Aprueba el Plan Regional de Carreteras de La Rioja para el periodo 2024-2032. El plan fija objetivos, previsiones y programación de actuaciones en las carreteras de titularidad autonómica, con su valoración económica.
Qué cambia
Ordena las actuaciones e inversiones previstas en la red de carreteras autonómicas durante 2024-2032. Afecta a quienes usan esas vías y a las obras y gastos que se programen en ellas.
A quién afecta
conductores y usuarios de las carreteras autonómicas · empresas de transporte por carretera · empresas de construcción y obra pública · municipios de La Rioja
Cifras
periodo de vigencia del plan: 2024-2032
plan anterior: Ley 8/2000, de 28 de diciembre, con duración prevista de diez años (2001-2010)
Transporte e infraestructuras
Administración pública e instituciones
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Texto
EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA
Sepan todos los ciudadanos que el Parlamento de La Rioja ha aprobado, y yo, en nombre de su Majestad el Rey y de acuerdo con lo que establece la Constitución y el Estatuto de Autonomía, promulgo la siguiente Ley:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El artículo 148.1.5.ª de la Constitución española señala que las comunidades autónomas podrán asumir competencias en materia de carreteras cuyo itinerario se desarrolle íntegramente en el territorio de la comunidad autónoma.
Por su parte, el artículo 8.Uno.15 del Estatuto de Autonomía de La Rioja, aprobado por Ley Orgánica 3/1982, de 9 de junio, reconoce la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma de La Rioja en materia de carreteras cuyo itinerario se desarrolle íntegramente dentro del territorio de La Rioja.
El artículo 7.1 y 3 de la Ley 2/1991, de 7 de marzo, de Carreteras de la Comunidad Autónoma de La Rioja, establece que los planes regionales de carreteras comprenderán las previsiones, objetivos y programación de actuaciones en las carreteras de titularidad autonómica, e incluirán el análisis y diagnóstico de la red actual, las previsiones de la situación de la red de carreteras al final del periodo de vigencia, la programación de actividades y su valoración económica.
Por su parte, el apartado 4 del mismo artículo establece que los planes regionales de carreteras serán aprobados por el Parlamento de La Rioja, a propuesta del Gobierno.
La planificación constituye uno de los elementos primordiales para la gestión eficaz de los intereses públicos. En el ámbito concreto de las carreteras, y siempre bajo la perspectiva de igualdad efectiva entre hombres y mujeres, una planificación adecuada permite conocer la funcionalidad de las distintas carreteras y su incidencia en la ordenación del territorio y en los flujos regionales de transporte, clasificarlas de acuerdo con unos criterios predeterminados, adecuar la oferta a la demanda en función del tráfico y de la situación real de las infraestructuras que la componen, definir los objetivos que se pretenden alcanzar y establecer los medios para su logro, coordinar las actuaciones de la región al respecto con las de las comunidades limítrofes, integrar las redes de carreteras de los distintos niveles en un sistema suprarregional para la funcionalidad y calidad de servicio, y programar las inversiones y gastos para optimizar su rentabilidad social.
En virtud de la importancia descrita, el último plan elaborado fue el Plan Regional de Carreteras de la Comunidad Autónoma de La Rioja aprobado por Ley 8/2000, de 28 de diciembre, con una duración inicialmente prevista de diez años (2001-2010), y prorrogado hasta el 2011 por la Ley 9/2004, de 22 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2005. El mismo fue revisado y actualizado mediante Ley 4/2010, de 30 de abril, cuya pretensión última consistía en analizar los objetivos alcanzados, incorporar las nuevas necesidades de actuación y planificar las inversiones presupuestarias necesarias hasta el final de su vigencia, prevista para el año 2021.
Lo expuesto determina la necesidad de proceder, en este momento, a llevar a cabo una revisión de amplio alcance que permita no solo analizar los resultados y objetivos alcanzados, así como las dificultades encontradas en los anteriores procesos planificadores, sino también proceder a una nueva propuesta de planificación de las inversiones necesarias para el siguiente periodo 2024-2032, atendiendo específicamente a imperativos derivados de la movilidad regional interurbana y de los cambios sociales que, desde la aprobación del anterior plan, han tenido lugar en la sociedad riojana.
Y ello sin perder de vista los objetivos generales que se han pretendido alcanzar con cada uno de los planes vigentes hasta la fecha: promover condiciones favorables para el progreso social y económico de la población riojana, contribuir al desarrollo, junto con otros instrumentos de planificación, de una política territorial equilibrada y adecuada, mejorar la funcionalidad de sus carreteras, contribuir a la armonización entre la mejora de las infraestructuras y el respeto del medioambiente, y mantener una gestión basada en el diálogo y consenso con el resto de las administraciones públicas.
