica y económica del consorcio. Se valorará la capacidad científico-técnica y la experiencia previa de los participantes en el consorcio y su adecuación a los objetivos y actividades propuestas; la interdisciplinariedad y complementariedad de los miembros del consorcio; la capacidad de liderazgo de la entidad coordinadora para llevar a cabo los objetivos del proyecto y la experiencia en la gestión y liderazgo de proyectos y contratos de I+D+i, nacionales e internacionales, así como las colaboraciones y relaciones con entidades internacionales. Se valorará igualmente la capacidad económica del consorcio para la ejecución de la propuesta y la explotación de los resultados.
3. Impacto esperado de los resultados. Se valorará el impacto esperado de las aplicaciones o beneficios derivados del proyecto para impulsar avances significativos en el desarrollo tecnológico y la innovación en el campo de aplicación al que se dirige, así como el impacto que pueda derivarse en términos de generar valor tangible e intangible para la economía, la sociedad, la cultura o las políticas públicas; la claridad y concreción de los planes y estrategias de protección de propiedad industrial e intelectual o de transferencia y exploración de resultados, incluidos posibles planes de negocio; el plan para establecer colaboraciones con empresas u otros usuarios finales, así como el interés potencial de éstos en el desarrollo del proyecto y la explotación de sus resultados; el plan propuesto para la explotación de resultados esperados y la orientación y cercanía al mercado, los estudios de análisis y previsión de mercados y la generación y explotación de modelos de utilidad. Se valorará el impacto del proyecto a la mejora de la sostenibilidad ambiental, reducción en el uso de recursos naturales, mejora de la eficiencia, contribución a una economía circular, y la lucha contra el cambio climático. Se valorarán igualmente los planes de difusión y divulgación de los resultados del proyecto. Se valorará el potencial de la propuesta para la creación de empleo directo de los miembros del consorcio; la inversión privada movilizada por el proyecto. En aquellos casos que así lo requieran, se podrá valorar la inclusión de la dimensión de género en el contenido de la investigación o el impacto asociado al ámbito de la discapacidad y otras áreas de inclusión social.
4. Adecuación del presupuesto solicitado. Se valorará la adecuación y correcta justificación del presupuesto solicitado a la finalidad de la actuación y a la consecución de los objetivos y las actividades propuestos. Se valorará la adecuación de los medios materiales y humanos necesarios, tanto de las empresas, como de las entidades públicas de I+D+ participantes, así como el porcentaje y las actividades objeto de subcontratación.
Desempate. En los casos de solicitudes que obtengan igual puntuación, y a efectos de resolver el empate, este se dirimirá a favor de la solicitud que tenga mayor puntuación en la valoración del criterio 1. Si aun así continuara el empate, éste se resolverá a favor de la solicitud que tenga mayor puntuación en la valoración de los criterios 3, 2 y 4, por este orden. Si persistiera el empate, este se arbitrará a favor de la solicitud que tenga mayor porcentaje de mujeres participantes en el desarrollo del proyecto. Si continuará persistiendo, el empate se resolverá a favor de la solicitud que primero hubiera sido presentada o mediante sorteo celebrado ante el órgano instructor, según se determine en la convocatoria.
15. Actuaciones para la acreditación y el fortalecimiento de los centros y unidades excelentes [artículo 7.2.c).3.º, i]
Convocatoria: Centros de Excelencia “Severo Ochoa” y Unidades de Excelencia “María de Maeztu”
Fase 1. Evaluación del/de la investigador/a garante
Criterios de Evaluación Puntuación Umbral 1. Calidad científico-técnica del/ de la Investigador/a Garante. 0-10 9
Fase 2. Evaluación de la propuesta
Criterios de Evaluación Puntuación Umbral 1. Memoria de actividades científicas. 0-50 40 1.1 Modelo de organización, equipo humano, medios materiales y capacidades de investigación, desarrollo experimental, formación y gestión. 0-20 1.2 Resultados de investigación. 0-20 1.3 Liderazgo internacional. 0-10 2. Plan estratégico/programa estratégico de investigación. 0-50 40 2.1 Objetivos estratégicos del plan/programa. Actividades de investigación. Viabilidad del plan/programa. 0-30 25 2.2 Actividades transversales. Formación e incorporación de recursos humanos. Internacionalización. Explotación y difusión de resultados. Efecto tractor. 0-20
Fase 1. Evaluación del/de la investigador/a garante.
