Orden DEF/1199/2024, de 16 de octubre, que modifica la Orden DEF/368/2017, de 4 de abril, por la que se aprueba el Régimen del Alumnado de la enseñanza de formación y se modifica la Orden DEF/1626/2015, de 29 de julio, por la que se aprueban las directrices generales para la elaboración de los currículos de la enseñanza de formación para el acceso a las diferentes escalas de suboficiales de los cuerpos de las Fuerzas Armadas.
Ministerio de Defensa · 1 de noviembre de 2024
En pocas palabras
Modifica el régimen del alumnado de los centros docentes militares de formación para incluir medidas de prevención y control del consumo de drogas. Establece criterios sobre esta materia en la enseñanza de formación de las Fuerzas Armadas.
Qué cambia
Los alumnos de los centros docentes militares de formación quedan sujetos a medidas de prevención y control del consumo de drogas, que se incorporan a las directivas de los cursos académicos.
- A quién afecta
- alumnos de los centros docentes militares de formación · aspirantes a suboficiales de las Fuerzas Armadas · personal docente militar
- Defensa
- Educación y universidades
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
El desempeño de las funciones militares es incompatible con el consumo de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas. La aplicación y educación en este criterio es de la mayor transcendencia en los centros docentes militares de formación, en los que se educa al futuro militar en los principios y valores que regirán su comportamiento profesional, e incluso particular, con el objetivo de que, además de alcanzar la máxima pericia profesional, se convierta en modelo de ciudadanía.
En este sentido, el Ministerio de Defensa cuenta, entre otras medidas, con el III Plan General de Prevención de Drogas en las Fuerzas Armadas (III PGPDFAS), de junio de 2020, desarrollado por la Dirección General de Personal, que es de aplicación a los alumnos de los centros docentes militares de formación. El citado plan incide en realizar una serie de actuaciones formativas relativas a la prevención de las drogodependencias que contribuyan a la formación integral de los alumnos de los centros docentes militares de formación. Estas actuaciones son incorporadas por la Dirección General de Reclutamiento y Enseñanza Militar en sus directivas de cursos académicos anuales, dictando criterios para la inclusión de sesiones de sensibilización sobre el tema del asunto en la ejecución de los diferentes planes de estudios.
No obstante, la realidad social y la experiencia ponen de manifiesto que las medidas formativas, la educación en hábitos saludables y la ejemplaridad de los cuadros de profesores no siempre son suficientes para evitar comportamientos de consumo de este tipo de sustancias, aunque sean puntuales y esporádicos.
Su existencia supone un riesgo para la salud de la persona, pero también, en determinadas circunstancias, para la integridad del resto del alumnado, habida cuenta de que los efectos perniciosos que lleva parejo su consumo pueden afectar al buen desempeño en actividades que requieren márgenes de seguridad que un estado psicofísico degradado no garantiza. Una posible habitualidad en el consumo podría, incluso, llevar al egreso de militares profesionales que acarreasen este riesgo entre el personal en sus futuros destinos.
En el caso de que el ejercicio del consumo no fuera firmemente erradicado en el ámbito del centro docente, se estaría produciendo un efecto de ejemplaridad negativa sobre el resto del alumnado que podría considerar que una mala praxis profesional y de salud tiene cierto margen de condescendencia, socavando el principio de autoridad de profesores y mandos naturales, los cuales se esfuerzan por imbuir en sus alumnos, por razones de salud, compañerismo y ética profesional, su incompatibilidad con la función militar.
Por todo ello, se considera esencial llevar a cabo el máximo esfuerzo en la erradicación de estos comportamientos en los centros docentes militares, con la finalidad de garantizar el mejor resultado de la educación en principios y valores, preservar la salud del alumnado, evitar riesgos que pongan en peligro su integridad física, salvaguardar los principios de ejemplaridad y autoridad y evitar, en la medida de lo posible, que accedan a las Fuerzas Armadas o promocionen en ellas a través de la enseñanza de formación, consumidores de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas que trasladen los efectos negativos descritos con anterioridad, a nuevos destinos y entornos sociales.