Resolución de 3 de diciembre de 2024, de la Secretaría General de Pesca, por la que se lleva a cabo el reparto de cuota adicional de sable negro («Aphanopus carbo») BSF/8910- obtenida para 2024 por intercambio con Portugal; y por la que se modifica la Resolución de 26 de enero de 2024, por la que se distribuye la cuota de España 2024 de besugo («Pagellus bogaraveo») SBR/678-, alfonsinos («Beryx spp») ALF/3X14- y de sable negro («Aphanopus carbo») BSF/8910-, entre las flotas del caladero nacional (zonas 8C y 9A) y las flotas que operan en aguas de la NEAFC y se establecen medidas de ordenación de la pesquería.
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación · 4 de diciembre de 2024
En pocas palabras
Reparte 30 toneladas adicionales de cuota de sable negro obtenidas por intercambio con Portugal entre las flotas españolas del caladero nacional y de la NEAFC. También modifica los topes diarios de captura de besugo y alfonsinos y deja sin efecto los de sable negro para 2024.
Qué cambia
Los barcos que pescan besugo y alfonsinos pueden capturar más kilos al día, y los que pescan sable negro quedan sin tope diario hasta el 31 de diciembre de 2024. El reparto adicional de sable negro solo se aplica a la campaña de 2024.
- A quién afecta
- flota de palangre de fondo · flota de volanta, arrastre de fondo y artes menores · flotas del caladero nacional (zonas 8C y 9A) · flotas que operan en aguas de la NEAFC · empresas pesqueras de besugo, alfonsinos y sable negro
- Cifras
- cuota adicional de sable negro obtenida por intercambio con Portugal: 30 toneladas
- sable negro repartido según porcentajes de asignación de cada unidad de gestión: 10 toneladas
- sable negro repartido según el artículo 8.4.a) de la Orden APA/315/2020: 20 toneladas
- tope de besugo para palangre de fondo en la unidad de gestión 1: 100 kg por buque y día
- tope de besugo para volanta, arrastre de fondo y artes menores en la unidad de gestión 1: 70 kg por buque y día
- Agricultura, pesca y alimentación
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
Antecedentes y fundamentos de Derecho
Mediante la Resolución de 26 de enero de 2024, de la Secretaría General de Pesca, por la que se distribuye la cuota de España 2024 de besugo (Pagellus bogaraveo) SBR/678-, alfonsinos (Beryx spp) ALF/3X14- y de sable negro (Aphanopus carbo) BSF/8910-, entre las flotas del caladero nacional (zonas 8C y 9A) y las flotas que operan en aguas de la NEAFC, y se establecen medidas de ordenación de la pesquería, se publicó en el anexo I el reparto de las cuotas de besugo (SBR/678-), alfonsinos (ALF/3X14-) y de sable negro (BSF/8910-) una vez deducido el 3 % de retención para compensar posibles rebasamientos de cuota, entre las flotas de los censos del caladero nacional que operan en las zonas CIEM 8C y 9A y las flotas que operan en aguas internacionales y de la Unión en función de la proporción de capturas desembarcadas en los cuatro últimos años por las flotas en cada una de las unidades de gestión. La cuota para besugo y alfonsinos es exclusivamente para capturas accesorias. Asimismo, de acuerdo con la Orden APA/247/2019, de 5 de marzo, se establecieron topes de captura diarios para los tres stocks, que podrían ser revisados en función de la evolución del consumo de cuota en cada una de las unidades de gestión descritas en el anexo I.
Posteriormente, a través de la Resolución de 20 de mayo de 2024, de la Secretaría General de Pesca, se modificó la Resolución de 26 de enero de 2024 para añadir los sobrantes de la flexibilidad interanual a los alfonsinos (ALF/3X14-) y sable negro (BSF/8910-) y para actualizar el reparto por unidades de gestión mediante la modificación del anexo I de la citada resolución. También se repartieron 2 toneladas de alfonsinos (ALF/3X14-) y 20 toneladas de sable negro (BSF/8910-) obtenidos por intercambios de cuota con Portugal y se detrajeron 2 toneladas de besugo (stock SBR/678-) por intercambio realizado con Francia.
La Secretaría General de Pesca, en base al interés general, ha buscado la mejora de las cuotas para la flota española en el presente año 2024 y una vez cerrados y acordados distintos intercambios de cuota con Portugal, España ha recibido, entre otros stocks, 30 toneladas de sable negro (BSF/8910-).
Se considera necesario llevar a cabo la mejor distribución posible de las cuotas obtenidas de manera combinada, buscando el equilibrio necesario entre las diferentes unidades de gestión para su aprovechamiento más eficaz y eficiente, teniendo en cuenta la evolución actual del consumo de la cuota en la presente campaña y las necesidades que se vienen constatando en los últimos años de estas especies por parte de la flota española.
Por último, a la vista de la evolución de los consumos y tras analizar y valorar la modificación al alza de los topes de captura establecidos mediante la Resolución de 26 de enero de 2024 se ha considerado viable y pertinente dejar sin efecto los relativos al sable negro (BSF/8910-) así como modificar al alza los topes de capturas de alfonsinos (ALF/3X14-) y besugo (stock SBR/678-) para la Unidad de Gestión 1 y la Unidad de Gestión 2.