Orden CNU/705/2024, de 1 de julio, por la que se modifica la Orden CIN/2502/2010, de 17 de septiembre, por la que se crea la distinción «Ciudad de la Ciencia y la Innovación», se establecen sus bases y se realiza la convocatoria, correspondiente al año 2010.
Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades · 6 de julio de 2024
En pocas palabras
Modifica la orden que creó la distinción «Ciudad de la Ciencia y la Innovación» para fijar en seis meses el plazo máximo para resolver la concesión o renovación de la distinción. Si no se notifica resolución en ese plazo, los ayuntamientos pueden entender desestimada su candidatura.
Qué cambia
Los ayuntamientos que se presenten a la distinción saben que la resolución debe notificarse en un máximo de seis meses y que, pasado ese plazo sin notificación, su candidatura se entiende desestimada. La resolución pone fin a la vía administrativa y puede recurrirse.
- A quién afecta
- ayuntamientos que solicitan la distinción · ciudades distinguidas con el galardón · Red de Ciudades de la Ciencia y la Innovación (Red Innpulso)
- Cifras
- plazo máximo para notificar la resolución: seis meses desde la publicación de la convocatoria
- plazo para interponer recurso potestativo de reposición: un mes desde el día siguiente a la notificación
- Ciencia e innovación
- Administración pública e instituciones
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
La distinción «Ciudad de la Ciencia y la Innovación» se creó en 2010, con el objetivo de reconocer la labor de aquellas ciudades que se caracterizan por su especial apoyo a la innovación en sus territorios, definiendo políticas, potenciando estructuras, instituciones y empresas locales con un fuerte componente científico, tecnológico e innovador.
Las ciudades distinguidas con este galardón forman parte de la «Red de Ciudades de la Ciencia y la Innovación» o Red Innpulso, que desde 2014 se configura jurídicamente como una asociación (ARINN). La Red es un foro de encuentro y de definición de políticas locales innovadoras donde se comparten experiencias y proyectos. Asimismo, a través de la Red se potencia la colaboración entre ayuntamientos compartiendo buenas prácticas en la gestión e iniciativas de comunicación de estos proyectos a los ciudadanos. Actualmente es un agente cada vez más activo de promoción de políticas novedosas, como la compra pública de innovación, el apoyo a las pymes y los emprendedores, la definición de criterios de innovación, y que promueve y apoya la participación en proyectos en el contexto de los programas europeos.
En la Orden CIN/2502/2010, de 17 de septiembre, por la que se crea la distinción «Ciudad de la Ciencia y la Innovación», se establecen sus bases y se realiza la convocatoria, correspondiente al año 2010 no se precisa el plazo máximo para emitir resolución expresa, razón por la cual se aplica el plazo de tres meses al que hace referencia el artículo 21.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Este plazo resulta insuficiente, por regla general, para la resolución del procedimiento, por lo que se considera necesario realizar, en la citada Orden, una mención expresa al plazo máximo para resolver, lo que permite su ampliación hasta los seis meses a los que se refiere el punto dos del mencionado artículo 21.
En su virtud, con la aprobación previa del Ministro para la Transformación Digital y de Función Pública, dispongo:
Artículo único. Modificación de la Orden CIN/2502/2010, de 17 de septiembre, por la que se crea la distinción «Ciudad de la Ciencia y la Innovación», se establecen sus bases y se realiza la convocatoria, correspondiente al año 2010.
Se modifica la Orden CIN/2502/2010, de 17 de septiembre, por la que se crea la distinción «Ciudad de la Ciencia y la Innovación», se establecen sus bases y se realiza la convocatoria, correspondiente al año 2010, en los siguientes términos:
Uno. Se incorpora un nuevo artículo 9 bis, con la siguiente redacción:
«Artículo 9 bis. Plazo máximo de resolución. La resolución se notificará en el plazo máximo de seis meses desde la publicación de la correspondiente convocatoria de concesión o renovación de la distinción «Ciudad de la Ciencia y la Innovación». Transcurrido dicho plazo sin que se haya notificado resolución expresa, los ayuntamientos podrán entender desestimada su candidatura. La resolución pondrá fin a la vía administrativa pudiendo interponerse contra ella recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a contar desde el siguiente al día de su notificación, o recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.»