Sentencia de 8 de julio de 2024, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que declara estimar parcialmente el recurso contencioso-administrativo 860/2022 contra la Orden TED 749/2022, de 27 de julio, por la que se aprueba el incentivo o penalización para la reducción de pérdidas en la red de distribución de energía eléctrica para el año 2016, se modifica la retribución base del año 2016 para varias empresas distribuidoras, y se aprueba la retribución de las empresas de distribución de energía eléctrica para los años 2017, 2018 y 2019.
Tribunal Supremo · 10 de octubre de 2024
En pocas palabras
El Tribunal Supremo estima en parte el recurso de Maestrazgo Distribución Eléctrica SLU contra la Orden TED/749/2022. Anula parcialmente la orden en el cálculo de las cantidades reconocidas como ROMNLAE de 2015, 2016 y 2017 e IBO de 2015. Ordena a la Administración recalcular la retribución de esa empresa y pagar la diferencia con intereses legales.
Qué cambia
La empresa recurrente verá recalculada su retribución como distribuidora de energía eléctrica y recibirá la diferencia entre lo abonado y lo reconocido, más intereses legales. El resto de empresas afectadas por la orden no se ven afectadas por esta sentencia.
- A quién afecta
- Maestrazgo Distribución Eléctrica SLU · empresas distribuidoras de energía eléctrica
- Energía
- Justicia
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
En el recurso contencioso-administrativo núm. 860/2022, contra la Orden TED 749/2022, de 27 de julio, por la que se aprueba el incentivo o penalización para la reducción de pérdidas en la red de distribución de energía eléctrica para el año 2016, se modifica la retribución base del año 2016 para varias empresas distribuidoras, y se aprueba la retribución de las empresas de distribución de energía eléctrica para los años 2017, 2018 y 2019, la Sala Tercera (Sección Tercera) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia con fecha 8 de julio de 2024 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
FALLO
Por todo lo expuesto, en nombre del Rey y por la autoridad que le confiere la Constitución,
Esta Sala ha decidido:
Que debemos estimar en parte el recurso interpuesto por «Maestrazgo Distribución Eléctrica SLU» contra la Orden TED/749/2022, de 27 de julio, que se anula parcialmente por lo que respecta a la empresa recurrente en el cálculo de las cantidades que deben reconocerse como ROMNLAE de 2015, 2016 y 2017 e IBO de 2015.
Reconocer como inversiones en IBO realizadas por la empresa recurrente en los ejercicios 2015 y ROMNLAE ejercicios 2105, 2016 y 2017 las cantidades reconocidas en el fundamento jurídico cuarto de esta sentencia y ordenar a la Administración a que recalcule la retribución de dicha empresa conforme a ello.
Ordenar a la Administración el pago de la diferencia entre lo abonado y lo reconocido en esta sentencia con los intereses legales correspondientes desde que se cobró la cantidad reconocida por la Orden impugnada hasta que se abone el total del importe debido.
No condenar en costas a ninguna de las partes.
Notifíquese esta resolución a las partes e insértese en la colección legislativa.
Así se acuerda y firma.–D. Eduardo Espín Templado, presidente; D. José Manuel Bandrés Sánchez-Cruzat; D.ª María Isabel Perelló Doménech; D. José María del Riego Valledor; D. Diego Córdoba Castroverde.–Firmado.