Ley 4/2024, de 21 de noviembre, de modificación de la Ley 9/2004, de 29 de diciembre, sobre creación de la Empresa Pública Regional Radio Televisión de la Región de Murcia.
Comunidad Autónoma de la Región de Murcia · 12 de diciembre de 2024
En pocas palabras
Modifica la Ley 9/2004 que creó la Empresa Pública Regional Radio Televisión de la Región de Murcia. Cambia la forma de elegir a los miembros del Consejo de Administración de esta empresa pública.
Qué cambia
Cambia cómo se designan los miembros del Consejo de Administración del ente público de radio y televisión autonómico, lo que afecta a su composición y a quién decide esos nombramientos.
- A quién afecta
- Consejo de Administración de Radio Televisión de la Región de Murcia · Asamblea Regional de Murcia · Empresa Pública Regional Radio Televisión de la Región de Murcia · trabajadores del ente público de radio y televisión
- Cifras
- Consejo de Administración: 9 miembros
- Administración pública e instituciones
- Cultura y deporte
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA
Sea notorio a todos los ciudadanos de la Región de Murcia, que la Asamblea Regional ha aprobado la Ley de modificación de la Ley 9/2004, de 29 de diciembre, sobre creación de la Empresa Pública Regional Radio Televisión de la Región de Murcia.
Por consiguiente, al amparo del artículo 30.Dos, del Estatuto de Autonomía, en nombre del Rey, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente ley:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La Ley regional 9/2004, de 29 de diciembre, sobre creación de la Empresa Pública Regional Radio Televisión de la Región de Murcia, establecía en el artículo 5, respecto de la composición del Consejo de Administración de la misma, que este constaría «de nueve miembros elegidos para cada legislatura por la Asamblea Regional en proporción a la representación parlamentaria, entre personas de acreditado prestigio y teniendo en cuenta criterios de pluralismo político, a propuesta de los grupos parlamentarios…».
Con arreglo a la señalada previsión y una vez entró en vigor la ley, en la VI, VII y VIII legislaturas, la Cámara aplicó el criterio fijado, eligió a los miembros del Consejo de Administración en función del criterio aprobado.
El 30 de octubre de 2012, es decir, ya comenzada la VIII Legislatura, el Grupo Parlamentario Popular presentó una proposición de ley de modificación de la Ley 9/2004, de 29 de diciembre, de creación de la Empresa Pública Regional Radio Televisión de la Región de Murcia. Dicha proposición de ley proponía un cambio sustancial respecto a la inicial previsión legislativa en relación a la elección y composición del Consejo de Administración diciendo:
«El Consejo de Administración constará de nueve miembros elegidos para cada legislatura por la Asamblea Regional entre personas de reconocido prestigio. Su composición deberá reflejar el pluralismo político y social de la Región de Murcia.»
La proposición de ley del Grupo Parlamentario Popular fue debatida a la totalidad el día 21 de noviembre de 2012 y durante su tramitación parlamentaria fueron presentadas sendas enmiendas del Grupo Parlamentario Socialista y del Grupo Parlamentario Mixto, que fueron rechazadas por la mayoría del Grupo Parlamentario Popular tanto en Comisión como en el Pleno celebrado el 28 de noviembre de 2012.
Dado que las enmiendas fueron rechazadas y la proposición de ley aprobada, la Ley 9/2004, de 29 de diciembre, resultó modificada por la Ley 10/2012, de 5 de diciembre, siendo por tanto la ley en vigor del siguiente tenor literal:
«Artículo 5.1. El Consejo de Administración constará de nueve miembros elegidos para cada legislatura por la Asamblea Regional entre personas de reconocido prestigio. Su composición deberá reflejar el pluralismo político y social de la Región de Murcia…».