Por otro lado, es ineludible alinear el nuevo Plan con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y, especialmente, con la movilidad sostenible. Para ello, además de tener en cuenta la relación que existe entre las emisiones generadas por los vehículos de combustión y el cambio climático, también se ha valorado la influencia que las infraestructuras de comunicación y transporte tienen sobre la consecución de metas de desarrollo humano y equidad social.
En base a los antecedentes expuestos, el Gobierno de La Rioja, a través de la Consejería de Política Local, Infraestructuras y Lucha contra la Despoblación, ha procedido a redactar el presente Plan Regional de Carreteras de la Comunidad Autónoma de La Rioja 2024-2032, que contiene un enfoque realista adaptando los recursos disponibles en el actual marco de estabilidad presupuestaria.
La elaboración del Plan de Carreteras ha requerido la realización de una serie de estudios y trabajos técnicos en los que han sido analizados distintos aspectos que afectan al correcto funcionamiento de la Red de Carreteras. Entre ellos se encuentran los análisis de demanda e intensidad de tráfico, capacidad, accidentabilidad, estado de conservación de la red, accesibilidad territorial, impacto ambiental, etc. De este modo, la propuesta prioriza las actuaciones en función de los problemas existentes y las necesidades detectadas, habiéndose realizado un examen que tiene en cuenta los resultados obtenidos y en el cual se determinan cuáles son las actuaciones más urgentes, con especial atención a la accesibilidad desde cualquier punto del territorio a los servicios básicos, pero sin perder de vista la compatibilidad temporal de las propuestas con las actuaciones llevadas a cabo por el resto de las administraciones públicas.
El Plan ha sido sometido al procedimiento de evaluación ambiental estratégica ordinaria, que incluye los preceptivos trámites de consultas y participación pública, culminando con la Declaración ambiental estratégica del Plan Regional de Carreteras de La Rioja 2022-2030 (EAE 75/2021), que fue formulada por Resolución 328/2022, de 23 de junio, de la Dirección General de Calidad Ambiental y Recursos Hídricos.
El Plan se divide en once tomos, dedicados a analizar, entre otras cuestiones, el marco territorial, legislativo y estratégico, el grado de ejecución del plan vigente, la repercusión de actuaciones pendientes, el inventario de la red y su estado de conservación, el tráfico, movilidad, seguridad vial y seguridad ciclista, las travesías urbanas y modelización, la red y accesibilidad y red objetivo, la programación de las inversiones, el escenario de nuevos enlaces en la AP-68 y el establecimiento de un plan de seguimiento y control. También se analizan los criterios de clasificación y jerarquización de la red de carreteras, proponiendo las modificaciones oportunas, y se detallan las propuestas de actuación, incluyendo programas económicos y de inversiones para todas las carreteras en un plazo de ocho años.
La ley se estructura en once artículos, seis disposiciones adicionales, una disposición transitoria, una disposición derogatoria y una disposición final.
En las disposiciones adicionales de la ley se prevén las actuaciones que han de seguirse para el caso de que sea preciso ejecutar obras no previstas en el Plan, derivadas de situaciones imprevisibles, se declaran de utilidad pública y urgente ocupación las obras financiadas con cargo a los créditos de inversiones que figuran en los anexos IV y V, y se describe el contenido de los anexos I a V.
La disposición derogatoria única se dedica a las disposiciones de igual o inferior rango que quedan derogadas.
Artículo 1.
La presente ley contiene el Plan Regional de Carreteras de la Comunidad Autónoma de La Rioja 2024-2032, por un importe total de 265.706.643,41 euros, cuyos resúmenes económicos y programas de inversiones figuran como anexos a esta ley.
Artículo 2.
El Plan de Carreteras de la Comunidad Autónoma de La Rioja es un documento en el que, analizada la red viaria regional actual, se definen las actuaciones, programadas en plazos y valoradas económicamente, que se han de realizar en función del desarrollo socioeconómico previsto para La Rioja, aplicando criterios de desarrollo sostenible.
Así, con el objetivo puesto en la sostenibilidad y la seguridad vial, en cada proyecto de nueva construcción o modificación de trazado se estudiará la posibilidad de ejecutar una alternativa de vía ciclista paralela.
Si se diera la imposibilidad de ejecutar dicha vía paralela por cuestiones técnicas, ambientales o económicas, deberá motivarse en el proyecto correspondiente.
Artículo 3.
La vigencia del Plan Regional de Carreteras de La Rioja 2024-2032 se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2032, sin perjuicio de que proceda su revisión o actualización cuando se produzca un cambio de circunstancias o criterios que motivaron su aprobación, a propuesta de la consejería competente en materia de carreteras, sin perjuicio de la revisión en todo caso a los cinco años de su publicación.
