Resolución de 26 de enero de 2024, de la Secretaría General de Pesca, por la que se establecen disposiciones de ordenación de la pesquería de caballa de las zonas 8a, 8b, 8d y 8e, stocks MAC/2CX14- y MAC/*8ABD, para los buques de los censos de las flotas de altura, gran altura y buques palangreros mayores y menores de 100 toneladas de registro bruto, que operan dentro de los límites geográficos de la Comisión de Pesca del Atlántico Nordeste.
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación · 31 de enero de 2024
En pocas palabras
Fija las cuotas de caballa para 2024 de los buques de altura, gran altura y palangreros de menos de 100 toneladas de registro bruto que faenan en el Atlántico Nordeste. Establece un tope de captura diario por buque para no agotar esas cuotas.
Qué cambia
Los buques afectados no pueden capturar más de 3.000 kg de caballa al día y deben ajustarse a las cuotas asignadas a cada stock durante la campaña 2024.
- A quién afecta
- buques de la flota de altura · buques de la flota de gran altura · buques palangreros de menos de 100 toneladas de registro bruto · armadores y tripulaciones de estos buques
- Cifras
- cuota de caballa del stock MAC/8C3411: 139.160 kg
- cuota de caballa del stock MAC/2CX14-: 15.000 kg
- tope de captura de caballa: 3.000 kg por buque y día
- TAC de la UE del stock MAC/2CX14-: 93.464 toneladas
- TAC del stock MAC/8C3411: 33.770 toneladas
- Agricultura, pesca y alimentación
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
Antecedentes y Fundamentos de Derecho
La población de caballa en el Atlántico noreste se distribuye en las subáreas 1 a 8, 14 y en la división 9.ª. Se trata de una población biológica cuyo TAC se fija en el marco de las negociaciones anuales de Estados Costeros, en conjunto entre la Unión Europea, Islandia, Groenlandia, Noruega, Islas Feroe y el Reino Unido; posteriormente se reparte la cuota de la UE entre los distintos estados miembros con derechos históricos, de acuerdo con el principio de estabilidad relativa.
En las distintas rondas de negociación llevadas a cabo en el último trimestre de 2023 entre los Estados costeros, no se ha alcanzado un acuerdo vinculante entre las Partes previo a la celebración del Consejo de ministros de la Unión Europea, celebrado los pasados 10, 11 y 12 de diciembre.
Para su gestión, esta población biológica se distribuye en cuatro unidades de gestión, siendo las de interés para España las correspondientes a los stocks MAC/2CX14- y MAC/8C3411. En ambos casos y en base a la estacionalidad de la pesquería, el Consejo de ministros de la UE adoptó el 100 % de la cuota para ambos stocks.
Así, para el stock MAC/2CX14- el TAC adoptado para la UE ha sido de 93.464 toneladas, de las que a España le corresponden 15 toneladas; de igual forma, el TAC del stock de caballa sur, MAC/8C3411, quedó fijado en 33.770 toneladas, siendo la cuota de España 27.832 toneladas. Este stock dispone de una condición especial que permite poder capturar cantidades sujetas a intercambios con otros Estados miembros en las divisiones 8a, 8b y 8d del CIEM y de las que se debe informar a la Comisión Europea de forma separada bajo el código de stock MAC/*8ABD.
La Orden APM/920/2017, de 22 de septiembre, por la que se establece un Plan de gestión para los buques de los censos de las flotas de altura, gran altura y buques palangreros mayores y menores de 100 toneladas de registro bruto, que operan dentro de los límites geográficos de la Comisión de Pesca del Atlántico Nordeste, establece en su artículo 3.1 un reparto por buque de las posibilidades de pesca y esfuerzo de determinados stocks. Sin embargo, esta flota que faena en zonas CIEM 5b, 6, 7 y 8abde captura otras especies demersales y pelágicas de gran interés para las que, en base al artículo 3.6, se establece una distribución de las posibilidades de pesca de manera global.
Una de dichas especies es la caballa, concretamente del stock MAC/2CX14-, para el que España cuenta con una cuota muy escasa. Esto sumado al carácter migratorio de esta especie, con aparición repentina y elevada en un momento del año difícil de predecir, hace que cuando aparece, la captura por parte de la flota objeto de la presente Resolución sea muy explosiva con capturas diarias elevadas, acompañado de un rápido agotamiento de la cuota de España y la necesidad del cierre precautorio.