Resolución de 10 de septiembre de 2024, de la Secretaría General de Pesca, por la que se resuelve la convocatoria de días adicionales de pesca para la flota de arrastre de fondo del Mediterráneo en 2024 como consecuencia de la aplicación de medidas voluntarias, publicada mediante Resolución de 2 de julio de 2024, de la Secretaría General de Pesca, y por la que se establece la asignación definitiva de días de pesca para la flota de arrastre de fondo del Mediterráneo en 2024.
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación · 14 de septiembre de 2024
En pocas palabras
Resuelve la convocatoria de días adicionales de pesca para la flota de arrastre de fondo del Mediterráneo en 2024 y fija la asignación definitiva de días de pesca. Reparte 1.223 días del 1 % del mecanismo de compensación entre los buques que aplican medidas voluntarias más selectivas.
Qué cambia
Los buques de arrastre de fondo del Mediterráneo que solicitaron y cumplen los requisitos reciben días adicionales de pesca en 2024. Esos días no se pueden traspasar a la otra pesquería.
- A quién afecta
- armadores de buques de arrastre de fondo del Mediterráneo · flota de arrastre de fondo del Mediterráneo · entidades asociativas de gestión conjunta de la pesca
- Cifras
- 1.223 días asignados del 1 % del mecanismo de compensación
- 5 % de los días totales en reserva para buques reactivados o de nueva construcción
- 5 % de los días totales para incentivar la selectividad de los artes de arrastre
- 4,5 %, 5 % o 6 % de días adicionales según las medidas del mecanismo de compensación
- arte con al menos 45 mm de luz de malla cuadrada en el copo para la pesquería de costera
- arte con al menos 50 mm de luz de malla cuadrada en el copo para la pesquería de profundidad
- plazo de 15 días naturales para presentar solicitudes, que concluyó el 22 de julio de 2024
- Agricultura, pesca y alimentación
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
La Resolución de 7 de marzo de 2024, de la Secretaría General de Pesca, por la que se publica para 2024 el listado de días de pesca asignados por buque y grupo de buques de arrastre de fondo del Mediterráneo establece la asignación del 90 % de los días atribuidos a España para la flota de arrastre de fondo del Mediterráneo en 2024.
La Orden APA/423/2020, de 18 de mayo, por la que se establece un plan de gestión para la conservación de los recursos pesqueros demersales en el mar Mediterráneo, dispone en su artículo 5.3.e) que un 5 % de los días totales asignados al Reino de España por el Consejo de la Unión Europea, a través de la adopción del correspondiente reglamento, se dejarán como reserva. Dicha reserva tendrá por objeto cubrir una eventual asignación de días a aquellos posibles buques que entren en funcionamiento, bien porque estando en situación de baja provisional a fecha de 1 de enero de cada año se reactiven, o bien porque se den de alta por nueva construcción a partir de una baja. Para ello, antes del 31 de mayo del año del periodo de gestión deberán comunicar a la Dirección General de Pesca Sostenible dicha reactivación o entrada en funcionamiento, y su asignación se realizará teniendo en cuenta los criterios del apartado a) correspondientes al propio buque que se reactiva o al buque al que substituyen, incluyendo en lo que respecta al número máximo de días de actividad, así como paradas realizadas en el periodo 2014-2018.
Asimismo, la orden indica que una vez que se hayan asignado días de la reserva a los buques que o se hayan reactivado o hayan entrado en funcionamiento, de acuerdo a lo establecido en el párrafo anterior, si siguen quedando días disponibles de cada una de las dos pesquerías (costera o de profundidad) se redistribuirán a partir del 1 de julio de cada año a las diferentes entidades asociativas que realicen la actividad en modelo gestión conjunta con la siguiente proporción: un 30 % en idéntica proporción respecto al número existente de entidades y un 70 % en función del número de buques que las conforman.
Una vez recibidas y analizadas las solicitudes de buques cuya situación ha cambiado a alta provisional, a continuación, el resto de los días de la reserva no utilizados para este fin se sumarán, con los criterios de asignación ya señalados, a los días de pesca previamente asignados a las entidades de gestión conjunta mediante Resolución de 7 de marzo de 2024.
Además, la Orden APA/423/2020, de 18 de mayo, también establece en su artículo 5.3.d), que el restante 5 % de los días totales asignados al Reino de España por el Consejo de la Unión Europea, se empleará para incentivar la mejora de la selectividad de los artes de arrastre en el Mediterráneo.
Para participar en el reparto de este 5 %, los armadores de los buques interesados deben presentar a la Dirección General de Pesca Sostenible a través de la sede electrónica, una declaración responsable en la que se comprometen a utilizar un arte con al menos 45 mm de luz de malla cuadrada en el copo para la pesquería de costera y un arte con al menos 50 mm de luz de malla cuadrada en el copo para la pesquería de profundidad a una determinada fecha en cada año. En este caso, dicho porcentaje se asignará linealmente, en cada tramo de eslora y tipo de pesquería de arrastre, costera o profundidad, entre aquellos buques que hubiesen presentado la declaración responsable.