Resolución de 21 de mayo de 2024, de la Secretaría General de Coordinación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de 9 de mayo de 2024, de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Canarias, en relación con el Decreto-ley de la Comunidad Autónoma de Canarias 2/2024, de 11 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en materia de vivienda protegida para la recuperación económica y social de la isla de La Palma tras la erupción volcánica de Cumbre Vieja.
Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática · 21 de junio de 2024
En pocas palabras
Publica un acuerdo entre el Estado y Canarias para abrir negociaciones sobre posibles discrepancias en varios artículos del decreto-ley canario de vivienda protegida para La Palma tras la erupción volcánica. Se crea un grupo de trabajo para proponer una solución.
Qué cambia
Abre un proceso de negociación entre ambas administraciones sobre los artículos 2, 3, 8, 9, 10, la disposición adicional primera y la disposición final primera del decreto-ley canario. Hasta que se resuelva, no cambia por sí mismo las normas de vivienda protegida.
- A quién afecta
- Administración General del Estado · Gobierno de Canarias · Personas afectadas por la erupción volcánica de Cumbre Vieja en La Palma · Solicitantes de vivienda protegida en La Palma
- Vivienda y urbanismo
- Administración pública e instituciones
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero, esta Secretaría General dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Acuerdo que se transcribe como anexo a la presente resolución.
Madrid, 21 de mayo de 2024.–La Secretaria General de Coordinación Territorial, Miryam Álvarez Páez.
ANEXO
Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Canarias en relación con el Decreto-ley de la Comunidad Autónoma de Canarias 2/2024, de 11 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en materia de vivienda protegida para la recuperación económica y social de la isla de La Palma tras la erupción volcánica de Cumbre Vieja
La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Canarias ha adoptado el siguiente Acuerdo:
1. Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias manifestadas en relación con los artículos 2, 3, 8, 9, 10, la disposición adicional primera y la disposición final primera del Decreto-ley de la Comunidad Autónoma de Canarias 2/2024, de 11 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en materia de vivienda protegida para la recuperación económica y social de la isla de La Palma tras la erupción volcánica de Cumbre Vieja.
2. Designar un grupo de trabajo para proponer a la Comisión Bilateral de Cooperación la solución que proceda.
3. Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional, a los efectos previstos en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así como insertar el presente Acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado» y en el Boletín Oficial de Canarias.–El Ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, Ángel Víctor Torres Pérez.–El Vicepresidente del Gobierno de Canarias, Manuel Domínguez González.