Artículo 4.
El ámbito de aplicación de esta ley serán las vías de tránsito rodado que, transcurriendo en su integridad por el territorio de la Comunidad Autónoma de La Rioja, figuren en los anexos de esta ley.
El Plan Regional de Carreteras de La Rioja 2024-2032 se divide en tres programas de actuación que figuran como anexos I, II y III de la presente ley:
a) Programa de actuaciones para la construcción, acondicionamientos, y ensanches y mejoras de la red autonómica de La Rioja.
b) Programa de actuaciones en medio urbano, de conservación ordinaria, de seguridad vial y de movilidad sostenible en la red autonómica de La Rioja.
c) Programa de actuaciones preparatorias y complementarias para el desarrollo del Plan Regional de Carreteras de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Artículo 5.
En el programa de actuaciones para la construcción, acondicionamientos, y ensanches y mejoras de la red autonómica de La Rioja, que figura como anexo I de esta ley, se recoge el cuadro de financiación que, en virtud del tipo de actuación, será llevado a cabo dentro del plazo de vigencia del Plan.
Artículo 6.
En el programa de actuaciones en medio urbano, de conservación ordinaria, de seguridad vial y de movilidad sostenible en la red autonómica de La Rioja, que figura como anexo II de esta ley, se recoge el cuadro de financiación que, en virtud del tipo de actuación, será llevado a cabo dentro del plazo de vigencia del Plan.
Artículo 7.
En el programa de actuaciones preparatorias y complementarias para el desarrollo del Plan Regional de Carreteras de la Comunidad Autónoma de La Rioja, que figura como anexo III de esta ley, se recoge la distribución temporal del coste económico de redacción de estudios, proyectos y seguimiento ambiental y de expropiación de los terrenos necesarios y reposición de servicios para realizar los programas referidos en los artículos 5 y 6.
Artículo 8.
1. La ejecución del Plan Regional de Carreteras se ajustará en su programación anual y desarrollo a lo recogido en los anexos I, II y III, independientemente del plazo de ejecución y definición de cada actuación concreta, que se especificará en el anexo de inversiones que se contenga en cada ley de presupuestos de la Comunidad Autónoma de La Rioja, con su correspondiente anualidad.
2. Asimismo, la citada ejecución podrá realizarse conjuntamente con otras administraciones, organismos y entidades, públicos o privados, mediante los mecanismos de cooperación establecidos al efecto, respetando en todo caso la programación de los tres primeros anexos.
Artículo 9.
La financiación del Plan Regional de Carreteras de La Rioja podrá provenir tanto de recursos públicos como privados.
La incorporación de nuevos fondos procedentes de otras administraciones, organismos o empresas privadas se destinará de manera prioritaria a los programas de variantes, seguridad vial, conservación y desdoblamientos.
Artículo 10.
Por motivos de coyuntura económica y presupuestaria, debidamente justificados por la consejería competente en materia de hacienda, podrá presupuestarse para un ejercicio una cantidad inferior o superior a la prevista en los tres primeros anexos. En tal caso, procederá su modificación, ajustándolos en virtud de las circunstancias económico-presupuestarias, bien incrementando las cantidades de las anualidades restantes del Plan, bien ampliando su plazo de desarrollo.
Artículo 11.
El Gobierno de La Rioja remitirá al Parlamento en el mes de septiembre de cada año información sobre:
a) El cumplimiento de las previsiones del Plan de Carreteras de La Rioja.
b) Las actuaciones viarias previstas, en proyecto o en ejecución, para ese año, con indicación, como mínimo, de su presupuesto, plazos de ejecución y modificaciones.
c) Todas aquellas cuestiones que puedan servir, a criterio de la Consejería de Política Local, Infraestructuras y Lucha contra la Despoblación, o aquella otra que viniera a sustituirla como competente en materia de carreteras, para el efectivo seguimiento del cumplimiento del Plan Regional de Carreteras de La Rioja.
Disposición adicional primera.
Si fuera preciso acometer obras no comprendidas en el Plan Regional de Carreteras 2024-2032, pero necesarias por razones de emergencia o interés público, y con ello se afectara a las previsiones presupuestarias del Plan para esa anualidad, al no permitir acometer algunas de las actuaciones allí previstas, estas deberán ser incluidas con carácter prioritario en el siguiente ejercicio presupuestario.
La adecuación de la planificación a las circunstancias imprevisibles antes descritas se producirá modificando los anexos de esta ley, en los términos previstos en el artículo 10.
Disposición adicional segunda.
