Resolución de 5 de septiembre de 2024, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación de 30 de julio de 2024, por el que se modifica el Acuerdo de 21 de julio de 2021, por el que se aprueba la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por comunidades autónomas destinados al Programa para la digitalización del sistema educativo, en el ejercicio presupuestario 2021, en el marco del componente 19 "Plan Nacional de Capacidades Digitales" del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes · 9 de septiembre de 2024
En pocas palabras
Modifica el acuerdo de reparto de fondos para digitalizar el sistema educativo y amplía el plazo de ejecución del programa hasta el 31 de diciembre de 2025. También traslada a esa fecha los objetivos previstos y fija la justificación de las actuaciones antes del 31 de marzo de 2026.
Qué cambia
Las comunidades autónomas ganan tiempo para ejecutar las actuaciones de digitalización y justificar los fondos recibidos. El programa incluye dotar de dispositivos portátiles y conectividad al alumnado, instalar sistemas digitales interactivos en aulas y formar al profesorado.
- A quién afecta
- comunidades autónomas · centros educativos públicos y concertados · alumnado · profesorado
- Cifras
- importe del programa: 989.185.000 euros
- plazo de ejecución de las actuaciones: hasta el 31 de diciembre de 2025
- justificación de las actuaciones: antes del 31 de marzo de 2026
- equipamiento de un mínimo de 240.000 aulas
- fecha de cumplimiento del objetivo 291: cuarto trimestre de 2025
- Educación y universidades
- Digitalización y telecomunicaciones
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
La Conferencia Sectorial de Educación, en su reunión de 30 de julio de 2024, ha adoptado el Acuerdo por el que se modifica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación del 21 de julio de 2021, por el que se aprueba la prepuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por Comunidades Autónomas destinados al Programa para la digitalización del sistema educativo en el ejercicio presupuestario 2021, en el marco del componente 19 «Plan Nacional de Capacidades Digitales» del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) por importe de 989.185.000,00 euros.
Para general conocimiento, esta Secretaría de Estado de Educación dispone la publicación del citado acuerdo como anexo a la presente resolución.
Madrid, 5 de septiembre de 2024.–El Secretario de Estado de Educación, Abelardo de la Rosa Díaz.
ANEXO
Acuerdo de 30 de julio de 2024 por el que se modifica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación del 21 de julio de 2021, por el que se aprueba la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por Comunidades Autónomas destinados al Programa para la digitalización del sistema educativo en el ejercicio presupuestario 2021, en el marco del componente 19 «Plan Nacional de Capacidades Digitales» del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR), por importe de 989.185.000 euros
Por Acuerdo de 21 de julio de 2021 de la Conferencia Sectorial de Educación, (BOE del 23 de septiembre), fue aprobada la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por Comunidades Autónomas destinados al programa para la digitalización del sistema educativo, en el ejercicio presupuestario 2021, en el marco del componente 19 «Plan Nacional de Capacidades Digitales» del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) por importe de 989.185.000,00 euros.
En dicho Acuerdo se aprobó el programa para la digitalización del sistema educativo para el período 2021-2025, estableciendo en su Anexo las características del mismo: normativa aplicable; contexto y justificación; objetivos del programa; destinatarios; financiación; criterios de distribución; distribución resultante; plazo de ejecución; actuaciones del programa; compromisos del Ministerio de Educación y Formación Profesional y de las Comunidades Autónomas; incompatibilidad de las ayudas; hitos, objetivos, indicadores, coste y calendario; evaluación y seguimiento; justificación y verificación; obligación de información y de rendición de cuentas de la utilización de las cantidades recibidas por conferencia sectorial y condiciones para su rendición; obligación de sometimiento a las disposiciones comunitarias sobre el MRR; y consecuencias de los posibles incumplimientos por parte de las CCAA.