Resolución de 2 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia, por la que se determina el sometimiento de la técnica HIFU (High Intensity Focused Ultrasound/Ultrasonidos Focalizados de Alta Intensidad) a estudio de monitorización y se establecen sus requisitos específicos.
Ministerio de Sanidad · 11 de septiembre de 2024
En pocas palabras
Somete la técnica HIFU (ultrasonidos focalizados de alta intensidad) a un estudio de monitorización para el tratamiento de los trastornos del movimiento. Fija los requisitos que deben cumplir los centros participantes y encarga la coordinación técnica a dos agencias de evaluación.
Qué cambia
Los centros que quieran aplicar esta técnica en trastornos del movimiento deberán estar designados como centros de referencia e inscribir sus casos en el sistema de información del estudio. La participación queda condicionada a esa designación.
- A quién afecta
- pacientes con trastornos del movimiento · centros, servicios y unidades de referencia del Sistema Nacional de Salud · comunidades autónomas · INGESA · mutualidades de funcionarios
- Sanidad y salud pública
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
El artículo 4 de la Orden SSI/1356/2015, de 2 de julio, por la que se modifican los anexos II, III y VI del Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización, y se regulan los estudios de monitorización de técnicas, tecnologías y procedimientos, señala que se dictaminará el sometimiento de una técnica, tecnología o procedimiento a estudio de monitorización mediante resolución de la persona titular de la Dirección General de Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia. En dicha resolución se establecerán los requisitos técnicos específicos de cada estudio de monitorización, a propuesta de la Comisión de prestaciones, aseguramiento y financiación, y se determinará la Agencia de evaluación que se encargará de la coordinación técnica del estudio.
La Comisión de prestaciones, aseguramiento y financiación (CPAF) en la reunión de 10 de julio de 2019 valoró los informes realizados sobre HIFU elaborados en el marco de la Red Española de Agencias de Evaluación de Tecnologías Sanitarias y Prestaciones del SNS (RedETS). Respecto al informe de temblor esencial se concluyó que teniendo en cuenta la evidencia en aquel momento era necesaria una investigación adicional para definir los criterios para la aplicación de este tratamiento en las enfermedades del sistema nervioso y dado el escaso uso se consideró necesario esperar a que hubiera más evidencia.
Una vez actualizado el informe, encargado a la agencia de evaluación OSTEBA, en la reunión celebrada el 3 de marzo de 2023 de la CPAF se acuerda someter la técnica HIFU ((High Intensity Focused Ultrasound / Ultrasonidos Focalizados de Alta Intensidad) a estudio de monitorización en la indicación de tratamiento de los trastornos del movimiento.
Para hacer efectiva la conveniencia de hacer el estudio de monitorización, se informó a la Comisión de prestaciones, aseguramiento y financiación el 27 de febrero de 2024 del contenido de esta resolución, mediante la cual se establecen los requisitos específicos necesarios para la puesta en marcha del citado estudio de monitorización.
En aplicación de lo señalado en el artículo 4 de la Orden SSI/1356/2015, de 2 de julio, esta Dirección General resuelve:
Primero.
Se somete a estudio de monitorización la técnica HIFU ((High Intensity Focused Ultrasound / Ultrasonidos Focalizados de Alta Intensidad) en la indicación de tratamiento de los trastornos del movimiento, En el correspondiente protocolo se detallarán, entre otros aspectos, los criterios de inclusión y exclusión de pacientes.
Segundo.
La Agència de Qualitat i Avaluació Sanitàries de Catalunya y el Servicio de Evaluación del Servicio Canario de la Salud, se encargarán de la coordinación técnica del estudio de monitorización.