1. Se declaran de utilidad pública las obras financiadas con cargo a los créditos de inversiones que figuran en los anexos IV y V, y se entenderá implícita en la aprobación de los proyectos que les correspondan, extendiéndose a los bienes y derechos de necesaria expropiación, ocupación temporal o imposición de servidumbres, comprendidos tanto en la aprobación de los proyectos como en las modificaciones que pudieran aprobarse con posterioridad. Los proyectos deberán incluir la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados por dichos fines.
2. Se declaran de urgente ocupación los bienes afectados por las obras incluidas en los anexos IV y V de la presente ley, a los efectos previstos en el artículo 52 de la Ley sobre expropiación forzosa, y en la anualidad a la que corresponda su ejecución, de conformidad con el anexo de inversiones de la correspondiente ley de presupuestos de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Disposición adicional tercera.
Los anexos I, II, y III contienen los cuadros del resumen económico de los diferentes programas de actuaciones y del conjunto del Plan, respectivamente, distribuidos en el plazo de ejecución del Plan.
Disposición adicional cuarta.
El anexo IV desglosa las actuaciones del programa para la construcción, acondicionamientos, ensanches y mejoras de la red autonómica, valorando cada una de ellas según las categorías de la red.
Disposición adicional quinta.
El anexo V contiene una propuesta de Red Objetivo, que se extiende más allá del horizonte temporal del Plan y cuyas actuaciones pueden ser acometidas por razones de interés público o urgente necesidad.
Disposición adicional sexta.
Se establece una nueva relación y clasificación de las carreteras de titularidad de la Comunidad Autónoma de La Rioja en el anexo VI de la presente ley.
Disposición transitoria única.
Aquellas actuaciones que, estando previstas en el Plan Regional de Carreteras de la Comunidad Autónoma de La Rioja 2024-2032, ya se estén desarrollando en el momento de su entrada en vigor, seguirán ejecutándose, sin perjuicio de su toma en consideración dentro de la ejecución del Plan.
Disposición derogatoria única.
Quedan derogadas cuantas normas de igual o inferior rango se opongan a la presente ley, en especial la Ley 8/2000, de 28 de diciembre, del Plan Regional de Carreteras de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Disposición final única.
La presente ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de La Rioja».
Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos cumplan y cooperen al cumplimiento de la presente ley y a los Tribunales y Autoridades la hagan cumplir.
Logroño, 25 de junio de 2024.–El Presidente, Gonzalo Capellán de Miguel.
(Publicada en el «Boletín Oficial de La Rioja» número 123, de 26 de junio de 2024)
ANEXO I
Programa de actuaciones para la construcción, acondicionamientos, ensanches y mejoras de la Red Autonómica de La Rioja
Itinerario | Denominación | Longitud (km)
LR-111 | L.P. de Burgos a la N-124 en Haro, por Valgañón, Zorraquín, Ezcaray, Ojacastro, Santo Domingo de la Calzada, Castañares de Rioja, variante este de Casalarreina, N-126 y Haro. | 43,240
LR-113 | De L.P. de Burgos a N-232 en Cenicero por Canales de la Sierra, Villavelayo, Mansilla de la Sierra, Tabladas, Anguiano, Bobadilla, Baños de Río Tobía, Mahave, variante de Tricio y variante de Uruñuela. | 75,060
LR-115 | De L.P. Soria a L.P. de Navarra por Enciso, Arnedillo, Santa Eulalia Somera, Santa Eulalia Bajera, Herce, Arnedo, Quel, Autol, Aldeanueva de Ebro, N-232 y límite de provincia de Navarra. | 50,920
