Real Decreto 1181/2024, de 28 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 633/2022, de 26 de julio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a las comunidades autónomas para financiar su incorporación a programas de los Planes Complementarios de I+D+I, que forman parte del componente 17 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, denominado «Reforma institucional y fortalecimiento de las capacidades del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación».
Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades · 29 de noviembre de 2024
En pocas palabras
Modifica el Real Decreto 633/2022 para cambiar el plazo de ejecución de los programas de los Planes Complementarios de I+D+I financiados con subvenciones a las comunidades autónomas. También actualiza las referencias normativas, incluida la relativa al análisis del riesgo de conflicto de interés.
Qué cambia
Las comunidades autónomas que reciben estas subvenciones pasan a tener un plazo de ejecución distinto para los programas de I+D+I, ajustado a las condiciones del Plan de Recuperación. Se actualizan las normas que deben aplicar en la gestión de estos fondos.
- A quién afecta
- comunidades autónomas · entidades y centros de investigación beneficiarios de los programas · personal investigador de los proyectos financiados
- Cifras
- fecha de final de ejecución fijada en el 30 de septiembre de 2025
- duración de los planes de dos o tres años
- implementación de la inversión terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2025
- diferencia de tres meses entre ambas fechas
- Ciencia e innovación
- Administración pública e instituciones
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
El Real Decreto 633/2022, de 26 de julio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a las comunidades autónomas para financiar su incorporación a programas de los Planes Complementarios de I+D+I, que forman parte del componente 17 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, denominado «Reforma institucional y fortalecimiento de las capacidades del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación», modificó los plazos de ejecución de las actuaciones financiadas que fueron concedidas mediante subvención directa a través de dos reales decretos: el Real Decreto 991/2021, de 16 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a las Comunidades Autónomas para financiar la realización de cuatro programas para la implementación de los Planes Complementarios de I+D+I con las comunidades autónomas, que forman parte del componente 17 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia; y el Real Decreto 287/2022, de 19 de abril, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a las comunidades autónomas para financiar la realización de cuatro programas del segundo marco para la implementación de los Planes Complementarios de I+D+I con las comunidades autónomas, que forman parte del componente 17 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, denominado «Reforma institucional y fortalecimiento de las capacidades del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación.
Tras esta modificación, la fecha de final de ejecución de todos los programas comprendidos en ambos reales decretos quedó fijada en el 30 de septiembre de 2025, fecha que difiere en tres meses respecto a la establecida en el anexo de la Propuesta de Decisión de Ejecución del Consejo, relativa a la aprobación de la evaluación del Plan de Recuperación y Resiliencia de España, que señala que los planes tendrán una duración de dos o tres años y la implementación de la inversión estará terminada, a más tardar, el 31 de diciembre de 2025.
Con objeto de facilitar la correcta ejecución del programa, ajustándose además a las condiciones máximas establecidas en la Propuesta de Decisión de Ejecución del Consejo en su anexo, resulta necesario modificar el plazo de ejecución de todos los programas.
Además de este objeto, la presente modificación permite también actualizar las referencias normativas contenidas en el Real Decreto 633/2022, de 26 de julio, en particular, la referencia expresa a la sujeción Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
En su virtud, a propuesta de la Ministra de Ciencia, Innovación y Universidades, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 28 de noviembre de 2024,
DISPONGO: