Orden CNU/1342/2024, de 20 de noviembre, por la que se modifica la Orden CIN/186/2023, de 21 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de los Premios Nacionales de Innovación y de Diseño.
Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades · 27 de noviembre de 2024
En pocas palabras
Modifica las bases reguladoras de los Premios Nacionales de Innovación y de Diseño para aclarar que, en el caso de personas físicas, solo se considera candidatura a una persona y no a varias. Afecta a los requisitos de las distintas modalidades de estos premios.
Qué cambia
Aclara quién puede presentarse como candidato en las modalidades de personas físicas, evitando dudas sobre la atribución del premio y de su posible dotación económica.
- A quién afecta
- personas físicas candidatas a los Premios Nacionales de Innovación · personas físicas candidatas a los Premios Nacionales de Diseño · profesionales del diseño · jóvenes innovadores menores de 35 años · jóvenes profesionales del diseño menores de 35 años
- Cifras
- trayectoria mínima en la modalidad Trayectoria Innovadora: 15 años
- trayectoria mínima en la modalidad Trayectoria en Diseño: 15 años
- edad máxima en la modalidad Joven Talento Innovador: 35 años
- edad máxima en la modalidad Jóvenes Profesionales del Diseño: 35 años
- Ciencia e innovación
- Administración pública e instituciones
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
Mediante la Orden CIN/186/2023, de 21 de febrero, se establecen las bases reguladoras para la concesión de los «Premios Nacionales de Innovación y de Diseño».
Con la concesión de los Premios Nacionales de Innovación y de Diseño se pretende distinguir a aquellas personas y entidades (instituciones y organizaciones) que han hecho de la innovación un elemento indispensable en el desarrollo de su estrategia profesional y de su crecimiento empresarial. Asimismo, se trata de galardonar a los profesionales y empresas que han contribuido significativamente al incremento del prestigio del diseño español y a las entidades que, incorporándolo a su estrategia empresarial, han demostrado que el diseño es una potente palanca de la innovación y la competitividad.
El artículo 6, Candidaturas y sus requisitos, establece en su apartado 1, que podrán ser candidatas las personas físicas con plena capacidad de obrar, que tengan nacionalidad española o sean residentes en España y personas jurídicas que tengan al menos un establecimiento permanente en España, válidamente constituido. En su apartado 2.a) 1.º establece que, para la modalidad «Trayectoria Innovadora» de los Premios Nacionales de Innovación, podrán ser candidatos personas físicas con una trayectoria de al menos quince años en la que la innovación ha sido una de las características relevantes. En su apartado 2.a) 3.º establece que, para la modalidad «Joven Talento Innovador», podrán ser candidatas aquellas personas con un demostrado potencial innovador, cuya edad no sobrepase los treinta y cinco años en el día de la presentación de la candidatura. En su apartado 2.b) 1.º establece que, para la modalidad «Trayectoria en Diseño» de los Premios Nacionales de Diseño, podrán ser candidatos profesionales del diseño (personas físicas o equipos de profesionales) con una trayectoria de al menos quince años de reconocido prestigio en el sector. Y en su apartado 2.b) 3.º establece que, para la modalidad «Jóvenes Profesionales del Diseño» podrán ser candidatas personas físicas (diseñadores y diseñadoras), con una edad que no sobrepase los treinta y cinco años en el día de la presentación de la candidatura.
En todos los casos indicados la redacción de dicho apartado resulta ambigua, no quedando especificado que, en el caso de personas físicas, solo serán consideradas candidaturas de una persona física y no varias, circunstancia esta última que podría derivar en una indefinición a la hora de otorgar dichos galardones y en su caso, la posible dotación económica asociada al premio.
Esta norma se adecúa a los principios de buena regulación a que se refiere el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En este sentido, se garantizan los principios de necesidad y eficacia, puesto que la norma resulta el instrumento más indicado para adaptar la regulación de los Premios Nacionales de Innovación y de Diseño a la realidad actual y mantener su prestigio. También se satisface el principio de proporcionalidad, siendo un requerimiento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, la aprobación de unas bases reguladoras. De la misma manera se cumple con el principio de seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, ya que la norma es coherente con el resto del ordenamiento jurídico al actualizar la normativa anterior reguladora de los Premios. Asimismo, evita cargas administrativas innecesarias y accesorias, pues persigue la mejora en la regulación del procedimiento de concesión de los Premios.