LR-123 | De la N-113 en Valverde a L.P. de Navarra por Cervera del Río Alhama, Grávalos, variante de Arnedo y El Villar de Arnedo. | 64,150
LR-124 | De Logroño a Vitoria por Laguardia dando continuidad a A-124 a su paso por La Rioja en los tres tramos, Logroño, San Vicente de la Sonsierra, Ábalos y Briñas. | 11,830
LR-131 | Del puente de Piedra (al norte de Logroño) en la antigua N-111 a límite de provincia de Navarra en la NA-134 a su paso por La Rioja. | 6,770
LR-132 | De N-232 a aeropuerto de Logroño-Agoncillo. | 1,950
LR-134 | De LR-123 a L.P. de Navarra (San Adrián) por Calahorra y la variante oeste de Calahorra. | 15,150
LR-136 | De LR-113 a A-12 por Nájera. | 3,450
LR-137 | De N-111 a N-232 en Fuenmayor por Entrena y Navarrete. | 17,130
Total Red Regional Básica. | 289,650
Itinerario | Denominación | Longitud (km)
LR-200 | De LR-201 en Herramélluri a L.P. de Burgos por Leiva y Tormantos. | 6,540
LR-201 | De antigua N-120 en Santo Domingo de la Calzada a antigua N-232 en Tirgo por Herramélluri, Cuzcurrita del Río Tirón y Tirgo. | 16,950
LR-202 | De LR-111 en Haro a N-232 por Anguciana. | 12,360
LR-203 | De la LR-111 en Haro a la LR-111 en Santo Domingo de la Calzada por Zarratón, Cidamón, San Torcuato y Bañares. | 18,050
LR-204 | De antigua N-120 en Santo Domingo de la Calzada a la LR-207 en Badarán por Cirueña y Villar de Torre. | 15,760
LR-205 | De LR-113 a LR-206 por Cárdenas, Badarán y Berceo. | 10,510
LR-206 | De A-12 a San Millán de la Cogolla por Azofra, Alesanco, Canillas de Río Tuerto, Cañas y Berceo. | 15,050
LR-207 | De la N-232 en Gimileo a la LR-113 en Baños de Río Tobía por Ollauri, Rodezno, Alesanco, Cordovín y Badarán. | 29,530
LR-208 | De la N-120 a N-232 por Hormilleja y San Asensio. | 11,690
LR-209 | De antigua N-232 en Tirgo a L.P. de Burgos por Sajazarra. | 10,920
LR-210 | De la N-232 a la LR-124 por Briones y San Vicente de la Sonsierra. | 5,240
LR-211 | De la N-232 a L.P. de Álava (Elciego), por variante de Cenicero. | 3,230
LR-212 | De LR-111 en Haro a L.P. de Álava (Labastida). | 1,280
LR-232 | De la N-111 en Villanueva de Cameros a LR-113 por Ortigosa de Cameros y Brieva de Cameros. | 30,190
LR-245 | De LR-250 en Jalón de Cameros a N-111 por Muro en Cameros y Almarza de Cameros. | 19,620
LR-250 | De Hospital San Pedro a N-111 por variante de Villamediana de Iregua, Ribafrecha, Soto en Cameros, Terroba, San Román de Cameros, Jalón de Cameros, Cabezón de Cameros y Laguna de Cameros. | 56,530
LR-251 | De N-232 en Fuenmayor a L.P. de Álava (Lapuebla de Labarca). | 3,670
LR-253 | De la N-111 a LR-232 por El Rasillo. | 10,270
LR-254 | De la LR-541 en Entrena a la LR-255 en Alberite por Lardero. | 10,560
LR-255 | De la LR-250 en la variante de Villamediana de Iregua a la N-111 por Alberite y Albelda de Iregua. | 12,280
LR-256 | De la N-111 a la LR-255 en Albelda de Iregua. | 1,630
LR-259 | De la LR-250 en la Variante de Villamediana de Iregua a la LR-260 por variante de Murillo de Río Leza, Galilea, Corera y El Redal. | 30,990
LR-260 | De la LR-259 (en Corera) a L.P. de Navarra (Lodosa) por Alcanadre. | 13,140
LR-261 | De la N-232 en Agoncillo a la LR-476 (en el futuro a la LR-484) por variante de Murillo de Río Leza, Ventas Blancas y Robres del Castillo. | 24,670
LR-280 | De la N-232 a la LR-123 por Pradejón. | 4,580
LR-281 | De la LR-115 en Quel a la LR-134. | 3,700
LR-282 | De la LR-115 en Autol a la LR-134. | 8,270