1. Calidad científico-técnica del/ de la investigador/a garante. Para cada uno de los investigadores/as propuestos como Investigador/a Garante se valorará su calidad científico-técnica, impacto y capacidad de liderazgo. Se valorará el reconocimiento nacional e internacional de cada investigador/a por la obtención de premios o reconocimientos otorgados a título individual por una institución de ámbito nacional y/o internacional. Se valorará la excelencia y el impacto de sus aportaciones científicas en forma de publicaciones, conferencias científicas internacionales de prestigio o de cualquier otro resultado de la investigación (patentes en explotación, software, contratos etc.) de alto impacto y altamente relevante internacionalmente. Se valorará el liderazgo en proyectos europeos del Programa Marco de I+D+i; en ayudas de convocatorias del European Research Council, en todas sus modalidades; en la coordinación de proyectos de H2020 o de Horizonte Europa, o en grandes colaboraciones internacionales. Se valorará la participación en comités de evaluación de las convocatorias de ayudas del European Research Council y la pertenencia a comités editoriales de revistas científicas internacionales de prestigio o a organizaciones científicas internacionales a las que se accede en base a méritos, así como otros méritos derivados de la I+D+i que se consideren de especial relevancia internacional. En términos generales, se espera que el investigador/a garante se encuentre dentro del 10 % de investigadores/as más destacados en su área de especialización a nivel global.
Fase 2. Evaluación de la propuesta.
1. Memoria de actividades científicas y tecnológicas.
1.1 Modelo de organización, equipo humano, medios materiales y capacidades de investigación, desarrollo experimental, formación y gestión. Se valorará: La organización científica del centro o la unidad y el plan estratégico realizado por el centro, en su caso, o las líneas de investigación llevadas a cabo por los investigadores/as que integren el centro o la unidad, ambos durante el periodo de referencia establecido por la convocatoria; la coherencia, sinergias y grado de complementariedad o integración existente en las actividades de investigación, en virtud de la existencia de un objetivo científico tecnológico conjunto; la experiencia y liderazgo científico-tecnológico del equipo humano; el tamaño del centro o la unidad y masa crítica; los medios materiales en relación a la existencia de la infraestructura y el equipamiento necesarios para el desarrollo de investigación de alto nivel, así como la disponibilidad y acceso, en su caso, a instalaciones e infraestructuras científicas nacionales e internacionales; la adecuación del equipo humano y los medios materiales existentes a los objetivos científico-tecnológicos del centro o unidad; las actuaciones de formación, con especial referencia a aquellas de ámbito internacional, incluyendo los recursos, prácticas y criterios de selección aplicados por el centro y, en su caso, por la unidad; los mecanismos internos del centro o de la unidad para el impulso de la carrera investigadora y tecnológica, incluyendo las actuaciones relacionadas con la atracción y retención de talento; la Igualdad de género (en la participación de mujeres y hombres); el modelo de organización y gestión en el centro o unidad en relación con su organización científica, el plan estratégico realizado o con las líneas de investigación, ambos en relación con la consecución de los objetivos científicos comunes; la financiación del centro/unidad.
1.2 Resultados de investigación. Se valorará: Las contribuciones científico-tecnológicas más relevantes del centro o unidad en relación a su capacidad para generar resultados en el estado del arte y en el liderazgo o colaboración internacional, y su impacto; las publicaciones científicas, proyectos, contratos y programas desarrollados, incluyendo su nivel de financiación, tanto a nivel regional, nacional, europeo e internacional, pública o privada; las patentes y otras formas de propiedad industrial e intelectual, incluidas las realizadas en colaboración con otras instituciones o con el sector empresarial; las aportaciones a la sociedad tales como actividades de desarrollo tecnológico y de innovación, desarrollo de herramientas de software, las actividades en materia de transferencia de conocimiento, y el desarrollo de nuevas aplicaciones; las actividades de difusión y divulgación científico-tecnológica y cualquier otro resultado de investigación significativo.
