Cuestión de inconstitucionalidad n.º 6205-2023, en relación con el artículo 234.1 del Código Civil de Cataluña, por posible vulneración del art. 10.1 de la Constitución Española.
Tribunal Constitucional · 27 de noviembre de 2024
En pocas palabras
El Tribunal Constitucional admite a trámite una cuestión de inconstitucionalidad sobre el artículo 234.1 del Código Civil de Cataluña, por posible vulneración del artículo 10.1 de la Constitución. Las partes del recurso de apelación pueden personarse en el plazo de quince días.
Qué cambia
El Tribunal Constitucional decidirá si ese artículo del Código Civil de Cataluña es conforme a la Constitución. Hasta entonces, el proceso queda pendiente de esa decisión.
- A quién afecta
- partes del recurso de apelación núm. 8/2022 · Audiencia Provincial de Barcelona, Sección 17 · personas afectadas por el artículo 234.1 del Código Civil de Cataluña
- Cifras
- plazo para personarse: 15 días desde la publicación en el BOE
- cuestión de inconstitucionalidad: número 6205-2023
- recurso de apelación: número 8/2022
- Justicia
- Derechos y libertades
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 19 de noviembre de 2024, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 6205-2023 planteada por la Sección 17 de la Audiencia Provincial de Barcelona, en el recurso de apelación núm. 8/2022, en relación con el artículo 234.1 del Código Civil de Cataluña, por posible vulneración del artículo 10.1 CE, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 c) LOTC, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.
De conformidad con lo establecido en el artículo 37.2 LOTC, quienes sean parte en el recurso de apelación núm. 8/2022, podrán personarse ante este tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 19 de noviembre de 2024.–El Secretario de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Alfonso Pérez Camino.