LR-283 | De la LR-123 a la LR-123 por Cornago, Igea y Rincón de Olivedo. | 25,070
LR-284 | De la LR-123 en Cervera del Río Alhama a L.P de Soria por Aguilar del Río Alhama (San Felices). | 11,520
LR-285 | De la N-232 en Rincón de Soto a la LR-123 por Corella, Fitero y Ventas del Baño. | 10,560
LR-286 | De la LR-115 a la LR-283 por El Villar de Poyales y Navalsaz. | 19,200
LR-287 | De la antigua N-232 en Alfaro a L.P. de Navarra (Corella). | 4,210
LR-288 | De la antigua N-232 en Alfaro a la N-113 (Castejón). | 5,160
LR-289 | De la LR-285 en Ventas del Baño a la LR-287 en Alfaro. | 21,040
Total Red Comarcal. | 483,970
Itinerario | Denominación | Longitud (km)
LR-301 | De la LR-209 a LR-209 por Galbárruli. | 2,970
LR-302 | De la N-232 a LR-209 por Fonzaleche y Villaseca. | 5,770
LR-303 | De la LR-202 a LR-304 en Treviana. | 5,870
LR-304 | De la LR-201 en Herramélluri a L.P. de Burgos por Treviana y Foncea. | 19,710
LR-305 | De la LR-200 en Leiva a LR-304. | 5,560
LR-306 | De la LR-111 en Haro a L.P. de Burgos por San Felices. | 8,680
LR-307 | De la N-232 a la LR-201 por Cuzcurrita del Río Tirón. | 1,950
LR-308 | De Quintana a la LR-111 por Grañón y Villalobar de Rioja. | 13,000
LR-309 | De la N-120 a la LR-111 por Hervías y Bañares. | 7,670
LR-310 | De la antigua N-232 en Casalarreina a LR-202 por Cihuri. | 3,120
LR-311 | De la LR-111 en Casalarreina a la LR-207 por Zarratón. | 6,900
LR-312 | De la LR-304 a la LR-209. | 4,780
LR-313 | De la A-12 a la LR-207 en Ollauri por Hormilla y Altos de Valpierre. | 15,870
LR-314 | De la N-232 en Briones a la LR-313. | 5,100
LR-315 | De la A-12 a la LR-313. | 4,530
LR-316 | De L.P. de Álava (Labastida) a la LR-317 en Rivas de Tereso. | 2,100
LR-317 | De la LR-124 en San Vicente de la Sonsierra a L.P. de Álava (Peñacerrada) por Rivas de Tereso. | 9,780
LR-318 | De la LR-124 a San Vicente de la Sonsierra por Baños de Ebro. | 10,560
LR-319 | De la LR-124 en Ábalos a la LR-318. | 5,100
LR-320 | De la LR-203 en Cidamón a la LR-311. | 2,150
LR-321 | De la N-120 (variante de Nájera) a la N-232 (variante de Cenicero) por Huércanos. | 9,810
LR-322 | De la N-120 (Alto de San Antón) a LR-113 en Uruñuela por Huércanos. | 6,480
LR-323 | De la LR-308 en Grañón a la antigua N-120 por Morales y Corporales. | 8,090
LR-324 | De la LR-113 a la LR-136 por Arenzana de Abajo. | 2,790
LR-325 | De la LR-111 en Santo Domingo de la Calzada a LR-204 por Gallinero de Rioja y Manzanares de Rioja. | 8,230
LR-326 | De la LR-204 a la LR-309 en Hervías. | 3,020
LR-327 | De la LR-204 a la LR-206 en Cañas. | 3,090
LR-328 | De la N-232 a LR-208 (antiguo trazado de la LR-208). | 0,510
LR-330 | De la N-111 a la N-111 por Torrecilla en Cameros. | 1,460
LR-331 | De la LR-113 a la LR-206 en San Millán de la Cogolla por Villaverde de Rioja y San Andrés. | 11,890
LR-333 | De la N-111 a la LR-113 por Villoslada de Cameros y las Viniegras. | 34,620
LR-334 | De la LR-113 en Villavelayo a L.P. Burgos (Neila). | 7,840
LR-340 | De la N-120 a LR-330 en Torrecilla en Cameros por Alesón, Manjarrés, Santa Coloma y Castroviejo (pendiente de construcción tramo Castroviejo a Torrecilla en Cameros). | 15,100
LR-341 | De la A-12 a la LR-137 por Ventosa, Sotés, Hornos de Moncalvillo, Daroca, Sojuela y Sorzano. | 17,540
LR-342 | De la A-12 a la LR-341 en Sotés. | 2,540
LR-344 | De la LR-250 a la LR-255 en Alberite por el barrio de las Bodegas. | 3,070
LR-345 | De la LR-250 a Clavijo por Alberite y La Unión. | 8,760
LR-346 | De la LR-250 en Ribafrecha a la LR-261 (Ventas Blancas). | 8,520
