Acuerdo Administrativo con la Agencia Estatal de Investigación sobre coordinación relativa a la Ejecución de las contribuciones nacionales, hecho en Madrid y Luxemburgo el 15 y 17 de enero de 2024.
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación · 10 de febrero de 2024
En pocas palabras
Establece la coordinación entre la Agencia Estatal de Investigación (AEI) y la Empresa Común Europea de Computación de Alto Rendimiento (EuroHPC) para ejecutar las contribuciones nacionales de la AEI. Fija cómo se programan, seleccionan y gestionan las subvenciones nacionales que acompañan a las convocatorias europeas.
Qué cambia
Los beneficiarios de proyectos de computación de alto rendimiento podrán recibir financiación nacional y europea de forma coordinada, con evaluaciones, controles y pagos sincronizados siempre que sea posible.
- A quién afecta
- beneficiarios de subvenciones de la Empresa Común EuroHPC · entidades investigadoras que solicitan financiación nacional de la AEI · Agencia Estatal de Investigación · Empresa Común Europea de Computación de Alto Rendimiento
- Cifras
- plazo de 30 días para que la AEI comunique convocatorias y presupuesto máximo indicativo
- plazo de 10 días para solicitar confirmación en papel de una comunicación electrónica
- Ciencia e innovación
- Digitalización y telecomunicaciones
- Política exterior y Unión Europea
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
ACUERDO ADMINISTRATIVO CON LA AGENCIA ESTATAL DE INVESTIGACIÓN SOBRE COORDINACIÓN RELATIVA A LA EJECUCIÓN DE LAS CONTRIBUCIONES NACIONALES
El Reino de España representado por la Agencia Estatal de Investigación (AEI) como una de las autoridades nacionales de financiación, cuya dirección es calle Torrelaguna, 58, 28071 Madrid, representada por su director, Prof. Domènec Espriu Climent,
Y la Empresa Común Europea de Computación de Alto Rendimiento (EuroHPC JU, en adelante Empresa Común), representada por su director ejecutivo Anders Dam Jensen,
en lo sucesivo «las Partes»,
Acuerdan por la presente
Coordinarse para la ejecución de las contribuciones nacionales de la AEI, de conformidad con los términos y condiciones que se establecen a continuación:
1. Generalidades.
De conformidad con el artículo 8 del Reglamento(1) de la Empresa Común Euro HPC y con el fin de garantizar una buena administración y la máxima simplificación para los beneficiarios, la AEI seguirá, siempre que sea posible, las normas del programa de la UE y de la Empresa Común a la hora de ejecutar sus contribuciones nacionales.
(1) En consonancia con el artículo 7 del Reglamento (UE) 2021/1173 del Consejo, de 13 de julio de 2021, por el que se crea la Empresa Común Europea de Computación de Alto Rendimiento
Ambas Partes se esforzarán por reforzar sus contactos mutuos, garantizar la coordinación y la cooperación y fomentar el intercambio de información a lo largo de la ejecución de las subvenciones.
2. Programación conjunta.
La AEI y la Empresa Común se informarán y se mantendrán mutuamente informadas sobre su programación.
Para ello, en un plazo de 30 días a partir de la solicitud del Director Ejecutivo de la Empresa Común, la AEI comunicará lo siguiente:
– La lista de convocatorias de la Empresa Común en las que participará aportando subvenciones nacionales complementarias, así como el presupuesto máximo indicativo de financiación nacional con el que se compromete en cada una de las convocatorias.
– Los criterios específicos de elegibilidad que se propone aplicar para la financiación nacional, si los hubiera.
Los importes máximos comprometidos de financiación nacional deberán, en la medida de lo posible, ser proporcionales(2) a la financiación de la Empresa Común y fijarán la proporción de la contribución de ambas partes a la convocatoria en cuestión.
(2) Reglamento (UE) 2021/1173 del Consejo, de 13 de julio de 2021, por el que se crea la Empresa Común Europea de Computación de Alto Rendimiento