Resolución de 5 de enero de 2024, de la Subsecretaría, por la que se modifica el anexo del Acuerdo del Consejo de Ministros de 21 de diciembre de 2001, por el que se dispone la numeración de las Órdenes ministeriales que se publican en el «Boletín Oficial del Estado».
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes · 6 de enero de 2024
En pocas palabras
Sustituye la tabla de códigos de tres letras que identifican a cada ministerio en la numeración de las órdenes ministeriales publicadas en el Boletín Oficial del Estado. Los nuevos códigos se aplican a las órdenes adoptadas desde la entrada en vigor del Real Decreto 1230/2023, que reestructura los departamentos ministeriales.
Qué cambia
Cambia el código que llevará el número de las órdenes ministeriales publicadas en el Boletín Oficial del Estado, según el ministerio que las dicte. Afecta a los ministerios y a quienes consultan o citan esas órdenes.
- A quién afecta
- ministerios · Secretariado del Gobierno · personas que consultan el Boletín Oficial del Estado
- Cifras
- códigos ministeriales en la tabla: 22
- letras de cada código ministerial: 3
- Administración pública e instituciones
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Texto
Mediante Acuerdo del Consejo de Ministros de 21 de diciembre de 2001, se dispuso la numeración de las órdenes ministeriales que se publican en el «Boletín Oficial del Estado».
Con arreglo a lo establecido en el mencionado acuerdo, todas las disposiciones y resoluciones que adopten la forma de orden ministerial y deban publicarse, de conformidad con la normativa de ordenación del diario oficial del Estado, en las Secciones I, II y III del «Boletín Oficial del Estado», se numerarán, incorporando, entre otros elementos, un código alfabético de tres letras indicativo del departamento de procedencia.
La aprobación del Real Decreto 1230/2023, de 29 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, hace necesario adaptar la tabla de códigos ministeriales recogida en el anexo del Acuerdo del Consejo de Ministros de 21 de diciembre de 2001, por lo que, en uso de la habilitación contenida en el apartado cuarto del mencionado acuerdo, resuelvo:
Primero.
La tabla de códigos ministeriales que figura en el anexo del Acuerdo del Consejo de Ministros de 21 de diciembre de 2001, por el que se dispone la numeración de las órdenes ministeriales que se publican en el «Boletín Oficial del Estado», queda sustituida por la que figura como anexo de la presente resolución.
Segundo.
Los nuevos códigos ministeriales se aplicarán para numerar aquellas órdenes ministeriales que se adopten a partir de la entrada en vigor del Real Decreto 1230/2023, de 29 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales.
Tercero.
Por el Secretariado del Gobierno, competente para la ordenación y control de la publicación de las disposiciones y actos administrativos que deban insertarse en el «Boletín Oficial del Estado», se adoptarán las medidas necesarias para la efectividad de lo previsto en esta resolución.
Madrid, 5 de enero de 2024.–El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Alberto Herrera Rodríguez.
ANEXO
Tabla de códigos ministeriales
Ministerio | Códigos Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. | AUC Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes. | PJC Ministerio de Defensa. | DEF Ministerio de Hacienda. | HAC Ministerio del Interior. | INT Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. | TRM Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. | EFD Ministerio de Trabajo y Economía Social. | TES Ministerio de Industria y Turismo. | ITU Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. | APA Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática. | TMD Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. | TED Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana. | VAU Ministerio de Cultura. | CLT Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. | ECM Ministerio de Sanidad. | SND Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030. | DCA Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. | CNU Ministerio de Igualdad. | IGD Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. | ISM Ministerio para la Transformación Digital y Función Pública. | TDF Ministerio de Juventud e Infancia. | JUI