LR-380 | De la LR-115 en Santa Eulalia Bajera a la LR-382 en Préjano. | 2,340
LR-381 | De N-232 a la LR-123 por Tudelilla. | 6,870
LR-382 | De la LR-115 a LR-583 en Arnedo por Préjano. | 14,200
LR-384 | De la N-232 a Aldeanueva de Ebro. | 2,050
LR-385 | De la LR-123 en Grávalos a la LR-289. | 8,630
LR-387 | De la LR-123 a la LR-283 en Igea. | 5,180
LR-390 | De la LR-284 en Aguilar del Río Alhama a L.P de Soria (Valdeprado) por Valdemadera y Navajún. | 13,950
LR-391 | De la LR-390 a L.P. de Soria (Cigudosa). | 3,750
Total Red Local. | 354,490
Itinerario | Denominación | Longitud (km)
LR-401 | De la LR-306 en Haro a Villalba de Rioja. | 4,440
LR-403 | De la LR-301 a Castilseco. | 1,120
LR-404 | De la LR-209 a Cellorigo. | 3,050
LR-405 | De la LR-304 a San Millán de Yécora. | 3,930
LR-406 | De la LR-209 a Villaseca en la LR-302. | 0,900
LR-408 | De la LR-504 a Baños de Rioja. | 1,240
LR-409 | De la LR-204 a la LR-204 por Ciriñuela. | 1,530
LR-410 | De L.P. Burgos (Bascuñana) a Quintanar de Rioja. | 1,140
LR-412 | De la LR-308 a LR-410 (Quintanar de Rioja) por Villarta. | 4,780
LR-413 | De la LR-111 a Pazuengos por Santurdejo. | 9,740
LR-414 | De la LR-413 a Santurde de Rioja. | 1,750
LR-415 | De la LR-111 en Ezcaray a Posadas por Zaldierna y Azárrulla. | 10,450
LR-416 | De la LR-415 a Valdezcaray. | 13,050
LR-417 | De la LR-415 a Urdanta. | 3,740
LR-418 | De la LR-415 a San Antón. | 0,510
LR-419 | De la LR-206 en Alesanco a LR-206 por Torrecilla sobre Alesanco. | 2,100
LR-420 | De la LR-204 a Villarejo. | 1,550
LR-421 | De la LR-206 a Suso. | 1,420
LR-422 | De la LR-206 a Lugar del Río. | 2,580
LR-424 | De la LR-124 a Peciña. | 3,320
LR-427 | De la N-120 (Alesón) a la LR-321 en Huércanos. | 2,340
LR-428 | De la LR-207 a Casas Blancas (Cidamón). | 1,230
LR-429 | De la LR-113 a Bezares (en el futuro a Santa Coloma) por Tricio y la variante de Arenzana de Arriba. | 7,000
LR-431 | De la LR-113 a Camprovín. | 4,730
LR-432 | De la LR-331 a Tobía por Matute. | 4,250
LR-433 | De la LR-113 a Ledesma de la Cogolla. | 4,280
LR-434 | De la LR-113 a Pedroso. | 4,220
LR-435 | De la LR-113 a Valvanera. | 4,920
LR-436 | De la LR-333 a Ventrosa. | 3,060
LR-437 | De la LR-113 a L.P. de Burgos (Huerta de Arriba). | 1,490
LR-440 | De la LR-255 a Nalda. | 1,030
LR-441 | De Logroño a El Cortijo. | 5,540
LR-442 | De la LR-342 a LR-341 en Hornos de Moncalvillo. | 2,440
LR-443 | De la LR-250 a Logroño. | 1,370
LR-444 | De la LR-341 a la LR-137 por Medrano. | 2,350
LR-445 | De la LR-341 en Sojuela a LR-541 en Entrena. | 2,680
LR-446 | De la N-111 a Viguera. | 1,220
LR-447 | De la N-111 a Nestares. | 1,990
LR-448 | De la LR-333 a Lomos de Orio. | 8,500
LR-450 | De la LR-253 a Nieva de Cameros. | 0,910
LR-451 | De la LR-253 a Montemediano. | 1,140
LR-452 | De la LR-232 a Peñaloscintos. | 1,650
LR-453 | De la LR-245 a Pinillos. | 3,610
LR-454 | De la N-111 a Gallinero de Cameros. | 3,020
LR-455 | De la N-111 a Aldeanueva de Cameros. | 3,610
LR-456 | De la N-111 a Lumbreras. | 1,060
LR-457 | De la LR-250 a San Andrés. | 0,850
LR-458 | De la N-232 a Agoncillo. | 1,200
LR-459 | De la N-232 a Arrúbal. | 1,970
LR-460 | De la LR-250 a Leza de Río Leza. | 1,520
LR-461 | De la LR-250 a Luezas. | 7,030
LR-462 | De la LR-250 a Trevijano. | 3,020
LR-463 | De la LR-245 a Torre en Cameros. | 6,520
LR-464 | De la LR-466 a Vadillos. | 4,290
LR-465 | De la LR-464 a Hornillos de Cameros (en el futuro a LR-261). | 5,860
LR-466 | De la LR-250 a Ajamil. | 7,050
LR-467 | De la LR-261 a San Bartolomé de Jubera. | 1,070