1.3 Liderazgo internacional. Se valorará: El posicionamiento del centro o de la unidad respecto a otros centros de excelencia a nivel internacional; los premios y otros reconocimientos de prestigio internacional, incluyendo las ayudas del European Research Council (ERC). la organización de congresos y reuniones científicas internacionales relevantes, y las invitaciones a conferencias internacionales de alto nivel científico; el liderazgo de proyectos internacionales y cualquier otra actividad científico-técnica de ámbito internacional liderada por el centro o la unidad.
2. Plan estratégico/Programa estratégico de investigación.
2.1 Objetivos estratégicos del plan/programa. Actividades de investigación. Viabilidad del plan/programa. Se valorará: La claridad, novedad y justificación de los objetivos planteados en el Plan Estratégico/Programa Estratégico de Investigación; las actuaciones e iniciativas previstas encaminadas a la consecución de dichos objetivos en relación con el fortalecimiento de las capacidades de investigación y la coordinación de líneas investigación, y el liderazgo científico y tecnológico internacional; el fortalecimiento de la identidad de los centros o las unidades; el aumento del impacto científico-técnico, social y económico de los resultados de investigación del centro o la unidad; la organización interna y de gestión encaminada a la obtención de los objetivos estratégicos del mismo, junto con la mejora de las capacidades de investigación y de los medios materiales y económicos previstos, incluyendo la adecuada distribución a lo largo del programa estratégico de la financiación asociada a la convocatoria; el abordaje de cuestiones como la ética y la integridad científica; la viabilidad y plan de seguimiento; la organización temporal en hitos e indicadores para el adecuado seguimiento del plan/programa estratégico a desarrollar, así como las medidas correctoras previstas; el impacto del plan estratégico/programa estratégico de investigación. Se valorará que el centro o la unidad tenga vigente un plan estratégico para la igualdad de género. Asimismo, en el caso en que se requiera, se valorarán las medidas para fomentar la integración de la inclusión de género en el contenido de la investigación.
2.2 Actividades transversales. Formación e incorporación de recursos humanos. Internacionalización. Explotación y difusión de resultados. Efecto tractor. Se valorará: Las actividades previstas en materia de formación e incorporación de recursos humanos e internacionalización, respecto a la oferta formativa y el modelo de gestión en relación a la formación predoctoral, postdoctoral y de personal técnico, incluido el personal de gestión de la investigación; las actuaciones previstas encaminadas a la incorporación de investigadores/as, personal de investigación y tecnólogos, incluida la atracción de talento internacional; las actuaciones encaminadas a procurar la igualdad de género en todas las categorías de personal y en materia de discapacidad; las actuaciones destinadas a fortalecer el liderazgo científico tecnológico internacional del centro o la unidad, incluyendo la organización de congresos y reuniones científicas internacionales relevantes; las colaboraciones científico-técnicas con centros y universidades de reconocido prestigio internacional, la participación en grandes consorcios o redes de investigación internacionales; las medidas destinadas a incentivar la participación en los Programas Marco de la Unión Europea y en las iniciativas del Espacio Europeo de Investigación y la participación destacada en sociedades y otros foros científicos de ámbito internacional; las actividades previstas en materia de explotación, difusión de resultados y para maximizar el efecto tractor sobre el entorno; la implantación de un modelo de gestión de los datos de investigación del centro; las medidas encaminadas a la difusión y comunicación a la sociedad de los resultados de las actividades del centro/unidad; las medidas para fomentar el acceso abierto a las publicaciones científicas; el fomento de la generación de patentes y de spin-off; las medidas destinadas a fomentar la transferencia de conocimiento y tecnología y otras actividades que ejerzan un efecto tractor sobre el tejido empresarial, o sobre otros integrantes del sistema de I+D+i, dinamicen la inversión empresarial, y la aplicación de nuevas tecnologías de carácter transversal y habilitador; el refuerzo de las relaciones del centro o unidad con su entorno, incluida la institución de pertenencia; el impulso de la colaboración con otros centros/unidades de investigación y con el tejido productivo, en el entorno nacional o internacional.
