Resolución de 5 de septiembre de 2024, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación de 30 de julio de 2024, por el que se aprueba la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por comunidades autónomas destinados al Programa de cooperación territorial de financiación de libros de texto y materiales didácticos, en el ejercicio presupuestario 2024.
Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes · 9 de septiembre de 2024
En pocas palabras
Aprueba el reparto entre las comunidades autónomas de 58.559.610 euros para el programa de financiación de libros de texto y materiales didácticos en 2024. El reparto se calcula según la tasa de riesgo de pobreza de cada comunidad y el número de alumnos matriculados en centros sostenidos con fondos públicos.
Qué cambia
Las comunidades autónomas reciben fondos para ayudar a las familias a comprar libros de texto y materiales didácticos. El dinero se distribuye según la pobreza y el alumnado de cada comunidad.
- A quién afecta
- familias con hijos en edad escolar · alumnos de Primaria y Secundaria · alumnos de Bachillerato y Formación Profesional · comunidades autónomas · centros educativos sostenidos con fondos públicos
- Cifras
- importe total del programa: 58.559.610,00 euros
- Andalucía: 16.767.389,00 euros
- Cataluña: 7.102.922,00 euros
- Comunitat Valenciana: 7.367.451,00 euros
- Canarias: 3.613.276,00 euros
- Educación y universidades
- Servicios sociales, familias y dependencia
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
La Conferencia Sectorial de Educación, en su reunión de 30 de julio de 2024, ha adoptado el acuerdo por el que se aprueba la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por Comunidades Autónomas destinados al Programa de cooperación territorial de financiación de libros de texto y materiales didácticos, en el año 2024, por importe de 58.559.610,00 euros.
Para general conocimiento, esta Secretaría de Estado de Educación dispone la publicación del citado acuerdo como anexo a la presente resolución.
Madrid, 5 de septiembre de 2024.–El Secretario de Estado de Educación, Abelardo de la Rosa Díaz.
ANEXO
Acuerdo de 30 de julio de 2024 de la Conferencia Sectorial de Educación por el que se aprueba la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por comunidades autónomas destinados al Programa de cooperación territorial de financiación de libros de texto y materiales didácticos en el ejercicio presupuestario 2024, por importe de 58.559.610,00 euros
De conformidad con lo previsto en el artículo 86, apartado 2, regla segunda, letra a), de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, y en los términos que se establecen en los siguientes apartados, se autoriza la propuesta de distribución territorial, por un importe total de 58.559.610,00 euros, para la ejecución del crédito presupuestario 18.04.323M.454 del Presupuesto de Gastos del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, correspondiente a este ejercicio económico, destinado a la realización del Programa de cooperación territorial de financiación de libros de texto y materiales didácticos.
La ejecución del crédito consignado en la actuación de financiación citada queda sujeta a lo dispuesto en el artículo 86 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, que regula los créditos gestionados por las comunidades autónomas.
El citado artículo 86.2 regla Segunda de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria (BOE del 27 de noviembre), establece que «Los criterios objetivos que sirvan de base para la distribución territorial de los créditos presupuestarios, así como su distribución, se fijarán por la Conferencia Sectorial correspondiente al comienzo del ejercicio económico».
Igualmente, el artículo 148.2.f) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispone que, en el seno de la Conferencia Sectorial de Educación, se fijarán los criterios de reparto y la distribución resultante entre las Comunidades Autónomas.
El Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes realizará el seguimiento y control de la aplicación de los créditos, con objeto de comprobar el destino específico para el que fueron transferidos y su adecuada ejecución, según los mecanismos que, a tal efecto, se incluyan en el Acuerdo de la Conferencia Sectorial por el que se fijen los criterios objetivos que sirvan de base para la distribución territorial de los créditos presupuestarios, así como la distribución resultante.