Resolución de 8 de octubre de 2024, de la Secretaría General de Pesca, por la que se publica para 2024 la cantidad disponible de días de pesca del mecanismo de optimización por buque y grupo de buques de arrastre de fondo del Mediterráneo.
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación · 9 de octubre de 2024
En pocas palabras
Publica la cantidad de días de pesca disponibles para 2024 en el mecanismo de optimización de la flota de arrastre de fondo del Mediterráneo, por buque y grupo de buques. El mecanismo permite redistribuir días que no se van a usar antes de fin de año.
Qué cambia
Los barcos o grupos de arrastre del Mediterráneo pueden usar días de pesca que otros no van a aprovechar, para no tener que parar antes de fin de año. La lista se actualiza cada dos semanas en la aplicación Gestcuotas.
- A quién afecta
- buques de arrastre de fondo del Mediterráneo · grupos de buques en gestión conjunta · buques en gestión individual · entidades de gestión conjunta
- Cifras
- máximo de días que un barco puede faenar del 1 de octubre al 31 de diciembre: 63 días
- buques sin ningún día de actividad detectados: alrededor de 13
- reparto inicial de días según la orden: 90 %
- Agricultura, pesca y alimentación
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
El Reglamento (UE) 2019/1022 del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de junio de 2019 por el que se establece un plan plurianual para las especies demersales en el Mediterráneo occidental y por el que se modifica el Reglamento (UE) núm. 508/2014, establece un régimen de gestión de esfuerzo pesquero para el arrastre en el Mediterráneo. En este sentido, el propio reglamento comunitario indica en su artículo 9.2 que cada Estado miembro decidirá un método de asignación del esfuerzo pesquero máximo admisible a buques o grupos de buques que enarbolen su pabellón.
El Reglamento (UE) 2023/195 del Consejo, de 30 de enero de 2023, por el que se fijan, para 2023, las posibilidades de pesca aplicables a determinadas poblaciones y grupos de poblaciones de peces en el mar Mediterráneo y en el mar Negro, establece en su anexo III el esfuerzo pesquero máximo admisible en días de pesca asignado a España para su flota de arrastre en el Mediterráneo en 2023, por tramos de eslora y para dos pesquerías, costera y profundidad, aplicable desde el 1 de enero de 2023.
La Orden APA/423/2020, de 18 de mayo, por la que se establece un plan de gestión para los recursos pesqueros demersales en el Mediterráneo occidental, establece un modelo de gestión para la asignación de esfuerzo pesquero entre los buques de la flota española de arrastre de fondo del Mediterráneo. Así mismo, de acuerdo a su artículo 9, se establece un mecanismo de optimización basado en los días disponibles asignados a cada barco, o entidad de gestión conjunta. Posteriormente, la asignación de los días disponibles del mecanismo de optimización anual se llevará a cabo desagregadamente para cada segmento de eslora, e internamente en cada entidad de gestión conjunta o buque de gestión individual en función de la asignación relativa con la que cada uno de ellos participa en su segmento de eslora en el reparto inicial del 90 % de los días según el artículo 5.3, apartados a) a c).
La Resolución de 10 de septiembre de 2024, de la Secretaría General de Pesca, por la que se resuelve la convocatoria de días adicionales de pesca para la flota de arrastre de fondo del Mediterráneo en 2024 como consecuencia de la aplicación de medidas voluntarias, publicada mediante Resolución de 2 de julio de 2024, de la Secretaría General de Pesca, y por la que se establece la asignación definitiva de días de pesca para la flota de arrastre de fondo del Mediterráneo en 2024, ha establecido la asignación completa de los días atribuidos a España para la flota de arrastre de fondo del Mediterráneo en 2024, por buques en gestión individual o grupos de buques en gestión conjunta.
Con el objetivo de evitar que los buques o grupos de buques que agoten sus días de pesca asignados en 2024 a partir del 30 de septiembre tengan que detener su actividad, pero también con el objetivo de evitar una posible infrautilización de los días de pesca atribuidos a España, facilitando una mejor gestión de los días disponibles, se establece este mecanismo en 2024 mediante la presente resolución.