Enmiendas de 2022 al Código internacional para la construcción y el equipo de buques que transporten productos químicos peligrosos a granel (Código CIQ) adoptadas en Londres el 10 de noviembre de 2022 mediante la Resolución MSC.526(106).
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación · 25 de diciembre de 2024
En pocas palabras
Modifica el Código CIQ, que regula cómo deben construirse y equiparse los buques que transportan productos químicos peligrosos a granel. El cambio afecta a las aberturas que se tienen en cuenta para comprobar que el buque mantiene la flotabilidad.
Qué cambia
Los buques que transportan productos químicos peligrosos a granel deben aplicar el nuevo criterio sobre qué aberturas cuentan al evaluar la flotabilidad. Afecta a armadores, constructores y autoridades que certifican estos buques.
- A quién afecta
- buques que transportan productos químicos peligrosos a granel · armadores y navieras · astilleros y constructores navales · autoridades marítimas que certifican buques
- Cifras
- aceptación de las enmiendas: 1 de enero de 2024
- entrada en vigor: 1 de julio de 2024
- adopción de la resolución: 10 de noviembre de 2022
- periodo de sesiones del Comité de Seguridad Marítima: 106.º
- Transporte e infraestructuras
- Medio ambiente y clima
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
RESOLUCIÓN MSC.526(106)
(Adoptada el 10 de noviembre de 2022)
Enmiendas al Código internacional para la construcción y el equipo de buques que transporten productos químicos peligrosos a granel (Código CIQ)
El Comité de Seguridad Marítima,
Recordando el artículo 28 b) del Convenio constitutivo de la Organización Marítima Internacional, artículo que trata de las funciones del Comité,
Recordando también la resolución MSC.4(48), mediante la cual adoptó el Código internacional para la construcción y el equipo de buques que transporten productos químicos peligrosos a granel («el Código CIQ»), que ha adquirido carácter obligatorio en virtud del capítulo VII del Convenio internacional para la seguridad de la vida humana en el mar, 1974 («el Convenio»),
Recordando asimismo el artículo VIII b) y la regla VII/8.1 del convenio, relativos al procedimiento de enmienda del Código CIQ,
Tomando nota de que el Comité de protección del medio marino, en su 78.° periodo de sesiones, adoptó enmiendas al Código CIQ relativas a las puertas estancas mediante la resolución MEPC.345(78), con miras a que también las adopte el Comité de seguridad marítima,
Habiendo examinado, en su 106.° periodo de sesiones, las enmiendas al Código CIQ propuestas y distribuidas de conformidad con lo dispuesto en el artículo VIII b) i) del convenio,
1. Adopta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo VIII b) iv) del convenio, las enmiendas al Código CIQ cuyo texto figura en el anexo de la presente resolución;
2. Dispone, de conformidad con lo dispuesto en el artículo VIII b) vi) 2) bb) del convenio, que las enmiendas se considerarán aceptadas el 1 de enero de 2024, a menos que, antes de dicha fecha, más de un tercio de los Gobiernos Contratantes del convenio o un número de Gobiernos Contratantes cuyas flotas mercantes combinadas representen como mínimo el 50 % del tonelaje bruto de la flota mercante mundial, hayan notificado que recusan las enmiendas;
3. Invita a los Gobiernos Contratantes del convenio a que tomen nota de que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo VIII b) vii) 2) del convenio, las enmiendas entrarán en vigor el 1 de julio de 2024, una vez aceptadas de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 2 anterior;
4. Pide al Secretario General que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo VIII b) v) del convenio, remita copias certificadas de la presente resolución y del texto de las enmiendas que figura en el anexo a todos los Gobiernos Contratantes del convenio;
5. Pide también al Secretario General que remita copias de la presente resolución y de su anexo a los Miembros de la Organización que no sean Gobiernos Contratantes del convenio.