Desempate. En los casos de solicitudes que obtengan igual puntuación, a efectos de resolver el empate, este se dirimirá a favor de la solicitud que tenga mayor puntuación en la valoración del criterio 2.1 “Objetivos estratégicos del plan/programa. Actividades de investigación. Viabilidad del plan/programa”. Si aun así continuara el empate, éste se resolverá a favor de la solicitud que tenga mayor puntuación en la valoración de los criterios 1.2 “Resultados de investigación”; 1.1 “Modelo de organización, equipo humano, medios materiales y capacidades de investigación, desarrollo experimental, formación y gestión”; 2.2 “Actividades transversales. Formación e incorporación de recursos humanos. Internacionalización. Explotación y difusión de resultados. Efecto tractor”; 1.3 “Liderazgo internacional”, por este orden. Si persistiera el empate, este se arbitrará a favor de la solicitud que tenga mayor porcentaje de mujeres participantes entre los investigadores/as garantes titulares. Si continuará persistiendo, el empate se resolverá a favor de la solicitud que primero hubiera sido presentada o mediante sorteo celebrado ante el órgano instructor, según se determine en la convocatoria.
16. Actuaciones dirigidas a la adquisición de equipamiento científico y técnico [artículo 7.2.c).4.º, i)
Convocatoria: Adquisición de equipamiento científico y técnico
Criterios de Evaluación Puntuación 1. Calidad de la propuesta. 0-40 2. Calidad y experiencia de los equipos de investigación/del servicio común. 0-30 2.1 Calidad científico-técnica de los equipos de investigación/ del servicio común. 0-20 2.2 Experiencia y Trayectoria en colaboración con empresas. 0-10 2.3 Impacto. 0-30
1. Calidad de la propuesta. Se valorará la calidad del equipamiento científico-técnico, sus prestaciones, y la adecuación para la consecución de los objetivos científico-técnicos perseguidos, así como la relevancia y pertinencia de los mismos, y su contribución a la investigación de frontera; la singularidad, el carácter innovador y/o disruptivo del equipamiento respecto al estado de la técnica, y en su caso la renovación de equipos que presenten servicios fundamentales para el desarrollo de la investigación de la entidad y/o grupos de investigación. Se valorará el salto cualitativo que proporcionaría el equipamiento respecto a las soluciones existentes tanto en el entorno cercano como en el contexto nacional; la necesidad y la adecuación del equipamiento a los recursos disponibles, incluyendo el equipamiento idéntico o similar existente en la entidad solicitante y en el entorno; el plan de acceso y utilización, incluyendo el mantenimiento y el manejo del equipamiento científico-técnico en la institución. Se valorará la contribución del equipamiento solicitado a la mejora de la sostenibilidad ambiental, utilización eficiente de recursos y lucha contra el cambio climático. Se valorará el ajuste del presupuesto de la actuación y su idoneidad en relación con los objetivos perseguidos y actividades a realizar. En el caso de servicios comunes, se valorará la necesidad y complementariedad en relación con los equipos existentes; la demanda de la tecnología y la disponibilidad de acceso a la misma por parte de usuarios, y la existencia de apoyo técnico.
2. Calidad y experiencia de los equipos de investigación / del servicio común.
2.1 Calidad científico-técnica de los equipos de investigación/ del servicio común. Se valorará la experiencia del equipo; la relevancia de sus contribuciones y el número de investigadores/as o técnicos/as que utilizarán el equipamiento científico-técnico; la relevancia de la línea o líneas de investigación; las actividades o proyectos de I+D+i a cuyo desarrollo contribuirá el equipamiento en relación con el objeto de la actuación, así como los conocimientos y la experiencia de las personas que gestionarán dicho equipamiento. En el caso de servicios comunes, se valorará además el equipo técnico de gestión del equipamiento, y su adecuación, así como los conocimientos y la experiencia de las personas que gestionarán dicho equipamiento, especialmente respecto a la gestión llevada a cabo en el servicio común donde se ubicará el equipamiento; la gobernanza; la calidad de la prestación del servicio o servicios; la coordinación con otros servicios en otras instituciones, y otros aspectos que permitan valorar la capacidad del servicio común para la óptima gestión del nuevo equipamiento, así como el mantenimiento y el manejo previstos; la experiencia y conocimientos de la persona responsable científico técnica del servicio común en relación con el equipamiento.
