Resolución de 19 de septiembre de 2024, de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente de aprobación de la «Estrategia para la conservación del cangrejo de río ibérico ("Austropotamobius pallipes") en España», la «Estrategia para la conservación de la cerceta pardilla, focha moruna, malvasía cabeciblanca y porrón pardo», la «Estrategia para la conservación del lince ibérico», la «Estrategia española de lucha contra el uso ilegal de cebos envenenados», la «Estrategia de desfragmentación de hábitats afectados por infraestructuras lineales de transporte», la «Estrategia de gestión, control y posible erradicación de las especies exóticas invasoras presentes en medios acuáticos continentales», las «Directrices para la conservación ex situ de la flora silvestre en España» y las «Directrices de Conservación de la Red Natura 2000».
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico · 2 de octubre de 2024
En pocas palabras
Publica el acuerdo de la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente que aprueba varias estrategias de conservación de especies amenazadas (cangrejo de río ibérico, aves acuáticas y lince ibérico), de lucha contra cebos envenenados y especies invasoras, y directrices sobre flora silvestre y Red Natura 2000.
Qué cambia
Da publicidad oficial a estas estrategias y directrices, que sirven de marco orientativo para que el Estado y las comunidades autónomas coordinen la conservación de especies y hábitats. El contenido completo está disponible en la web del Ministerio.
- A quién afecta
- comunidades autónomas · gestores de espacios naturales protegidos · Red Natura 2000 · especies amenazadas · titulares de infraestructuras lineales de transporte
- Medio ambiente y clima
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
La Conferencia Sectorial de Medio Ambiente es el órgano consultivo y de colaboración entre la Administración General del Estado y las administraciones de las Comunidades Autónomas para la coordinación de sus políticas y actuaciones medioambientales. Su organización y funcionamiento están regulados en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Según lo dispuesto en el artículo 60.1 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente, a propuesta de la Comisión Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad y previo informe del Consejo Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad, aprobará las estrategias de conservación de especies amenazadas presentes en más de una comunidad autónoma o aquellas otras que resultan clave para el funcionamiento de los ecosistemas presentes en más de una comunidad autónoma, así como las estrategias de lucha contra las principales amenazas para la biodiversidad, dando prioridad a las que afecten a mayor número de especies incluidas en el Catálogo Español de Especies Amenazadas.
Asimismo, dicho precepto prevé que estas estrategias o, al menos una reseña de que han sido aprobadas, se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», con remisión a la sede electrónica en la que se halle publicado su contenido completo.
De otra parte, el artículo 64.7 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad establece que el Ministerio para las Transición Ecológica y el Reto Demográfico y las comunidades autónomas, en el marco de la Comisión Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad, elaborarán estrategias que contengan las directrices de gestión, control o posible erradicación de las especies del Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras, otorgando prioridad a aquellas especies que supongan un mayor riesgo para la conservación de la fauna, flora o hábitats autóctonos amenazados, con particular atención a la biodiversidad insular.
En virtud de dicha disposición, la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente, a propuesta de la Comisión Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad, y previo informe del Consejo Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad, aprobará dichas estrategias, que tendrán carácter orientativo, siendo necesario que las mismas, o al menos una reseña de que han sido aprobadas, se publiquen en el «Boletín Oficial del Estado», con remisión a la sede electrónica en la que se halle publicado su contenido completo.
Asimismo, el artículo 42.3 de la Ley 42/2007, determina que este Ministerio, con la participación de las comunidades autónomas, elaborará y mantendrá actualizadas, en el marco del Plan Estratégico Estatal del Patrimonio Natural y la Biodiversidad, unas directrices de conservación de la Red Natura 2000. Estas directrices constituirán el marco orientativo para la planificación y gestión de dichos espacios y serán aprobadas mediante acuerdo de la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente.