Orden EFD/713/2024, de 27 de junio, por la que se autoriza la implantación de enseñanzas de formación profesional en modalidad presencial en centros públicos de Ceuta y Melilla a partir del curso 2024/2025.
Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes · 11 de julio de 2024
En pocas palabras
Autoriza la implantación de enseñanzas de Formación Profesional en modalidad presencial en cuatro centros públicos de Ceuta y Melilla a partir del curso 2024/2025. Los centros solo podrán impartir las enseñanzas autorizadas por esta orden.
Qué cambia
Los centros públicos indicados podrán ofrecer nuevos ciclos de Formación Profesional desde el curso 2024/2025, y los directores provinciales de Ceuta y Melilla deben vigilar su cumplimiento.
- A quién afecta
- alumnado de Formación Profesional de Ceuta y Melilla · centros públicos de Ceuta y Melilla · Direcciones Provinciales de Ceuta y Melilla · profesorado de Formación Profesional
- Cifras
- curso de inicio: 2024/2025
- centros autorizados: 4
- ciclos autorizados: 4
- Educación y universidades
- Empleo y trabajo
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
La Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional, pone en el centro de la acción política a la persona y su necesidad de cualificarse y mantenerse actualizada a lo largo de toda su vida. Al mismo tiempo, contribuye al fortalecimiento de la competitividad del país y del tejido productivo basado en el conocimiento, para un mejor posicionamiento en la nueva economía, a partir de la satisfacción de las necesidades formativas a medida que se producen, y para la mejora en la cualificación del capital humano de las empresas, el incremento de la cultura del emprendimiento, y la reducción de los desequilibrios estructurales propios de los entornos rurales y las zonas en declive demográfico.
La implantación de nuevos ciclos incide, sin lugar a dudas, en la reducción de las tasas de abandono educativo temprano y en la mejora de la cualificación de la población, en especial de las personas jóvenes, permitiendo así mejorar su cualificación, y reinsertar al mercado laboral una gran parte de las personas que han salido del mismo, en los últimos meses.
Las Direcciones Provinciales de Ceuta y Melilla tras estudiar las demandas de implantación de enseñanzas con nuevas perspectivas profesionales para la población de ambas ciudades, han hecho llegar su análisis para modificar la actual oferta educativa.
Visto el título II, capítulo I de la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional que establece que la Planificación, programación y coordinación de la oferta corresponde a las administraciones educativas con competencias en la materia, teniendo en cuenta las necesidades del modelo productivo y del mercado laboral, la realidad socioeconómica del territorio y las de mandas de formación de la ciudadanía y de los agentes sociales y económicos.
Visto el título IV del Real Decreto 659/2023 de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional
Visto el título III, capítulo III de la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional en relación a las modalidades de la oferta de formación profesional en cuanto a la posibilidad de impartir las modalidades presencial, semipresencial y virtual.
Visto lo establecido en el Real Decreto 1558/2005, de 23 de diciembre, por el que se regulan los requisitos básicos de los centros integrados de Formación Profesional.
Visto Real Decreto 127/2014, de 28 de febrero, por el que se regulan aspectos específicos de la Formación Profesional Básica de las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo, se aprueban catorce títulos profesionales básicos, con las modificaciones introducidas por Real Decreto 498/2024, de 21 de mayo, por el que se modifican determinados reales decretos por los que se establecen títulos de Formación Profesional de grado básico y se fijan sus enseñanzas mínimas, entre los que se encuentra el Grado Básico de Arreglo y Reparación de Artículos Textiles y de Piel y se fijan sus currículos básicos.