2.2 Experiencia y trayectoria en colaboración con empresas. Se valorará la capacidad y experiencia demostrada del equipo en actividades de transferencia de conocimientos o en la explotación de resultados, en términos de captación de financiación a través de acciones en colaboración con empresas (proyectos, contratos, convenios), el conocimiento del sector empresarial u otros usuarios finales en el campo de aplicación al que puede dirigirse el equipamiento científico técnico.
3. Impacto. Se valorará el incremento potencial de la competitividad en I+D+i que la actuación permitiría en la entidad solicitante o en el entorno. Se valorará también la comunidad científica esperable como potencialmente usuaria del servicio. En este sentido, se valorará entre otros aspectos, su tamaño (número de investigadores/as o técnicos/as); su localización; el ámbito de investigación; la relevancia de las temáticas de I+D+i; la multidisciplinariedad y las conexiones con redes y plataformas internacionales de servicios análogos. En el caso de servicios comunes, se valorará además el protocolo de acceso y la utilización del equipamiento por parte de otras instituciones y/o grupos de investigación; el sistema de repercusión de costes de utilización y las tarifas previstas, en su caso y las actuaciones desarrolladas en materia de igualdad de género.
Desempate. En los casos de solicitudes que obtengan igual puntuación, a efectos de resolver el empate, éste se dirimirá a favor de la solicitud que tenga mayor puntuación en la valoración del criterio 1. Si se mantuviera el empate éste se resolverá a favor de la solicitud que tenga mayor puntuación en la valoración del criterio 2, y el criterio 3, por este orden. Si continuará persistiendo, el empate se resolverá a favor de la solicitud que primero hubiera sido presentada o mediante sorteo celebrado ante el órgano instructor, según se determine en la convocatoria.
16. Otras actuaciones de I+D+i mediante acciones de dinamización o acciones complementarias relacionadas con las actuaciones descritas en los epígrafes anteriores [artículo 7.2.d)]
Otras actuaciones de I+D+i
Criterios de Evaluación Puntuación 1. Calidad y viabilidad de la propuesta. 0-40 2. Capacidad del equipo. 0-30 3. Impacto esperado. 0-30
1. Calidad y viabilidad de la propuesta. Se valorará la idoneidad de la propuesta a las características y finalidad de la convocatoria; la calidad de la propuesta, la relevancia, claridad, novedad y pertinencia de los objetivos; la definición e idoneidad de la metodología propuesta, así como la adecuación del plan de trabajo y del cronograma a la consecución de los objetivos propuestos. Se valorar igualmente la identificación de puntos críticos y planes de contingencia, así como los recursos humanos y materiales disponibles para llevar a cabo la propuesta y la justificación y adecuación del presupuesto solicitado.
2. Capacidad del equipo. Se valorará la capacidad científico-técnica y experiencia previa del equipo que presenta la propuesta en la ejecución de actividades relacionadas con la misma; la calidad de las contribuciones y logros científico-técnicos alcanzados y la capacidad de liderazgo para llevar a cabo los objetivos y actividades del proyecto.
3. Impacto esperado. Se valorará el impacto científico, técnico, social y económico esperado de los resultados. En el caso en que resulte pertinente se podrá valorar, el plan de gestión de datos de investigación; la inclusión de la dimensión de género en el contenido de la investigación o el impacto asociado al ámbito de la discapacidad y otras áreas de inclusión social.
Desempate: En los casos de solicitudes que obtengan igual puntuación, a efectos de resolver el empate, este se dirimirá a favor de la solicitud que tenga mayor puntuación en la valoración del criterio 1. Si se mantuviera el empate éste se resolverá a favor de la solicitud que tenga mayor puntuación en la valoración del criterio 2, y el criterio 3, por este orden. Si de nuevo persistiera el empate, éste se arbitrará en favor de aquellas solicitudes cuyo impacto redunde en una mejora en la igualdad de género. Si continuará persistiendo, el empate se resolverá a favor de la solicitud que primero hubiera sido presentada o mediante sorteo celebrado ante el órgano instructor, según se determine en la convocatoria.»