Decreto-ley 8/2024, de 30 de julio, de concesión de un suplemento de crédito a los presupuestos de la Generalitat de Catalunya para el 2023 prorrogados para el 2024 en el ámbito de la salud y una medida administrativa.
Comunidad Autónoma de Cataluña · 21 de septiembre de 2024
En pocas palabras
Concede un suplemento de crédito a los presupuestos de la Generalitat de Cataluña de 2023, prorrogados para 2024, para gastos en el ámbito de la salud. También incluye una medida administrativa y una disposición sobre pensiones.
Qué cambia
Permite financiar gastos sanitarios del año 2024 que no estaban previstos en el presupuesto prorrogado, como la compra de servicios asistenciales de centros concertados y la mejora de la atención especializada y primaria.
- A quién afecta
- centros sanitarios concertados · hospitales complementarios, generales básicos y de referencia tipo A · usuarios de la atención primaria y especializada · personal del sistema sanitario catalán
- Sanidad y salud pública
- Impuestos y cuentas públicas
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
EL PRESIDENTE DE LA GENERALITAT DE CATALUNYA
El artículo 67.6.a del Estatuto de autonomía de Cataluña establece que los decretos-leyes los promulga, en nombre del rey, el presidente o presidenta de la Generalitat.
De acuerdo con ello, promulgo este decreto-ley
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La Ley orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de financiación de las comunidades autónomas (LOFCA), dispone, en el artículo 21 apartado 2, que si los presupuestos no se han aprobado antes del primer día del ejercicio económico correspondiente, automáticamente, queda prorrogada la vigencia de los anteriores.
En este mismo sentido, el artículo 33 del texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, establece que, si por cualquier motivo el 1 de enero el presupuesto no está aprobado, se considera prorrogado automáticamente el del año anterior en sus créditos iniciales hasta la aprobación y la publicación de los nuevos en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya».
Mediante la Ley 2/2023, del 16 de marzo, se aprueban los presupuestos de la Generalitat de Catalunya para el 2023 y dado que no ha sido posible que el Anteproyecto de presupuestos para el 2024 entrara en vigor el 1 de enero del mismo año, se han prorrogado los créditos mediante el Decreto 222/2023, de 19 de diciembre, por el que se establecen los criterios de aplicación de la prórroga de los presupuestos de la Generalitat de Catalunya para el 2023, mientras no entren en vigor los del 2024.
Dado que el pasado 13 de marzo, el Proyecto de ley de presupuestos de la Generalitat de Catalunya para el 2024 fue rechazado por el Parlamento de Cataluña, es necesario atender y financiar el gasto extraordinario del año 2024 que no se puede aplazar al ejercicio siguiente para hacer frente a gastos en el ámbito de la salud, derivados de las actuaciones del todo esenciales en la compra de servicios asistenciales de los centros concertados, y que en un contexto definitivo de prórroga presupuestaria no están previstos y para los cuales no hay crédito adecuado en el presupuesto de la Generalitat de Catalunya.
Frente a esta situación, des del punto de vista presupuestario, el escenario actual del presupuesto 2023 prorrogado para el 2024 no prevé las dotaciones de crédito suficientes para hacer frente, por un lado, a la mejora de la equidad territorial en atención especializada de agudos y en atención primaria y, por otra parte, a la adecuación de la contratación de las entidades proveedoras a las necesidades poblacionales.
Las previsiones de cierre de los centros para el 2024 son muy negativas y dificultan las posibles reasignaciones de recursos dentro del mismo sector. En este sentido, se plantea incrementar un cierto equilibrio territorial a través de esta operación, incrementando el precio de estructura de los hospitales complementarios, generales básicos y de referencia tipo A y aumentar la dotación para la consolidación de la red territorial de Lleida y Alt Pirineu, dado que son territorios infradotados actualmente.