Resolución de 14 de noviembre de 2024, de la Secretaría General de Pesca, por la que se modifica la de 2 de mayo de 2024, por la que se distribuye la cuota de jurel del stock JAX/2A-14, exclusivamente para captura accesoria, asignada a España en el año 2024.
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación · 18 de noviembre de 2024
En pocas palabras
Modifica el reparto de la cuota de jurel del stock JAX/2A-14 asignada a España en 2024. Sube de 650 a 710 toneladas la cuota para las flotas de altura, gran altura y palangreros, y eleva el tope por buque y marea de 1.500 a 2.500 kg. La reserva baja a 43 toneladas.
Qué cambia
Los buques de altura, gran altura y palangreros de menos de 100 toneladas de registro bruto que faenan en el Atlántico Nordeste pueden capturar más jurel como captura accesoria: 60 toneladas más de cuota y un tope mayor por marea. Los nuevos topes se aplican desde el día siguiente a su publicación hasta el 31 de diciembre de 2024.
- A quién afecta
- flota de altura · flota de gran altura · buques palangreros de menos de 100 toneladas de registro bruto · flota de cerco del Cantábrico y Noroeste · sector pesquero del jurel
- Cifras
- cuota inicial de España del stock JAX/2A-14: 1.303 toneladas
- reserva inicial: 103 toneladas
- nueva cuota para flotas de altura, gran altura y palangreros: 710 toneladas
- nuevo tope por buque y marea: 2.500 kg
- reserva restante: 43 toneladas
- Agricultura, pesca y alimentación
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
Antecedentes y Fundamentos de Derecho
Mediante la Resolución de 2 de mayo de 2024, de la Secretaría General de Pesca, por la que se distribuye la cuota de jurel del stock JAX/2A-14, exclusivamente para captura accesoria, asignada a España en el año 2024, se fijó una cuota inicial para España del stock JAX/2A-14, de 1.303 toneladas dejando una reserva de 103 toneladas, para las posibles eventualidades que pudiesen surgir a lo largo del año en la gestión global de la cuota. De esa cantidad, hasta un 80 %, es decir, 1.042 toneladas, se podría capturar en la zona 8c bajo condición especial.
Así, se procedió a asignar 300 toneladas de JAX/2A-14 a la flota de cerco del Cantábrico y Noroeste para su captura accesoria en aguas 8b que podían ser utilizadas en la zona 8c por el uso de la correspondiente condición especial JAX/*08C2, mientras que, a los censos de las flotas de altura, gran altura y buques palangreros mayores y menores de 100 toneladas de registro bruto que operan dentro de los límites geográficos de la Comisión de Pesca del Atlántico Nordeste, se les asignaron a los buques de dicha flota un total de 650 toneladas, exclusivamente para cubrir sus capturas accesorias. En este sentido, y teniendo en cuenta la duración de las mareas de esta flota, se estableció un tope de 1.500 kg por buque y marea.
Por último, para el caso de las flotas del Cantábrico y Noroeste se optó por una asignación de 250 toneladas a repartir proporcionalmente entre los buques que en la campaña 2023 computaron consumos de capturas accesorias en la zona 8c, independientemente de su forma de gestión.
Teniendo en cuenta tanto los niveles de consumo registrados por los censos de las flotas de altura, gran altura y buques palangreros mayores y menores de 100 toneladas de registro bruto, como la disponibilidad de la reserva de 103 toneladas, resulta pertinente en estos momentos destinar 60 toneladas de dicha reserva a paliar la situación de estrangulamiento manifestada por la mencionada flota, pasando a ser su cuota asignada de 710 toneladas. Tras el análisis y evaluación de esta situación, se ha considerado, además, que es posible modificar al alza el tope de captura establecido hasta los 2.500 kg por buque y marea para un mejor aprovechamiento de la cuota disponible hasta el final de la campaña.
Por todo ello, la Secretaría General de Pesca, oído el sector afectado, resuelve:
Primero.
Modificar el apartado segundo de la Resolución de 2 de mayo de 2024, de la Secretaría General de Pesca, que queda como sigue:
«Asignar 710 toneladas de cuota de jurel del stock JAX/2A-14 a los censos de las flotas de altura, gran altura y buques palangreros mayores y menores de 100 toneladas de registro bruto, que operan dentro de los límites geográficos de la Comisión de Pesca del Atlántico Nordeste, de manera global, sin ninguna distribución individual, exclusivamente para capturas accesorias, y por tanto, no pudiendo ser utilizada como especie de stock principal para el uso del mecanismo de flexibilidad interespecies. Se establece a su vez, para esta flota, un tope de 2.500 kg por buque y marea durante el año 2024 para dicha captura accesoria de esta especie, que podrá ser revisado a lo largo del año en función de la evolución del consumo. En base al seguimiento del consumo que realiza la Secretaría General de Pesca, si se constatase un ritmo de consumo elevado, se revisarán los topes establecidos, para actuar en consonancia y no hacer peligrar la cuota de España. La actualización del tope de captura se podrá consultar en la página web del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (Gestión topes de capturas) y previamente se comunicarán por correo electrónico a las asociaciones más representativas la flota autorizada.»