Resolución de 30 de septiembre de 2024, de la Secretaría General de Pesca, por la que se lleva a cabo el reparto de las cuotas adicionales de sardina ibérica (stock PIL/8C9A) obtenidas para 2024 por intercambio con Portugal.
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación · 1 de octubre de 2024
En pocas palabras
Reparte 2.700 toneladas de sardina ibérica obtenidas por intercambio con Portugal entre las flotas de cerco, racú y piobardeira del Cantábrico y Noroeste, el xeito y el cerco del Golfo de Cádiz. El 40 % se reparte entre las tres modalidades y el 60 % se asigna solo al cerco, racú y piobardeira del Cantábrico y Noroeste.
Qué cambia
Las embarcaciones de cerco, racú y piobardeira del Cantábrico y Noroeste reciben cuota adicional de sardina para 2024, al haber superado el 100 % de su cuota disponible. El reparto solo tiene efectos durante el año 2024.
- A quién afecta
- flota de cerco del Golfo de Cádiz · flota de cerco, racú y piobardeira del Cantábrico y Noroeste · flota de xeito del Cantábrico y Noroeste · armadores de buques de cerco
- Cifras
- sardina ibérica obtenida por intercambio con Portugal: 2.700 toneladas
- besugo entregado a Portugal: 50 toneladas
- rape entregado a Portugal: 300 toneladas
- pez espada del Mediterráneo entregado a Portugal: 150 toneladas
- reparto del 60 % al cerco, racú y piobardeira del Cantábrico y Noroeste: 1.620.000 kg
- Agricultura, pesca y alimentación
- Política exterior y Unión Europea
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
Antecedentes y fundamentos de Derecho
Primero.
La Orden APM/605/2018, de 1 de junio, por la que se establece un plan de gestión y recuperación para la sardina (Sardina pilchardus) de las aguas ibéricas (8c y 9a) del Consejo Internacional para la Exploración del Mar, permitió aplicar hasta 2023 los distintos planes de gestión de este recurso acordados entre España y Portugal desde 2014, en base a la regla de explotación definida en el artículo 4 de dicha orden. Así en base al último plan de gestión para la sardina ibérica acordado entre España y Portugal y de la recomendación del Consejo Internacional para la Exploración del Mar (CIEM, ICES por sus siglas en inglés) para el stock de la sardina ibérica del pasado 8 de diciembre de 2023, se publicaron las siguientes resoluciones para la gestionar esta pesquería durante la campaña 2024:
– Resolución de 27 de febrero de 2024, de la Secretaría General de Pesca, por la que se establecen disposiciones de ordenación de la pesquería de la sardina ibérica (Sardina pilchardus) que se pesca en aguas ibéricas de la zona CIEM 8c y 9a.
– Resolución de 27 de febrero de 2024, de la Secretaría General de Pesca, por la que se publican el inicio de la pesquería de sardina ibérica (Sardina pilchardus) en aguas ibéricas de la zona CIEM 8C y 9A y las cuotas de esta especie para los buques del censo de cerco del Golfo de Cádiz durante 2024.
– Resolución de 16 de marzo de 2024, de la Secretaría General de Pesca, por la que se declara el inicio de la pesquería de sardina ibérica (Sardina pilchardus) en aguas ibéricas de la zona CIEM 8c y 9a para los buques de cerco, racú y piobardeira en el caladero nacional Cantábrico y Noroeste en 2024.
Segundo.
La Orden APA/315/2020, de 1 de abril, por la que se establecen criterios de gestión de las posibilidades de pesca asignadas al Reino de España y se modifican determinadas órdenes que regulan la actividad pesquera de las flotas que hacen uso de las mismas, establece en su artículo 8 las condiciones para los intercambios de cuotas con otros Estados miembros, los conocidos como swaps.
En concreto, en su punto 4.a) se establece cómo proceder con aquellos swaps iniciados de oficio por la Secretaría General de Pesca en los que se utilizan stocks no repartidos en España para conseguir de otros Estados miembros stocks que están repartidos en España. Así, las cantidades obtenidas por dichos swaps se asignarán en un 40 % según los repartos entre las diferentes modalidades mientras que el 60 % se distribuirá atendiendo a diferentes prioridades, como las mayores necesidades, la obligación de desembarque o esfuerzos de reducción de capacidad de pesca para adecuarlo a las posibilidades de pesca disponibles.