LR-468 | De la LR-261 en Ventas Blancas a Lagunilla del Jubera. | 2,470
LR-469 | De la LR-261 a Santa Engracia del Jubera. | 0,870
LR-470 | De la LR-261 a Jubera. | 0,350
LR-471 | De la LR-259 a Santa Lucía. | 4,320
LR-472 | De la LR-259 en El Redal a La Villa de Ocón por Los Molinos de Ocón. | 7,790
LR-473 | De la LR-472 a Aldealobos. | 0,800
LR-474 | De la LR-472 a la LR-472 por Pipaona. | 1,030
LR-475 | De la LR-472 a Las Ruedas de Ocón. | 2,450
LR-476 | De la LR-261 a San Vicente de Robres. | 4,690
LR-477 | De la LR-261 a Santa Marina. | 10,890
LR-478 | De la LR-250 a San Román de Cameros. | 0,690
LR-479 | De la LR-467 a San Martín de Jubera. | 4,800
LR-480 | De la LR-381 en Tudelilla a Carbonera. | 6,260
LR-481 | De la LR-123 a la LR-381 en Tudelilla. | 1,520
LR-482 | De la LR-134 en Calahorra a Murillo de Calahorra. | 3,040
LR-483 | De la LR-123 a Bergasillas Somera por Bergasa y Bergasillas Bajera. | 7,790
LR-484 | De la LR-115 a Zarzosa por Munilla. | 7,210
LR-485 | De la LR-115 a Peroblasco. | 0,240
LR-486 | De la N-111 a Ribavellosa. | 6,100
LR-487 | De la LR-123 a Muro de Aguas. | 4,160
LR-488 | De la LR-123 a Villarroya. | 1,260
LR-489 | De la LR-283 a Valdeperillo. | 1,670
LR-490 | De la LR-286 a Poyales. | 0,560
LR-491 | De la LR-284 a Inestrillas. | 0,370
LR-492 | De la LR-123 a Valdegutur. | 2,540
LR-493 | De la LR-284 a Gutur. | 6,820
LR-494 | De la LR-471 a LR-472 - Santa Lucía - La Villa de Ocón. | 2,540
LR-495 | De la N-232 a LR-115 por Rincón de Soto. | 3,100
LR-496 | De Aguilar del Río Alhama a la LR-493. | 1,390
Total Red Local Accesos. | 290,080
Itinerario | Denominación | Longitud (km)
LR-501 | De la LR-308 a Grañón. | 0,350
LR-502 | De la LR-111 a Estación Castañares de Rioja. | 0,710
LR-504 | De la LR-111 a la LR-111 (travesía de Castañares de Rioja). | 5,560
LR-506 | De la LR-200 en Tormantos a puente sobre río Tirón. | 0,310
LR-507 | De la N-232 a la Estación de San Asensio. | 0,480
LR-514 | De la LR-113 a la LR-113 (travesía de Uruñuela). | 1,840
LR-515 | De la LR-208 a la LR-208 (travesía San Asensio). | 2,550
LR-541 | De la LR-137 a la LR-137 (travesía de Entrena). | 3,000
LR-542 | De N-232 frente a la LR-137 a la LR-543 (travesía de Fuenmayor). | 0,250
LR-543 | De la N-232 a la LR-251 (travesía de Fuenmayor). | 0,580
LR-547 | De la N-111 a Torrecilla en Cameros (barrio de Barruelo). | 0,380
LR-548 | De la LR-245 a Muro en Cameros. | 0,180
LR-549 | De la LR-466 a Rabanera. | 0,540
LR-551 | De la LR-259 en variante de Murillo de Río Leza (oeste) a la LR-261. | 2,250
LR-552 | De la LR-551 en travesía de Murillo de Río Leza a la LR-259 en variante de Murillo de Río Leza (sur). | 1,400
LR-553 | De la LR-260 a Estación FF. CC. Alcanadre. | 0,620
LR-583 | Travesía de Arnedo (antigua LR-123) entre la LR-123 (glorieta variante) y la LR-115. | 1,440
LR-584 | Travesía de Arnedo (antigua LR-115 desde LR-585 a LR-115). | 0,160
LR-585 | De la LR-123 a la LR-584 (travesía de Arnedo). | 2,140
LR-586 | De la N-232 a la LR-495 por travesía de Rincón de Soto. | 0,320
LR-590 | De la LR-390 a Navajún. | 0,180
LR-591 | De la LR-285 en Ventas del Baño a LR-289. | 0,440
LR-593 | De la LR-123 a Baños de La Albotea. | 0,300
LR-594 | De la LR-123 a Cabretón. | 0,150
Total Red Local Travesías. | 26,130
Carreteras
La Rioja
Obras
Organización de las Comunidades Autónomas
Notas
Publicada en el BOR núm. 123, de 26 de junio de 2024.
se modificala disposición adicional 2, por Ley 6/2024, de 27 de diciembreLey 6/2024, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2025.