Protocolo entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la República Popular China para la creación de dos centros culturales en Shanghái y Barcelona, hecho en Pekín el 9 de septiembre de 2024.
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación · 23 de septiembre de 2024
En pocas palabras
El Protocolo crea un Centro Cultural de España (Instituto Cervantes) en Shanghái y un Centro Cultural de China en Barcelona. Fija que funcionan de forma independiente y bajo la supervisión de la Embajada de España en China y del Ministerio de Cultura y Turismo de China, respectivamente.
Qué cambia
Permite que ambos países abran estos centros culturales y que su personal use pasaportes de servicio. Los exámenes de idioma que organicen deberán seguir las normas del país donde estén.
- A quién afecta
- Instituto Cervantes · Ministerio de Cultura y Turismo de China · Embajada de España en China · personal de los centros culturales · personas que se examinen de idiomas en estos centros
- Cifras
- centros culturales creados: 2 (uno en Shanghái y otro en Barcelona)
- fecha de firma: 9 de septiembre de 2024
- entrada en vigor: 9 de septiembre de 2024
- Cultura y deporte
- Política exterior y Unión Europea
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
PROTOCOLO ENTRE EL GOBIERNO DEL REINO DE ESPAÑA Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA POPULAR CHINA PARA LA CREACIÓN DE DOS CENTROS CULTURALES EN SHANGHÁI Y BARCELONA
El Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la República Popular China (en adelante, «las Partes»), de conformidad con el Acuerdo entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la República Popular China sobre el Establecimiento de Centros Culturales (en adelante, «el Acuerdo»), firmado en Madrid el 14 de noviembre de 2005, y el Protocolo Anejo al Acuerdo entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la República Popular China sobre el Establecimiento de Centros Culturales (en adelante, «el Protocolo Anejo»), firmado en Madrid el 28 de noviembre de 2018, y teniendo en cuenta lo dispuesto en la Declaración Conjunta del Reino de España y la República Popular China sobre el Fortalecimiento de la Asociación Estratégica Integral en un Cambio de Época, de 28 de noviembre de 2018, han acordado, en concreción y ejecución del Acuerdo, lo siguiente:
Artículo I.
Al amparo del artículo 1, párrafo segundo, del Acuerdo, ambas Partes deciden el establecimiento de un Centro Cultural de España (Instituto Cervantes) en Shanghái (en adelante, «el Centro de Shanghái») y un Centro Cultural de China en Barcelona (en adelante, «el Centro de Barcelona»).
Artículo II.
Los Centros de Shanghái y Barcelona operarán de forma independiente. Los Centros Culturales que ambas Partes establecen en el territorio del otro país no están subordinados el uno al otro. El Centro de Shanghái estará bajo la dirección y supervisión de la Embajada del Reino de España en la República Popular China. El Ministerio de Cultura y Turismo de la República Popular China será el responsable del trabajo del Centro de Barcelona.
Artículo III.
En caso de que los Centros de Shanghái y Barcelona celebren pruebas de aptitud lingüística, lo harán de conformidad con las respectivas normativas del país receptor.
Artículo IV.
Los demás asuntos relativos al establecimiento y funcionamiento de los Centros de Shanghái y Barcelona no dispuestos en este Protocolo, se aplicarán en concordancia con el Acuerdo y el Protocolo Anejo. Ambas Partes acuerdan ofrecer las máximas facilidades para el establecimiento y funcionamiento de los Centros de Shanghái y Barcelona en el marco de su respectiva legislación y normativas.
El personal de los Centros Culturales asignado por ambas Partes (incluidos los directores de los Centros Culturales) portarán pasaportes de servicio de conformidad con el párrafo primero del artículo II del Protocolo Anejo. Los documentos de identidad de los directores de los Centros Culturales se tramitarán según lo acordado entre ambas Partes.